Economía familiar

La Seguridad Social lo aclara: la ayuda que puedes cobrar si no te dan la incapacidad

Laura Moro

Foto: Bigstock

Jueves 16 de enero de 2025

3 minutos

Como en otras prestaciones, será necesario cumplir con los requisitos establecidos

La Seguridad Social lo aclara: la ayuda que puedes cobrar si no te dan la incapacidad
Laura Moro

Foto: Bigstock

Jueves 16 de enero de 2025

3 minutos

Si la Seguridad Social deniega la pensión por incapacidad permanente, es importante saber que los ciudadanos cuentan con una alternativa, siempre y cuando se cumplan con los requisitos establecidos para recibir la pensión no contributiva por invalidez.

Esta prestación es una ayuda para aquellas personas con discapacidad que no pueden trabajar y carecen de recursos suficientes. En estos casos, no es necesario que los solicitantes hayan cotizado a la Seguridad Social. 

Además, la pensión no contributiva de invalidez es incompatible con la pensión no contributiva de jubilación.

Requisitos

El Imserso en su página web reúne los requisitos que deberán cumplir las personas que quieren solicitar esta ayuda.

  • Edad. Tener 18 o más años y menos de 65 en la fecha de la solicitud.
  • Residencia. Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
  • Discapacidad. Estar afectado de un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
  • Carecer de ingresos suficientes. Existe carencia cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual, para 2025, sean inferiores a 7.905,80 euros anuales.

No obstante, sobre este último requisito, si los ingresos son inferiores a 7.905,80 € anuales y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su unidad económica de convivencia, sean inferiores a las siguientes cuantías:

Convivencia solo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado:

  • 2 convivientes: 13.439,86 euros anuales
  • 3 convivientes: 18.973,92 euros anuales
  • 4 convivientes: 24.507,98 euros anuales
La Seguridad Social dejará de revisar tu pensión de incapacidad permanente a partir de esta edad

Si el pensionista de invalidez no contributiva acredita la necesidad de asistencia de una tercera persona:

  • 2 convivientes: 20.159,79 euros anuales
  • 3 convivientes: 28.460,88 euros anuales
  • 4 convivientes: 36.761,97 euros anuales

Si entre las personas con las que convive se encuentra algún pariente consanguíneo de primer grado:

  • 2 convivientes: 33.599,65 euros anuales
  • 3 convivientes: 47.434,80 euros anuales
  • 4 convivientes: 61.269,95 euros anuales

Cómo solicitar la prestación

Para solicitar la pensión no contributiva por invalidez será necesario reunir el certificado de discapacidad, el informe médico, el DNI o documento que acredite la residencia.

La solicitud se puede presentar a través de las oficinas de la Seguridad Social pidiendo cita previa o por Internet.

En un plazo de 6 meses, el organismo dará una respuesta acerca de si se concede o no esta ayuda.

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

… saber más sobre el autor