Economía familiar

¿Se puede comprar una vivienda procedente de una herencia? Esto es todo lo que necesitas saber

Laura Moro

Lunes 30 de septiembre de 2024

3 minutos

La Ley Hipotecaria contempla qué ocurre si hay un comprador y aparece otro heredero

¿Se puede comprar una vivienda procedente de una herencia? Esto es todo lo que necesitas saber
Laura Moro

Lunes 30 de septiembre de 2024

3 minutos

Heredar un inmueble es algo bastante habitual, y aunque muchos herederos deciden quedarse con el bien, hay otros que, por diferentes circunstancias, optan por venderlo. Si estás interesado en adquirir una vivienda procedente de una herencia, debes saber que puede aparecer un heredero que tenga más derechos que nosotros en la compra o que la persona que nos quiere vender el inmueble no sea el único dueño.

Tal y como explican desde el blog de Bankinter en los casos en los que la venta se vea alterada por circunstancias que nosotros desconocemos, la Ley Hipotecaria en su artículo 34 protege los derechos del comprador si este ya inscrito su título, que es lo que se conoce como fe pública registral.

Pero de la misma manera, la fe pública registral protege a los herederos forzosos, si estos tuvieran más derecho sobre el inmueble. Esto se traduce en que la fe pública no ampara al comprador que compre una vivienda a un heredero durante los dos años siguientes al fallecimiento, de manera que lo más seguro es esperar dos años para garantizar dicha adquisición. 

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Durante este periodo de tiempo es habitual que el banco no conceda una hipoteca, y además, el notario deberá informar al heredero que pretenda vender el inmueble, que en caso de que aparezca un heredero con más derecho que el vendedor, la compra de dicha vivienda se podrá anular.

¿Quién paga la hipoteca si fallece el titular?

Igual que se heredan los bienes y derechos, las deudas también, por lo tanto, la respuesta a la pregunta formulada es que los herederos tendrán que hacer frente al préstamo en caso de que decidan aceptar la gerencia. 

En caso de que la hipoteca tenga dos titulares y uno de los dos fallece, la mitad pasará a los herederos, y en caso de que estos se nieguen, desde el blog de Bankinter explican que será el segundo titular quien asuma toda la hipoteca.

Si hubiera un avalista, este seguirá siéndolo a pesar de la defunción del titular, de modo que si los herederos deciden rechazar la herencia, lo normal es que la deuda recaiga en él.

Sobre el autor:

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Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

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