María Liébana
Educación financiera
¿Es obligatorio contratar un seguro de hogar?
La ley no te obliga, ni siquiera en el caso de que te lo exija el contrato de alquiler
Nuestra casa es uno de nuestros bienes más preciados. A fin de cuentas, es nuestro hogar. Nuestro refugio. Ese es el motivo de que en España, tres de cada cuatro hogares estén asegurados, habiendo incluso zonas, como el País Vasco, donde su extensión es prácticamente total.
No obstante, que sea una práctica frecuente no significa que la ley obligue a ello. Entonces, ¿es el seguro de hogar obligatorio? La respuesta es no. Pero con ciertos matices: a diferencia de otro tipo de pólizas, como la de coche o moto, contar con un seguro de hogar no es obligatorio, salvo que tu vivienda esté hipotecada, o que te sea exigido en un contrato de alquiler.
¿Cuándo es obligatorio el seguro de hogar?
El seguro de hogar es obligatorio solo si adquieres una hipoteca, tal y como establece el Real Decreto 716/2009 en su artículo 10. Al menos obliga contra los daños derivados de incendio. Es decir, un seguro de hogar que incluya la cobertura de protección básica. Por lo tanto, en el caso de que compres una vivienda, la ley solo te obliga a contar con este tipo de seguro siempre y cuando adquieras un préstamo hipotecario.
Ahora bien, esto no significa que sea necesario tener contratado tu seguro con la misma entidad bancaria con la que tienes la hipoteca, como era habitual en el pasado. Desde 2013, año en el que el Parlamento Europeo aprobó la primera Directiva Europea sobre Hipotecas, queda prohibido expresamente la vinculación entre seguros y préstamos hipotecarios, por lo que a día de hoy tienes total libertad para escoger tu compañía aseguradora sin que tenga que ser la ofrecida por el banco.
Pero, si este no es tu caso, y afrontas la compra de la vivienda con tu capital, o si en lugar de una hipoteca solicitas un préstamo personal, no tendrías ninguna obligación.
¿Debo contratar seguro de hogar si vivo de alquiler?
Otra de las situaciones en la que puedes está obligado a contratar un seguro de hogar es cuando alquilas un inmueble, ya wue puede formar parte de las condiciones impuestas en el contrato de alquiler. Sin embargo, la ley no te obliga, y al tratarse este de un documento privado, queda en tus manos aceptar o no dicha cláusula.
En cualquier caso, siempre que seas propietario de una vivienda es muy recomendable dar de alta un seguro de hogar para protegerla. De esta forma puedes vivir con la tranquilidad de que, ante cualquier siniestro que cause tu inmueble (inundaciones, incendio, derrumbes, etc.) vas a estar protegido económicamente para responder ante los desperfectos causados.
Del mismo modo, si eres inquilino de una vivienda en alquiler, es aconsejable contratar un seguro que cubra al menos el contenido (las pertenencias del propietario, y de las personas que viven con él, que están dentro de la casa).