Educación financiera

¿Si estoy en paro sigo cotizando para mi pensión de jubilación?

María Liébana

Domingo 6 de septiembre de 2020

ACTUALIZADO : Domingo 6 de septiembre de 2020 a las 9:17 H

5 minutos

No olvidemos que con la prestación del trabajo nace la obligación de cotizar

¿Si estoy en paro sigo cotizando para mi pensión de jubilación?
María Liébana

Domingo 6 de septiembre de 2020

5 minutos

¿Cuándo se cobra la próxima paga extra de las pensiones en 2020? 

Pensiones contributivas 2020: este es el número de años que hay que cotizar

La guía definitiva para entender las pensiones en España: jubilación, viudedad, incapacidad...

Cómo obtener el certificado de pensiones de la Seguridad Social

Destope de las pensiones: qué es y cómo te puede afectar esta medida

¿Puedo disponer del dinero del plan de pensiones estando en paro?

Si cobro la pensión de viudedad, ¿puedo optar a otras pensiones?

Los efectos de la crisis del coronavirus sobre las pensiones

 

El hecho de quedarnos sin trabajo es una preocupación que subsanamos, en parte, gracias al sistema de paro. A esta preocupación, sin embargo, se suman otras incógnitas como la forma en la que puede afectar el hecho de estar en paro a nuestra futura pensión de jubilación.

Recordemos que, actualmente, son necesarios al menos 15 años cotizados para poder obtener el 50% de pensión correspondiente a la edad legal de jubilación y que, para cobrar el 100% necesitaremos haber cotizado durante 35-37 años.

¿Sigo cotizando si estoy en paro?

Mientras estemos cobrando la prestación contributiva por desempleo, estaremos cotizando para la jubilación, con una base de cotización igual o parecida a la que hemos tenido mientras trabajábamos. La base reguladora de la prestación es el promedio de las bases de cotización durante los últimos seis meses de que se ha estado trabajando. Además, se cotizará por el resto de las contingencias comunes: la protección a la familia, invalidez permanente, prestación por muerte y supervivencia, incapacidad temporal, maternidad, asistencia sanitaria y farmacéutica.

La cotización se hará en forma de cuotas, como es habitual, y correrá a cargo tanto del Servicio Público de Empleo como del propio desempleado. Teniendo en cuenta que la parte que nos corresponde pagar a nosotros ya se deduce de la prestación que cobramos. En resumen, aunque estemos cobrando el paro seguiremos cotizando, y sin tener que hacer ningún trámite extra.

La obligación de cotizar en el Régimen General de la Seguridad Social

Con la prestación del trabajo nace esta obligación de cotizar, que se mantiene durante todo el período que un trabajador se encuentre en el Régimen General de la Seguridad Social o preste sus servicios, aunque sea de carácter discontinuo. Y se mantiene también (la obligación de cotizar) en situaciones de incapacidad temporal, en la de maternidad y paternidad, en la de riesgo durante el embarazo y en la de riesgo durante la lactancia natural, así como en las situaciones asimiladas a la de alta.

De este modo, la Ley General de la Seguridad Social establece que, durante el período de percepción de la prestación por desempleo, la entidad gestora, que en este caso es el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), ingresa las cotizaciones correspondientes a la Seguridad Social (asume la aportación empresarial y descuenta de la cuantía de la prestación la aportación que corresponde al trabajador).

bigstock Money Saving Money Saving Idea 260944510

¿Afecta el tiempo que esté en paro a mi jubilación?

Afecta si atraviesas una situación de paro de larga duración y durante la misma no recibes prestación contributiva, viendo reducidos tus años de cotización y, en consecuencia, el porcentaje que se aplica a tu base de cotización que determina tu pensión de jubilación futura.

 

Sobre el autor:

María Liébana

María Liébana es redactora especializada en temas de economía.

… saber más sobre el autor