Clara González
Economía familiar
¿Puedo estar empadronado en un lugar distinto a mi vivienda habitual?
Cualquier persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón municipal
El Instituto Nacional de Estadística (INE) define el padrón municipal como el registro administrativo donde constan los vecinos y vecinas del lugar. Estos datos constituyen la prueba de residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo. Así pues, cualquier persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente. En el caso de vivir en varios, deberá hacerlo únicamente en el que habite durante más tiempo al año.
Legálitas apunta, además, que los y las menores no emancipados y los y las mayores incapacitados deben estar empadronados en el domicilio del padre o madre que tenga su custodia, o en el de sus representantes legales, salvo autorización por escrito de estos para residir en otro domicilio.
Los datos personales obligatorios recogidos en el Padrón municipal incluyen: nombre y apellidos, sexo, domicilio habitual, nacionalidad, lugar y fecha de nacimiento, número del Documento Nacional de Identidad o, tratándose de extranjeros, del Documento que lo sustituya.
Ahora bien, ¿qué sucede en el caso de estar empadronado o empadronada en un municipio distinto al que se reside habitualmente? ¿Es esto legal?
Empadronarse donde se resida durante más tiempo al año
Legálitas destaca que, en ningún caso, es legal el doble empadronamiento. Por ello, como mencionábamos con anterioridad, "si una persona reside en más de un municipio, debe empadronarse en aquel en el que pase más tiempo al año", explican.
La compañía avisa de que, si te empadronas intencionadamente en más de un municipio o lo haces de manera fraudulenta en un domicilio en el que no resides, estás realizando una práctica ilegal que puede ser sancionada por la ley con hasta 150 euros de multa.
Según el Instituto Europeo de Asesoría Fiscal (INEAF), las sanciones por falsedad u omisión de datos en el padrón conllevan multas de:
- 3 euros en municipios entre 5.001 y 20.000 empadronados.
- 60 euros en municipios entre 20.001 y 50.000 empadronados.
- 90 euros en municipios entre 50.001 y 500.000 empadronados.
- 150 euros en municipios con más de 500.000 empadronados.
La sanción económica podría oscilar entre 501 hasta 10.000 euros en el caso de que el o la propietaria de un domicilio autorice el empadronamiento fraudulento de un extranjero sin que este viva realmente en él. En caso de que la persona extranjera sí resida en el domicilio, no se estará realizando ninguna actividad ilegal.
Así y todo, el INEAF señala que "no se puede considerar un ilícito penal si no se dan las circunstancias descritas en los artículos 390 y 392 del Código Penal y exista falsedad en documento público". En el caso de cometer falsedad, el Código Penal contempla, en su artículo 392, penas de cárcel de entre seis meses y tres años.
"En la mayoría de los casos, la condena se queda en el pago de una multa si no se cuentan con antecedentes penales. No obstante, estos delitos podrían ser mayores si se demuestra que se ha cometido la infracción con un afán lucrativo, como puede suceder en el caso de las ventajas fiscales o la escolarización de los hijos. Si hubiera terceras personas afectadas, se podría solicitar ante la justicia hasta una indemnización por los daños ocasionados", sentencia Legálitas.
Derechos y deberes del empadronamiento
El Padrón municipal sirve de base para actualizar el censo electoral. Por ello, el primer derecho que concede es ser electores y elegibles en las elecciones del municipio de residencia. Legálitas añade el derecho a escolarización en un lugar cercano, concesión de becas del ayuntamiento, acceso al centro médico, votar en un lugar cercano al del domicilio, etcétera.
Entre los deberes a tener en cuenta, destacan la obligación de modificarlo si cambiamos de lugar de residencia o de "renovación periódica cada dos años cuando se trate de extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local", expone la compañía de abogados.