Economía familiar

Llega el cheque de 200 euros: requisitos, plazos y cómo solicitarlo

María Bonillo

Foto: Bigstock

Viernes 17 de febrero de 2023

ACTUALIZADO : Viernes 17 de febrero de 2023 a las 10:34 H

4 minutos

Podrá pedirse a partir del 15 de febrero, a excepción de unas cuantas personas

Llega el cheque de 200 euros: requisitos, plazos y cómo solicitarlo
María Bonillo

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Viernes 17 de febrero de 2023

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A finales de diciembre de 2022, Pedro Sánchez anunciaba un nuevo decreto anticrisis, con una serie de medidas entre las que se encontraba el cheque de 200 euros dirigido a las familias más vulnerables, destinado a "proteger a la clase media, a los trabajadores y trabajadoras ante el aumento del coste de la vida, de la energía y de los alimentos".

Con esta medida, con la que se pretende paliar el efecto de la crisis y la inflación, se busca ayudar a las personas con bajo nivel de ingresos y patrimonio. En concreto, se trata de una ayuda que se entregará mediante transferencia bancaria y que se puede solicitar a partir del 15 de febrero hasta el 31 de marzo, según indica la Agencia Tributaria en su página web. 

 

Cheque de 200 euros para las familias vulnerables requisitos, plazos y solicitud. Foto: Bigstock

Requisitos y personas que no pueden obtenerlo

En concreto, esta ayuda está dirigida a aquellas personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio, que cumplan los siguientes requisitos

  • Haber tenido en 2022 una residencia habitual en España, según los términos previstos en el artículo 9 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  • Haber realizado durante el año anterior una actividad por cuenta propia o ajena por la que estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad.
  • Haber sido beneficiarios en 2022 de la prestación o subsidio por desempleo.
  • No superar los 27.000 euros íntegros de rentas (el importe bruto sin descontar gastos ni retenciones) y 75.000 euros de patrimonio a 31 de diciembre de 2022 (descontando la vivienda habitual). Para el cálculo deben sumarse las rentas y el patrimonio de las siguientes personas que convivan en el mismo domicilio: beneficiario; cónyuge; pareja de hecho inscrita en el registro de uniones de hecho; descendientes menores de 25 años, o con discapacidad, con rentas que no excedan de 8.000 euros (excluidas las exentas); y ascendientes hasta segundo grado por línea directa.

Por otro lado, quedan excluidos de esta ayuda las personas que, a 31 de diciembre de 2022, percibiesen lo siguiente:

  • El Ingreso Mínimo Vital (incluye complemento de ayuda a la infancia).
  • Una pensión abonada por el Régimen General o los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado.
  • Prestaciones análogas de las mutualidades de previsión social alternativas al RETA (Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos).
  • Tampoco las personas que conviva en el mismo domicilio y fuesen administradores de derecho de una sociedad mercantil que no hubiese cesado en su actividad para esa fecha, o fuesen titulares de valores representativos de la participación en fondos propios de una sociedad mercantil no negociados en mercados organizados.

Cómo solicitarlo

Esta ayuda podrá solicitarse en el plazo mencionado a través del formulario electrónico disponible en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, para lo cual será necesario contar con Cl@ve, certificado electrónico o DNI-e; o un tercero por apoderamiento o colaboración social. 

Para realizar la solicitud se deberá consignar el NIF del solicitante y de las personas que convivan en el mismo domicilio (excepto menores de 14 años que no dispongan del mismo), así como una cuenta bancaria, titularidad del solicitante en la que se desea que se realice el abono de la ayuda. 

Por último, la ayuda se abonará a través de una transferencia bancaria en un plazo de 3 meses (en el caso de no sea desestimada) desde la fecha de finalización del plazo para presentar el formulario, es decir, el 30 de junio de 2023 sería el último día para que la ayuda sea ingresada.

Sobre el autor:

María Bonillo

María Bonillo

María Bonillo es licenciada en Comunicación Audiovisual y Periodismo por la Universidad Carlos III de Madrid. Escribe principalmente sobre temas de sociedad. También tiene experiencia en comunicación corporativa de empresas como OmnicomPRGroup y Pentación Espectáculos.

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