El informe de vida laboral es un documento que recoge toda la información relativa a los periodos cotizados por el trabajador a la Seguridad Social, donde además se recogen las altas, bajas y variación de datos.
Dicho informe es relevante para solicitar la pensión de jubilación en otro estado miembro de la Unión Europea, porque tal y como explica el organismo en su página web, "la administración de pensiones de ese país podrá obtener esa información por sus propios medios, pero podría demorase".
La agilización de este trámite es uno de los motivos por los que la Seguridad Social ha recomendado, a través de su cuenta de Twitter, mirar "con detenimiento tu informe de vida laboral" para ahorrar sorpresas.
"En la gran mayoría de los casos, lo que usted recibe se corresponde al 100% con la realidad. Pero existen situaciones que pueden no estar registradas, o ser erróneas", explica el organismo.
Esto puede pasar con los trabajos que se han realizado cuando no existían bases informáticas, y, por lo tanto, puede haber algún fallo o falta de información: "Si detecta un error debe presentar una reclamación de datos de su vida laboral y, en la medida de lo posible, aportar la información de que disponga", aclara la Seguridad Social. Para todos aquellos que se encuentren en esta situación, pueden solicitar la rectificación a través de este enlace.
👀Mira con detenimiento tu informe de vida laboral y ahorra sorpresas.
— Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) June 1, 2023
La Seguridad Social aclara dudas
Como se decía, en este informe se incluye toda la información relevante del trabajador, y los regímenes correspondientes: "El trabajo por cuenta ajena se incluye en el régimen general. Si ha trabajado por cuenta ajena, o en el régimen del mar o de la minería del carbón, etc. figurará la rúbrica correspondiente".
Otro de los datos que podemos encontrar es información relativa a la empresa y las situaciones asimiladas. El organismo explica que este apartado explica " el concepto por el que ha cotizado a la Seguridad Social". En este sentido, puede ser una empresa que cuenta con su Código de Cuenta de Cotización.
Si eres autónomo, lo que aparecerá será la clave de la provincia en la que se dio de alta: "Además aparecen otras situaciones llamadas asimiladas al alta en las que usted ha cotizado. Es el caso de la prestación por desempleo (donde usted cotiza por una parte), las vacaciones retribuidas y no disfrutadas, el convenio especial, etc", aclara el organismo.
También encontraremos en el informe es la fecha de alta, que se corresponde con el comienzo de la cotización, aunque a veces esta fecha puede variar. Eso sí "las altas en la Seguridad Social deben ser previas o simultáneas al momento en que se producen".
Si se presentan con posterioridad "surten efectos (en orden a causar derechos en la Seguridad Social) en el momento de la presentación. Solo en casos muy concretos es posible rectificar la fecha de efectos", comentan.
Lo mismo ocurre con la fecha de baja (final) de la situación laboral. La baja se corresponde con la baja laboral, no la baja por enfermedad, es decir, que hacer referencia a cuando se termina una situación y se deja, por tanto, de cotizar por ella.
"Hay hasta seis días de plazo para presentar una baja que ya se ha producido. Si la baja no se ha producido, el recuadro mostrará unas rayas discontinuas, que indican que la situación no se ha cerrado y prosigue".
Otros datos que aparecen
Además de las altas, bajas y de la información de la empresa, también encontramos el tipo de contrato de trabajo. Esto lo identificaremos fácilmente con la clave 'CT', y que nos recordará si el contrato era indefinido, a tiempo parcial...
En caso de haber trabajado a tiempo parcial, también podremos ver el "coeficiente de parcialidad sobre la jornada habitual en una empresa o reflejado en un convenio". Por ejemplo, si la jornada normal es de ocho horas y se ha trabajado cuatro horas diarias, el coeficiente que aparecerá será del 50%.
"Esto es importante a la hora de computar los días totales trabajados, puesto que aquí el trabajador cotiza un día por cada dos trabajados (o en la proporción que corresponda respecto a la parcialidad)", asegura el organismo.
Los dos últimos datos que encontraremos en el informe de vida laboral sonlos grupos de cotización, que aparecen en la columna de 'G.C.', y que van del " 01 al 11. 01 corresponde a ingenieros y licenciados; 10 a peones y 11 a menores de 18 años".
Por último, la vida laboral nos indica el número total de días que llevamos cotizados desde el inicio hasta la fecha en la que se emite el informe. Aquí hay que prestar especial atención, porque puede que los números no coincidan, y puede deberse a haber atravesado una situación de pluriempleo, es decir, haber trabajado en dos empresas a la vez, y entonces el organismo lo que hace es computar un " día entero trabajado, aunque en el mismo día trabaje en más de un sitio. Es decir, no puede cotizar dos días por cada día trabajado, aunque sea en sitios diferentes. Lo mismo sucede en el caso de la pluriactividad, que se refiere al alta simultánea en dos o más regímenes de la Seguridad Social".
Sobre el autor:
Laura Moro
Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.