La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2023 arrancará el próximo 3 de abril con la presentación de las declaraciones por Internet, de acuerdo con el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria. Desde esa fecha ya se podrá solicitar el borrador del IRPF y también presentar el modelo 100 de la Agencia Tributaria hasta el 1 de julio.
Aquellas personas que durante el 2023 hayan recibido una herencia, deben saber que como norma general, las herencias no tributan en la campaña de la renta, ya que se gravan en el momento de recibirlas a través de diferentes impuestos como el de Sucesiones y Donaciones y el de la Plusvalía Municipal.
Ahora bien, el heredero sí que tendrá que declarar aquellos beneficios que haya obtenido de los bienes heredados. En este sentido, nos podemos encontrar con tres escenarios diferentes:
Heredar inmuebles. Exceptuando la vivienda habitual, la venta o alquiler de cualquier inmueble heredado deberá declararse. Lo mismo ocurre con los inmuebles heredados que ya estaban previamente alquilados.
Planes de pensiones. Cuando una persona fallece, alguno de sus familiares más cercanos puede heredar su pensión, y, por tanto, deberá tributarse en la Renta.
Acciones o depósitos bancarios. El dinero en efectivo se incluye en el Impuesto de Sucesiones, mientras que los beneficios de las acciones y depósitos, se incluyen en la Renta.
¿Y las deudas?
Otra de las dudas más frecuentes es si las deudas tributarias se heredan, y la respuesta es afirmativa, siempre y cuando se acepte la herencia. Así lo establece el artículo 39 de la Ley General Tributaria.
Y del mismo modo, si la declaración sale a devolver, los herederos podrán solicitar la cuantía.
La declaración de fallecido
Cuando una persona fallece serán sus herederos quiénes se ocuparán de rendir cuentas a Hacienda. Si la persona murió en 2023, la declaración se hará solo teniendo en cuenta los meses en los que estuvo vivo. Si el deceso ha ocurrido durante estos primeros meses de 2024, pero no presentó la declaración de 2023, habrá que ocuparse de presentar ele ejercicio fiscal correspondiente a ese año, y en 2025 hacer lo propio con los meses de 2024 en los que aún estaba vivo.
Sobre el autor:
Laura Moro
Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.