Cuando una persona fallece, sus herederos tienen que repartirse los bienes, deudas y derechos que forman parte del legado del fallecido. Cada uno de ellos, de manera individual, tendrá que decidir si acepta o rechaza la parte que le corresponde, pudiendo incluso impugnar el testamento, en caso de que lo hubiera.
En el caso de las dos primeras opciones debe hacerse de manera expresa y ante notario, y sabiendo que no se puede aceptar o renunciar a la herencia antes de tener la condición de herederos.
Mientras que la impugnación es un procedimiento civil mediante el cual se manifiesta el desacuerdo con la voluntad del fallecido o con el reparto de bienes. Y tal y como explican en Conceptos Jurídicos, si existe una base legal, se podrá modificar el testamento para que se cumplan con los derechos sucesorios.
Pero, volviendo al reparto de una herencia,¿se puede reclamar una vez ya ha sido repartida entre los herederos? Lo cierto es que, a pesar de no ser una tarea sencilla, la ley de Sucesiones contempla esta posibilidad, pero como en todos los procesos, hay que tener en cuenta una serie de factores.
El primero de ellos, es que la persona que vaya a reclamar tiene que ser heredero legítimo del fallecido, y deberá demostrarlo con documentos que acrediten la relación entre ambos.
Además, habrá que determinar si el reparto de la herencia se ha hecho de manera legítima o si, por el contrario, no se ha respetado la última voluntad del difunto. Si esto ocurriera, el reparto podría ser considerado nulo o en contra de la ley. En el momento en que haya dudas sobre si se ha hecho adecuadamente o no, habrá que recurrir ante el juez, para que él mismo lo determine.
Por último, hay que saber que existe un tiempo determinado para poder reclamar una vez se han repartido los bienes. En España hay tres plazos: uno de 5 años para reclamar los pagos periódicos, 6 años cuando se trata de bienes muebles y 30 años para los bienes inmuebles.
Desde el blog legal recuerdan las dos normas establecidas en el Código Civil que hay que tener en cuenta a la hora de aceptar o reclamar la legítima:
No es posible exigir a ningún heredero que repudie o acepte una herencia hasta que pasen 9 días desde el fallecimiento del testador.
Una vez que se le exija a alguien que repudie o acepte una herencia, tendrá como mucho 30 días tomar una decisión.
Además, en caso de que un heredero rechace su herencia, pierde todos los derechos sobre las posesiones y no podrá reclamar a posteriori, ya que es una decisión irrevocable.
¿Qué se necesita para reclamar una herencia?
1. La documentación necesaria
En primer lugar, es necesario recopilar la siguiente información:
Certificado de defunción, documento que proporciona el doctor que certifica el fallecimiento de la persona.
Certificado últimas voluntades, confirmar que la persona fallecida ha realizado un testamento y ha sido entregado en el Registro de Últimas Voluntades del Ministerio de Justicia.
Certificado de Seguro de vida, comprobar si la persona fallecida contaba con un seguro de vida, ya que puede tener efectos en la herencia.
2. Testamento o Declaración de herederos
Para reclamar una herencia es necesario comprobar que el fallecido hizo testamento antes de morir, porque en caso de no hacerlo se iniciará el proceso de declaración de herederos, explican los expertos.
A través de esta declaración se determina quiénes son los herederos por "designación legal y no por voluntad del fallecido al no haber otorgado testamento".
3. Solicitud de inventario de bienes
Es necesario realizar un inventario de todos los bienes del fallecido, clasificarlos y evaluar su patrimonio, así como conocer cuáles son sus posibles deudas.
4. Repartición de la herencia
El último paso es el reparto de la herencia teniendo en cuenta o las disposiciones testamentarias o la designación legal, dependiendo de si existe o no testamento. Los hijos de la persona fallecida tienen derecho a la legítima, es decir, a un 25% del valor de la herencia a repartir entre todos.
Sobre el autor:
Laura Moro
Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.