Economía familiar

Despido improcedente y ahorro privado: así afectan a la declaración de la Renta 2024-25

Pepa Montero

Foto: Big Stock

Lunes 14 de abril de 2025

6 minutos

El REAF presenta las novedades de la Renta 2024, con 50 recomendaciones para pagar menos a Hacienda

Despido improcedente y ahorro privado: así afectan a la declaración de la Renta 2024-25
Pepa Montero

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Lunes 14 de abril de 2025

6 minutos

Todas las novedades de la declaración de la renta 2024-2025, de un solo vistazo

Declaración de Renta: Atención a la casilla 505 y claves para verificar el borrador

 

El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF @REAF_CGE), órgano especializado en fiscalidad del Consejo General de Economistas, acaba de publicar un documento con una lista de 50 recomendaciones para presentar la declaración de la Renta y Patrimonio 2024, donde recoge las novedades normativas, doctrinales y jurisprudenciales, ofrece pistas para sacarle el máximo partido a los beneficios legales, y detalla cómo hay que declarar determinadas rentas y bienes.

Una primera advertencia es que los contribuyentes deben revisar los datos fiscales antes de confirmar el borrador y, por supuesto, comprobar si están obligados o no a presentar la declaración de la renta, además de repasar las ayudas percibidas a lo largo de 2024, tener en cuenta si se ha experimentado un despido improcedente, o si se ha vendido la vivienda habitual en 2024, entre otras situaciones.

En el caso de que la persona haya sufrido un despido de carácter improcedente en 2024, y la indemnización por el mismo no haya superado lo estipulado en el Estatuto de los Trabajadores, en principio, el dinero percibido como compensación, hasta 180.000 euros, estará exento, advierten los fiscalistas del REAF.

Sin embargo, estos expertos llaman la atención sobre un aspecto: "Tenga cuidado, porque esto no será así si se puede apreciar que ha existido un pacto entre la empresa y el trabajadores", alertan.

Es decir, la Ley establece que las indemnizaciones por despido establecidas en virtud de convenio, pacto o contrato no gozan de exención. La novedad en la presente declaración de IRPF es que "se especifica que no derivan de un pacto, convenio o contrato, las acordadas ante el servicio administrativo como paso previo al inicio de la vía judicial social".

1.500 en planes individuales, o 10.000 sumando aportaciones de empresa

aportación máxima al plan de pensiones individual

Los economistas del REAF especifican asimismo el tratamiento del ahorro privado en planes de pensiones y otros productos de previsión social complementaria.

"El importe máximo de las aportaciones a los sistemas de previsión social del propio contribuyente no puede superar el menor de los siguientes límites: el 30% de la suma de rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas, o bien los 1.500 euros. Este límite se incrementará en 8.500 euros, siempre que tal incremento provenga de contribuciones empresariales", explican en su documento con 50 recomendaciones.

¿Cómo afecta sacar dinero del plan de pensiones?

En cuanto al rescate del dinero ahorrado en estos planes, hay que tener en cuenta varias recomendaciones:

- Si se ha jubilado en 2024, el declarante debe considerar que, si no rescata el sistema de previsión antes de 31 de diciembre de 2026, perderá la reducción del 40%, en caso de que tuviera derecho a la misma.

- Los herederos beneficiarios de las prestaciones de planes de pensiones tributan en todo caso en el Impuesto sobre la Renta, con la consideración de rendimientos del trabajo, no estando las prestaciones sujetas al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Será el ejercicio en que acaezca el fallecimiento el que determine el límite temporal de aplicación de la reducción, de manera que podrá ser de aplicación la reducción a las prestaciones percibidas en dicho ejercicio, o en los 2 ejercicios siguientes, siempre que se cumplan todos los requisitos.

- Si el contribuyente rescata el plan en 2 años distintos, en un año por la contingencia correspondiente a la situación de desempleo de larga duración, y en otro año por la contingencia de jubilación, en ambos rescates en forma de capital podrá aplicar la reducción, si cumple los requisitos para ello.

- Un contribuyente titular de varios planes de pensiones con aportaciones anteriores a 2007 puede beneficiarse, en más de un ejercicio fiscal, de la reducción del 40%, aunque rescate por la misma contingencia (Resolución del TEAC n° 8719/2021, de 24 de octubre de 2022).

Y para la siguiente declaración, ojo al rescate anticipado de 2025

Con efectos desde el 1 de enero de 2025, para el rescate de los planes de pensiones anteriores a 2015 y sin justificación alguna, la normativa que regula los Planes y Fondos de Pensiones permite que los participes de los planes de pensiones del sistema individual y asociado puedan disponer anticipadamente del importe de sus derechos consolidados correspondiente a aportaciones realizadas con al menos diez años de antigüedad.

No obstante, los partícipes de los planes de pensiones del sistema de empleo podrán disponer de los derechos consolidados correspondientes a las aportaciones y contribuciones empresariales realizadas con al menos 10 años de antigüedad si así lo permite el compromiso y lo prevén las especificaciones del plan y con las condiciones o limitaciones que éstas establezcan en su caso.

Desde el REAF advierten de que "se deben de incorporar las cuantías rescatadas como rendimiento del trabajo y se podrá aplicar una reducción del 40% por las prestaciones derivadas de contingencias acaecidas con anterioridad al 1 de enero de 2007, siempre que se rescaten en forma de capital".

Para beneficiarse de esta reducción es necesario que se rescate el plan en el ejercicio en el que ya ha transcurrido el plazo de los 10 años o en los dos ejercicios siguientes.

Sobre el autor:

Pepa Montero

Pepa Montero

Pepa Montero es redactora especializada en temas de economía. Ha trabajado en medios como El Economista y La Gaceta de los Negocios. Es autora del libro de relatos La casa de las palmeras (Azul como la Naranja, 2013).

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