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Economía familiar
Renta 2022-2023: ¿hay que presentar la declaración de familiares fallecidos el año pasado?
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Miércoles 12 de abril de 2023
ACTUALIZADO : Miércoles 12 de abril de 2023 a las 13:38 H
4 minutos
Las deudas tributarias del fallecido se heredan, no así las sanciones
Por doloroso que resulte, los familiares de las personas que han fallecido a lo largo del año 2022 deben presentar ahora su declaración de la Renta.
Junto a otros trámites, como la apertura del testamento, el pago del impuesto de sucesiones en aquellas comunidades en las que proceda, los cambios de titularidad registral, catastral o de cuentas bancarias, los sucesores de un fallecido también deben abordar la fiscalidad, y el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Sus sucesores deberán hacerse cargo de todos sus bienes y derechos, pero también de las obligaciones, entre las cuales se encuentra la presentación y pago de la autoliquidación del IRPF. Es más, “tienen que hacerse cargo de todas las obligaciones tributarias pendientes que tuviese el difunto por este y otros tributos. Lo único que no se hereda son las sanciones”, explica el banco ING en su blog En Naranja. La obligación de presentar el IRPF se transmite a los herederos o legatarios.
Obligados a declarar
Desde el día 1 de enero del año pasado, hasta la fecha del fallecimiento (da igual si fue en el mes de enero o en el de diciembre), el IRPF grava la renta que percibió el difunto en ese último ejercicio fiscal de su vida.
“Los importes que determinan la existencia de la obligación de declarar se aplicarán en sus cuantías íntegras, con independencia del número de días que comprenda el período impositivo del fallecido”, detallan a 65YMÁS desde el bufete de abogados Escalona & de Fuentes.
Es decir, el mínimo personal, familiar y por discapacidad se disfruta íntegro como si hubiese vivido todo el año. Lo mismo pasa con la reducción por rendimientos del trabajo y determinados límites, como los de aportaciones a planes de pensiones y otros sistemas de protección o los de deducciones.
En el caso de que la cuota resultante de la autoliquidación del IRPF del 2022 de una persona fallecida sea a pagar, serán sus herederos quienes habrán de presentar la declaración y pagar la cuota resultante de la misma. Ahora bien, este importe se computará como una deuda a la hora de calcular la masa hereditaria susceptible de tributación por el Impuesto sobre Sucesiones. Por el contrario, si la cuota resultante fuese a devolver, este derecho será un activo a integrar en la masa hereditaria del fallecido.
Si hay sanciones, no se heredan
La Ley General Tributaria establece que, a la muerte de los obligados tributarios, las obligaciones tributarias pendientes se transmitirán a los herederos, las deudas del fallecido se transmiten en la misma situación en que se encontraban en el momento del fallecimiento del obligado a su pago y el procedimiento de recaudación continuará con sus herederos.
Ahora bien, en ningún caso se transmitirán las sanciones ni la obligación del responsable tributario, "salvo que se hubiera notificado el acuerdo de derivación de responsabilidad antes del fallecimiento", como aseguran desde Escalona & de Fuentes.