Economía familiar

El trámite que tienes que hacer si recibes un coche por una donación o herencia

Laura Moro

Foto: Bigstock

Lunes 28 de octubre de 2024

3 minutos

En ambos casos habrá que pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones

El trámite que tienes que hacer si recibes un coche por una donación o herencia
Laura Moro

Foto: Bigstock

Lunes 28 de octubre de 2024

3 minutos

Las herencias y donaciones en vida son dos de las opciones que tienen las personas para transmitir sus bienes y derechos a sus herederos. Tanto si deciden esperar a fallecer para entregar sus bienes como si prefieren hacerlo en vida, es necesario informarse de los trámites que habrá que hacer para que esté todo regularizado y no haya problemas. En el caso de que lo que se reciba sea un vehículo, la Dirección General de Tráfico necesita que el nuevo titular del vehículo realice un trámite concreto para cambiar de titular. 

Los pasos a seguir son diferentes dependiendo de cómo se reciba el vehículo, y lo que hay que hacer es lo siguiente:

Herencias

Para poder cambiar la titularidad del vehículo es necesario designar a un único heredero y firmar la declaración responsable de cambio de titularidad por fallecimiento del titular de un vehículo.

Posteriormente, habrá que pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y conservar el justificante de pago, exención o no sujeción de este tributo en el que figure identificado el vehículo.

El 60% de los consumidores se plantean retrasar la compra del próximo vehículo por la economía

Por último, habrá que realizar la transferencia del vehículo en la DGT: "Ten en cuenta que si el vehículo se encontrara en situación de baja temporal, antes de realizar el cambio de titularidad, el heredero que ha resultado adjudicatario del vehículo deberá solicitar el alta del vehículo", explica el organismo.

Donaciones

La donación de un vehículo es un caso "especial de venta a coste cero", explica la DGT. Al igual que en las herencias, será necesario firmar un documento o contrato de donación y en este caso deberán aparecer los siguientes datos:

  • Datos del comprador: Nombre y apellidos o razón social y su DNI/NIE/CIF.
  • Datos del vendedor: Nombre y apellidos o razón social y su DNI/NIE/CIF.
  • Datos del vehículo: Marca, modelo y matrícula.
  • Fecha y hora en la que se firma el contrato.

Además, también habrá que pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y realizar el cambio de titularidad del vehículo en la DGT.

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

… saber más sobre el autor