María Liébana
Economía familiar
Pensiones sin paga extra
María Liébana
Martes 9 de junio de 2020
ACTUALIZADO : Viernes 19 de febrero de 2021 a las 12:24 H
3 minutos
La mayoría de las pensiones en España cuentan con catorce pagas, pero hay excepciones
La paga extra representa uno de los momentos más gratificantes (en términos económicos) del año. A todos nos gusta ver ese ingreso en nuestra cuenta corriente que duplica el habitual. A pesar de que el importe a recibir anualmente es el mismo, esté fraccionado en más o menos pagas, este sistema nos ayuda a planificar nuestro ahorro y sirve de impulso para realizar proyectos que tengamos en mente.
La mayoría de las pensiones de jubilación de la Seguridad Social (@TGSS) en España se cobran mensualmente a mes vencido. El importe de anual de nuestra pensión, además, suele estar dividido en catorce pagas, es decir, una por cada mes del año, más dos que se juntan con lo cobrado en los meses de junio y noviembre. Las denominadas pagas extras.
No se requiere de ningún requisito diferente de los necesarios para percibir la pensión a la que se tenga acceso, y su importe es exactamente el mismo que el de las pagas ordinarias que se recibe mes a mes.
Por lo tanto, para conocer cuál va a ser el importe de las pagas extras de nuestra pensión, tendremos que saber cuál será el importe de la pensión en sí. En el caso de la pensión de jubilación, esta cantidad, que como hemos indicado, se percibe mensualmente, depende directamente del número de años que se haya cotizado a la Seguridad Social, además de las bases por las que haya cotizado en los últimos años.
También es importante tener en cuenta, en cuanto a la pensión de jubilación, si en el momento de solicitarla, vamos a recibir el 100% de nuestra prestación o solo un porcentaje de la misma, porque de ello dependerá a su vez la cuantía de nuestras pagas extra. Según el BBVA (@bbva) la obtención del 100% de la pensión de jubilación depende de que el trabajador se jubile a la edad legal de jubilación y que haya cotizado durante 37 años cuando termine el período transitorio.
Hay algunas excepciones que no tienen paga extra
Sin embargo, no todas las pensiones son iguales, y en concreto no todas las pensiones tienen pagas extra. Tal es el caso de las pensiones de incapacidad permanente derivadas de accidente laboral o por enfermedad profesional. En este caso, la pensión se percibe solo en 12 pagas mensuales ordinarias, con las pagas extras prorrateadas en ellas. Esto hace que estas pensiones, a pesar de no contar con doble paga en junio y noviembre, tengan una paga mensual un poco mayor que las demás.
Si bien es cierto que, si la incapacidad permanente total deriva de una enfermedad común o un accidente no laboral, cobrarías esta pensión en 14 pagas. Por tanto, en este caso tendría 2 pagas extra.
La incapacidad permanente total supone la inhabilitación del trabajador para realizar su trabajo habitual. Pero nada impide que pueda dedicarse a otro tipo de trabajo mientras esta pensión. Esto hace que se pueda compaginar esta pensión con otros salarios, siempre y cuando la actividad de donde provenga el salario sea compatible con la dolencia o incapacidad del trabajador.