Economía familiar

Las nuevas gestiones que los autónomos pueden hacer a través del portal Import@ss

Laura Moro

Foto: Bigstock

Sábado 6 de mayo de 2023

5 minutos

La Seguridad Social quiere facilitar a este colectivo sus trámites

Las nuevas gestiones que los autónomos pueden hacer a través del portal Import@ss
Laura Moro

Foto: Bigstock

Sábado 6 de mayo de 2023

5 minutos

Así funciona Import@ss, la web con la que la Seguridad Social quiere evitar gestiones presenciales

 

El Ministerio de Trabajo y Economía Social se refiere a los autónomos como los trabajadores que realizan una actividad económica o profesional "de forma habitual, personal y directa, a título lucrativo, fuera del ámbito de organización y dirección de otra persona, dé o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena".

Ser tu propio jefe implica que eres tú mismo quién tiene que rendir cuentas a la Seguridad Social sobre las actividades que realizas o dejar de realizar. Para hacer todo esto, el organismo desarrolló el portal Import@ss, a través del cual se pueden realizar varios trámites, y que recientemente ha sido actualizado.

En concreto, el portal ha incluido nuevas actualizaciones en el apartado destinado a estos trabajadores (Trabajo Autónomo) nuevas actualizaciones que tienen como objetivo facilitar a este colectivo los trámites que tienen que hacer con el organismo y "la transición al nuevo sistema de cotización que ha entrado en vigor en 2023".

Los nuevos servicios de los que estamos hablando son el simulador de cuota personalizado, la comunicación de nueva actividad y del  fin de alguna de las actividades.

Simulador de cuota personalizado

simulador cuota

Seguridad Social

 

Es sin duda, una de las novedades más importantes para este colectivo. A partir de ahora, los autónomos podrán calcular su cuota ajustada, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:  los rendimientos que ha estimado, las cotizaciones durante este año y su última cuota abonada.

Así se evitará que al terminar el año, tenga que regularizar su situación, y hacer devoluciones o reclamaciones.

Para acceder a este simular solo hay que entrar en el área persona después de identificare a través de cl@ve, certificado electrónico o vía SMS, y seleccionar la opción 'Revisa tu cuota', que te llevará directamente al simulador.

El trabajador deberá especificar los rendimientos netos mensuales que espera tener, y podrá elegir uno de los 15 tramos de rendimientos que la Seguridad Social ha establecido. De esta forma, se podrá obtener el resultado con diferentes rendimientos.

Una vez hecho esto, lo siguiente que aparecerá es la 'Cuota y base de cotización' ajustada que debería tener el trabajador desde "la siguiente fecha de efectos del cambio de base hasta final de año para no tener que regularizar". La cuota variará si las circunstancias del trabajador cambian.

cuota ajustada

Seguridad Social

Comunicación de una nueva actividad

Otra novedad es la nueva tarjeta que nos permite hacer el trámite de 'Comunicar nueva actividad' en la sección de Trabajo Autónomo del área pública de Importass. 

El servicio está dirigido a los autónomos que están dados de alta y quieren informar de una nueva actividad.

Tal y como explica el organismo en su página web, el enlace en cuestión lleva al área personal, desde donde el usuario puede "acceder a su ficha de autónomo y podrá comunicar una nueva actividad. Los pasos de este proceso serán muy similares a los del alta inicial, salvo con algunas excepciones".

Una vez ahí, lo primero que hay que hacer es confirmar el domicilio de la actividad actual, si no lo tiene asociado aún.

inicio y fin de actividad

Seguridad Social

Después, habrá que indicar la fecha en la que comenzó la nueva actividad, que deberá estar dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en la Administración Tributaria correspondiente. La fecha tendrá que coincidir con el inicio de actividad en ambas administraciones, y se tiene que informar durante los tres días posteriores al inicio.

"No podrá comunicarse por este servicio el inicio de una actividad agraria por un trabajador autónomo, aunque se le indicará cómo debe informar a la Tesorería", matiza el organismo.

Comunicación de fin de una actividad

El procedimiento es el mismo que el anterior: se ha habilitado una tarjeta que lleva al trabajador directo al trámite de 'Comunicar fin de alguna de tus actividades'.

Desde este servicio, el autónomo tendrá acceso a sus fichas de actividades y podrá informar fácilmente del cese de la actividad durante los tres días siguientes del fin de la misma.

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

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