Economía familiar

¿Qué ocurre si no incluyo a un heredero forzoso en el testamento?

Laura Moro

Foto: Bigstock

Martes 14 de febrero de 2023

4 minutos

Pueden no heredar si se cumplen las causas establecidas en el Código Civil

¿Qué ocurre si no incluyo a un heredero forzoso en el testamento?
Laura Moro

Foto: Bigstock

Martes 14 de febrero de 2023

4 minutos

El testamento es la forma que tiene una persona de disponer de sus bienes tras su fallecimiento. Este documento permite determinar, de acuerdo con su última voluntad, quién será el propietario o beneficiario de los mismos.

Es importante hacer testamento antes de que sobrevenga cualquier enfermedad o accidente, porque si no existe, la ley decidirá por nosotros sobre el destino de nuestros bienes.

Hacer testamento no es un proceso complicado. Se trata de un documento trascendente, pero también sencillo y más económico de lo que podemos pensar, aunque hay algunos problemas que pueden surgir, como, por ejemplo, no querer que nuestros herederos forzosos accedan a nuestros bienes y a la parte de la herencia que les corresponde, y por lo tanto, no incluirnos en la redacción de este documento.

Para entender si es posible hacer esto, tenemos que regirnos por el Código Civil, y saber que a los herederos forzosos (hijos, padres o cónyuge) les corresponde siempre una parte de la herencia, independientemente de lo que recoja el testamento. 

De esta manera, el testamento se divide en tres partes iguales: un tercio es la legítima, que se reparte entre los herederos forzosos, al igual que el tercio de mejoría, aunque en este caso podría salir más beneficiado un heredero que el resto. Y por último, está el tercio de libre disposición, que como su propio nombre indica, es la parte de la herencia que el testador puede dejar a las personas que quiera.

Motivos para desheredar

Las renuncias a herencias se disparan: un 15% de los herederos rechazan la sucesión por las deudas. Foto: bigstock

 

Ahora bien, la ley también incluye una serie de motivos por los que sí sería posible excluir de nuestro testamento a los herederos forzosos. 

La abogada de Legálitas, Cristina del Puerto, explica a 65YMÁS, que "no se puede desheredar sin motivo".

Las causas específicas para desheredar a los hijos y descendientes se regulan en el artículo 853 del Código Civil y son: haber negado, sin motivo legítimo, los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda, o haberle maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra.

A estas dos causas se suman las de indignidad para suceder, que también lo son de desheredación, como son: haber sido condenado en juicio por haber atentado contra la vida del testador, de su cónyuge, descendientes o ascendientes; haber acusado al testador de delito cuando la acusación sea declarada calumniosa; haber obligado al testador, con amenaza, fraude o violencia, a hacer testamento o a cambiarlo; o por el contrario haberle impedido, con amenaza, fraude o violencia, hacer testamento o revocar el que tuviera hecho.

También debemos tener en cuenta las últimas Sentencias del Tribunal Supremo que han establecido que el maltrato psicológico a los padres, incluido el menosprecio y abandono, permite desheredar a los hijos: "Quién sea desheredado puede reclamar la parte que le corresponda, entendiendo que no hay causa, y los que están obligados a probar la causa son el resto de los herederos", aclara la abogada.

Para poder desheredar lo más importante es que aparezca "si o si en el testamento". "Tenemos que poner a quién desheredamos y la causa por la cual desheredamos. Si el nieto está heredando porque ha fallecido su padre y se convierte en heredero forzoso del abuelo, sí que se podría desheredar argumentando sus motivos", comenta Del Puerto. 

"El que quiere desheredar tiene que poner en el testamento el motivo por el cual se deshereda. Pero claro, los motivos son los que están establecidos en el Código Civil y si no se dan esas causas, no se puede desheredar sin más. No hay opción a darle más vueltas", concluye la abogada.

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

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