Economía familiar

Los trabajadores con reducción de jornada que pueden cobrar el paro

Laura Moro

Foto: Europa Press

Jueves 24 de octubre de 2024

2 minutos

El SEPE también aclara cuándo no podrá ser compatible

Los trabajadores con reducción de jornada que pueden cobrar el paro
Laura Moro

Foto: Europa Press

Jueves 24 de octubre de 2024

2 minutos

La reducción de jornada, como su propio nombre indica, consiste en disminuir la cantidad de horas que un empleado trabaja en un día. Este tipo de jornada podrá ser compatible con el cobro del subsidio por desempleo, siempre y cuando se cumpla con lo establecido por el Sistema Público de Empleo Estatal (SEPE).

Como norma general, "el trabajo, sea por cuenta ajena o por cuenta propia, es incompatible con el cobro de la prestación o el subsidio por desempleo", explica el SEPE. Ahora bien, también existen dos únicas excepciones que permiten seguir teniendo derecho a la prestación por desempleo si te reducen la jornada de trabajo son:

Por una resolución judicial adoptada en un procedimiento concursal, sin que "estén comprendidas las reducciones de jornadas definitivas o que se extiendan a todo el periodo que resta de la vigencia del contrato de trabajo".

Conoce las principales sanciones del SEPE ante las infracciones graves

O por decisión empresarial según lo establecido en el artículo 47 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. En este caso, la reducción de la jornada tiene que ser temporal y "comprendida entre un 10 y un 70 % de la jornada diaria, semanal, mensual o anual, y siempre que el salario se reduzca de forma similar y sea debida a causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o se produzca por causas de fuerza mayor, en cuyo caso será necesaria la autorización de la Autoridad Laboral", matiza el SEPE.

¿Cuándo no es compatible?

Igual que estos dos casos permiten cobrar el paro y trabajar al mismo tiempo, no se tendrá derecho cuando la reducción de jornada es definitiva o dura todo el periodo que quede para finalizar el contrato de trabajo. 

Por eso, el SEPE explica que tanto si la empresa como si el empleado deciden reducir la jornada de trabajo, no se podrá percibir la prestación por desempleo, ya que se entiende que la jornada se acepta como una modificación de las condiciones "de trabajo en tu contrato".

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

… saber más sobre el autor