
¿Se puede usar el dinero del fallecido para pagar los bienes de una herencia?
Este impuesto debe liquidarse en los seis meses posteriores al fallecimiento

El Impuesto de Donaciones y Sucesiones es la cantidad que pagas por el valor total de la herencia, independientemente de que incluya o no inmuebles.
La competencia de este impuesto está transferido a las comunidades autónomas, lo que quiere decir que cada una tiene su propia regulación y el porcentaje a pagar varía en función del lugar de residencia, grado de parentesco y valor heredado.
Este impuesto debe liquidarse en los seis meses posteriores al fallecimiento, aunque se puede pedir una prórroga.
A la hora de pagar este impuesto, algunos herederos pueden preguntarse si se pueden usar los fondos de la cuenta del fallecido para pagar los impuestos. Nuria Ocaña, abogada de familia, ha resuelto la duda en su perfil de TikTok.
Lo primero que dice la abogada es que sí, "se pueden cargar tanto el impuesto de sucesiones como las plusvalías mortis causa de los bienes", en otras palabras, "se pueden cargar perfectamente en una cuenta bancaria del causante".
Ahora bien, la experta recomienda contar con la ayuda de un profesional para que estudie cada caso.
@nuria.ocanaperez 📌¿SE PUEDEN PAGAR LOS IMPUESTOS DE LA HERENCIA CON LOS FONDOS DE LA CUENTA DEL FALLECIDO? 📞 Ponte en contacto conmigo para una consulta inicial gratuita y confidencial, y descubre cómo puedo ayudarte a obtener el mejor resultado posible en tu situación de herencia.  Nuria Ocaña Abogada experta en derecho de familia y sucesiones. 644.993.593 nuria@ocanabogados.es Tu bienestar y tu futuro son mi principal preocupación. Juntos, superaremos este obstáculo y encontraremos una nueva forma de avanzar. #herencia #herederos #impuestos #abogadadesucesiones #abogadadeherencias #nuriaocañaperez #sucesiones #nuriaocañaperez ♬ sonido original - Abogada familia. Nuria Ocaña
Cómo pagar el impuesto de sucesiones con la cuenta bancaria
Para pagar el Impuesto de Sucesiones con la cuenta bancaria del fallecido, los herederos deben guiarse por la normativa actual. Tal y como explica la guía elaborada por el Banco de España, las entidades bancarias pedirán una serie de documentos a los herederos.
Estos documentos son el certificado de defunción, el certificado del Registro de Actos de Última Voluntad, la copia del testamento o la declaración de herederos abintestato, el documento de adjudicación y partición de la herencia y una justificación del pago o exención del Impuesto de Sucesiones.
Una vez se hayan aportado todos estos documentos, el banco autorizará el uso de fondos de la cuenta del fallecido para pagar el impuesto.
La entidad emitirá un cheque a nombre de la Agencia Tributaria para abonar el impuesto. Todo esto se podrá llevar a cabo si los documentos son correctos. Si no se presentan los documentos necesarios, se podrá retener el importe que corresponde al pago del impuesto.