Si el año pasado te sacaste un dinerillo extra vendiendo en Wallapop algunas cosas, como esa chaqueta de cuero que estaba como nueva y que se te había quedado pequeña, la lámpara de araña del salón que ya no pegaba con tu decoración nueva o esa taladradora que no usas nunca… debes saber que ahora toca pasar por Hacienda, y sí, estas transacciones entre particulares, por pequeñas que sean, deben tributar.
La venta de segunda mano, en realidad, no es, ni mucho menos, un invento nuevo. El periódico Segunda Mano (que ahora ya solo existe online, integrado en Milanuncios) comenzó a editarse en 1978 y cada semana se llenaba de anuncios clasificados nuevos. Pero lo cierto es que en los últimos años ha recibido un extraordinario impulso con Internet y con plataformas como eBay o Wallapop, aunque existen muchísimas más: Milanuncios (que ha integrado a Segunda Mano y a Vibbo), Vinted, entre otras.
Y claro está, la siempre vigilante Agencia Tributaria nos recuerda que se trata de una transacción económica por la que hay tributar, aunque sea de poca envergadura. De hecho, en 2017, el por entonces ministro de Hacienda, Cristobal Montoro, levantó una enorme polémica y se habló de que pretendía establecer un ‘impuesto Wallapop’. En realidad lo único que hizo es recordar que estas compraventas deben rendir ante el fisco como cualquier y otras, e intensificar la vigilancia. Y el actual Gobierno de Pedro Sánchez, prevé intensificar las inspección sobre el comercio electrónico.
Cómo tributa en el IRPF la venta de segunda mano
Para Hacienda, cuando vendemos un bien de segunda mano, se produce una ganancia o una pérdida patrimonial, que se debe incluir en la declaración de la Renta, por pequeña que sea. Cuando vendemos una vivienda, ya contamos con pagar ese impuesto. Pues bien, es el mismo que tendremos que pagar si vendemos un reloj de segunda mano o un juego de tazas de porcelana.
Para Hacienda hay ganancia patrimonial si el precio de venta de un producto de segunda mano es superior al precio al que lo compraras en su día. Si, por el contrario, lo vendes por debajo del precio de compra, la Agencia Tributaria entiende que no hay ganancia patrimonial y, por tanto, no hay que que pagar impuestos. Esta ganancia patrimonial habrá que sumarla en el IRPF a otras rentas similares, como puede ser, por ejemplo, la ganancia patrimonial que obtienes si vendes un fondo de inversión o unas acciones.
El problema llega cuando toca justificar que no hemos ganado dinero con la venta de producto de segunda mano. Hacienda nos puede pedir que lo justifiquemos, a través del ticket de compra. Quizá conservemos el ticket o la factura de productos de mayor envergadura, como una moto, una Tablet o un cortacésped. Si no puedes demostrar el precio de compra original, deberás tributar por el precio de venta completo, como si la ganancia patrimonial fuera el importe de venta completo.
¿Y si vendes un artículo por debajo del precio al que lo compraste hace años?
Si pierdes dinero con la venta de un producto de segunda mano respecto al precio al que lo compraste, no tendrás que pagar impuestos. Pero si estás pensando que esa pérdida también la puedes incluir en el IRPF y compensar con ella otras ganancias… debes saber que no, no puedes hacer esto. Nuestro gozo en un pozo. Para Hacienda, no existe pérdida patrimonial en la venta de objetos de segunda mano, la depreciación, entiende que se debe al uso y al propio paso del tiempo.
Ojo, que también hay impuestos para el comprador
No en la declaración de la renta, pero el comprador de un producto de segunda mano, también tiene que pagar impuestos. Concretamente, tendrá que pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales o (ITP). Se trata de un impuesto cedido a las comunidades autónomas, de manera que puede variar entre un 4% y un 8% dependiendo de la comunidad autónoma.
Este impuesto se liquida a través del Modelo 600 de la Agencia Tributaria o del modelo 620, en el caso de que lo que se venda sea un coche de segunda mano. El pago de este impuesto debe realizarse en los 30 días siguientes a la compra del bien.