Las rentas vitalicias son un producto asegurador idóneo para complementar la pensión pública, con importantes ventajas fiscales, y la particularidad de garantizar un ingreso fijo (mensual, trimestral...) con independencia de cuántos años viva la persona. Son, por tanto, un instrumento que ayuda a mantener el nivel de vida anterior a la jubilación, que a su vez permite preservar el ahorro para los posibles herederos.
Existen básicamente 4 modalidades de rentas, según detalla MAPFRE:
- Renta periódica mientras viva el asegurado, sea maximizando su prestación (con consumo), o maximizando el importe a recibir por los herederos.
- Rentas para rescatar un plan de pensiones o un Plan de Previsión Asegurado (PPA).
- Rentas para rescatar un ahorro constituido a través de PIAS.
- Constitución de una renta vitalicia a partir de la venta de un patrimonio.
Fuente: MAPFRE (Pinchar en imagen para tamaño ampliado)
Ventajas fiscales de las rentas vitalicias
Las rentas vitalicias cuentan con importantes ventajas fiscales que, tal y como recoge la Guía para tu jubilación de Fundación MAPFRE (@fmapfre), dependen de la procedencia del ahorro.
- Si el dinero procede de cobrar un plan de pensiones:
El rescate de un plan de pensiones o de un Plan de Previsión Asegurado (PPA) tributa como rendimiento del trabajo en el IRPF, y los tipos impositivos se aplican a lasuma entre la pensión pública y la prestación del plan, según estos tramos:
Por tanto, existe una ventaja fiscal si la persona cobra su plan de pensiones a través de rentas, poco a poco, en vez de rescatarlo de golpe. Transformar el plan en una renta vitalicia reduce y difiere la carga fiscal.
- Si el dinero procede del cobro de un PIAS:
Los Planes de Ahorro Sistemático a Largo Plazo sirven para constituir un capital a largo plazo, y tienen exenta de tributación la rentabilidad acumulada, si dicho capital ahorrado se percibe como renta vitalicia. Con estos requisitos: aportación máxima de 8.000 € al año;máximo de 240.000 € en primas; mínimo de 5 años entre la primera prima y la constitución de la renta.
Además, la renta vitalicia procedente del PIAS, que tributa como rendimiento de capital mobiliario(tabla superior), tiene un porcentaje exento según la edad(tabla superior) en el momento de constituir la renta.
- Si el dinero procede de la venta de un patrimonio:
Las personas mayores de 65 años que vendan un patrimonio (vivienda no habitual, fondos de inversión, acciones, etc.) no tributarán por las ganancias obtenidas, con un límite de 240.000 €, siempre que lo reinviertan en un seguro de rentas vitalicias, en un plazo máximo de 6 meses.
Esta exención también se aplica a la transmisión de la nuda propiedad de la vivienda.
Se puede preservar el capital para los herederos
Tal como explican los expertos de MAPFRE, "el titular de la renta vitalicia puede escoger recibir una mayor renta periódica, en detrimento del capital que recibirán sus beneficiarios, o reducir su renta para asegurar un pago mayor a sus beneficiarios".
En caso de defunción, las prestaciones percibidas tributarán en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, y según el grado de parentesco, existen reducciones.
Servicios extra para titulares de rentas vitalicias
Otra ventaja de lasrentas vitalicias de MAPFRE es que la persona accede a servicios extra. Así, según las modalidades de seguro, se ofrece una atención telefónica gratuitay de uso ilimitado, para situaciones derivadas de dependencia o asesoramiento sobre temas sociales y familiares; y servicio presencial gratuito de 30 horas de ayuda a las personas o para el cuidado del hogar y hasta 4 sesiones de fisioterapia. Toda la atención de estos servicios se realiza siempre bajo supervisión de un mismo gestor personal.
Sobre el autor:
Pepa Montero
Pepa Montero es redactora especializada en temas de economía. Ha trabajado en medios como El Economista y La Gaceta de los Negocios. Es autora del libro de relatos La casa de las palmeras (Azul como la Naranja, 2013).