Los nervios de los jubilados, antiguos mutualistas, pendientes de las devoluciones de IRPF por lo que han cotizado de más, vuelven a estar a flor de piel. El Gobierno ha rectificado un error calificado de “garrafal”, pero las prisas y los bandazos de Hacienda para con los mutualistas no hace sino alimentar las dudas, el desconcierto, el enfado y la incertidumbre.
Enfado porque siguen sintiendo que juegan ellos y les obligan a realizar, de nuevo, la solicitud; dudas, porque muchos no saben exactamente qué tienen que hacer; desconcierto e incertidumbre porque la ley que fraccionaba las devoluciones año a año sigue vigente pendiente de un cambio normativo. El desconcierto no puede estar más justificado: abierto el periodo para solicitar la devolución, aún no se ha aprobado el cambio legislativo que la hará posible.
Jubilados mutualistas muy enfadados
Los afectados tienen muchas dudas, no saben qué tienen que hacer ahora. “¿Y cómo se supone que tenemos que hacer? Yo como afectada no tengo ni idea”, asegura María Soledad Moreno. Muchos coinciden en preguntar “¿Y ahora qué?” Tras la rectificación.
Además, siguen muy enfadados. “Ahora alardean diciendo que ‘el Gobierno escucha’, cuando han sido los promotores de una disposición injusta a todas luces”, se queja, muy enfadado, José María Maíllo. A esa misma ‘escucha’ se refiere Luis Ortiga. “Eso dicen quienes negaban sistemáticamente las sentencias judiciales a favor de los pensionistas, los que prometieron pagar en 2024 y luego defendían con vehemencia su pago en 4 años. Eso no es escuchar” lamenta.
Las dudas de todos estos pensionistas están más que justificadas, porque cuando hablamos con expertos, tampoco tienen certidumbres. Ni siquiera saben como va a abordar AEAT las devoluciones en este instante.
El "papelón" de la Agencia Tributaria
“Es un papelón lo que tiene la agencia tributaria ahora mismo, es un papelón” asegura Rubén Gimeno, secretario técnico del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), el órgano especializado en fiscalidad del Consejo General de Economistas de España (CGE). “Hay una enmienda que han metido en una ley que va a salir próximamente, la Ley a los vehículos a motor, que no tiene nada que ver con el mundo fiscal, pero con va a salir próximamente, por eso han metido la enmienda ahí”. En opinión del REAF, esta enmienda significa que "hay voluntad de que con la solicitud de ahora, se devuelven los cuatro años”.
“En la solicitud, tu pones tu dni y tu numerro de cuenta, y pides la devolución. Se entiende que estas pidiendo los utimos cuatro años no prescritos, pero si no sale por ley, solo te van a devolver el año 2019”, asegura Rubén Gimeno. “Es un papelón lo que tiene la Agencia Tributaria, yo supongo que no van a devolver a nadie y esperarán a que se publique la ley y salga esta enmienda”. Pero, ¿y si no sale la ley? ¿peligran las devoluciones de los mutualistas? La polémica, el desconcierto y los temores de los mutualistas, están servidos.
Mensaje de tranquilidad
“Es verdad que ahora estamos con una regulación que es esa (el paquete fiscal aprobado en diciembre) y por tanto lo que se está solicitando es la devolución formalmente del año 19” ha reconocido Carlos Bravo, secretario de Políticas Públicas y Protección Social de CCOO. Sin embargo, ha querido lanzar un mensaje de tranquilidad a los mutualistas. Insiste en que “el compromiso del Gobierno es que con esta solicitud de atrasos del 2019, se va a devolver 2019, 2020, 2021 y 2022”.
“Yo espero que la enmienda parlamentaria que se está tramitando esté resuelta antes del 30 de junio, pero aunque se resolviera después del 30 de junio, por tanto, después de que finalice el plazo de declaración de la Renta, no hay ningún motivo que impida que se devuelvan los cuatro años una vez que se apruebe esa modificación”, asegura. “Y de la consulta que hemos hecho a la Administración al respecto, nos trasladan la misma opinión”, añade.
Pendientes de una enmienda, ya presentada
Tal y como ha revelado la propia Agencia Tributaria, más de dos millones de contribuyentes pidieron el año pasado una compensación fiscal por sus cotizaciones a las antiguas mutualidades del trabajo entre 1967 y 1978. Todos aquellos que no recibieron respuesta antes del 22 de diciembre pasado tendrán que volver a realizar la petición y presentar la declaración de la Renta sin saber a ciencia cierta cuando podrán recuperar su dinero.
Pese a que los pensionistas puedan ir haciendo sus peticiones, no recibirán las cantidades adeudadas, hasta que no se produzca ese cambio normativo. No sabemos cuando será eso, lo que si sabemos es que el Gobierno ha introducido este cambio normativo a través de una enmienda a la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, que en estos momentos se tramita en el Congreso, de urgencia.
¿Por qué una nueva petición?
Los afectados están muy enfadados por el hecho de tener que volver a solicitar la devolución de su dinero, tal y como hacen llegar a 65YMÁS a través de las Cartas a la Directora. Para muchos de ellos, con una edad avanzada y dificultades para manejarse en el mundo digital, supone un esfuerzo enorme, que es innecesario. El año pasado ya cumplieron y realizaron una solicitud, que ha terminado en la papelera.
“El art. 28.2 de la Ley 39/2015 de de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas establece de forma clara y concisa que: ‘Los interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante’”, recuerda Miguel Casacuberta. “Además, la habilitación por Hacienda, a partir del 2 de abril, de un nuevo formulario incumple los criterios de racionalidad y eficiencia que orienta la actuación y organización administrativa en nuestro ordenamiento”, añade.
Las asociaciones de mayores también lamentan que, productivamente, los mayores con derecho a esas devoluciones tengan que volver a solicitarlo. “Esperábamos que desde la propia AEAT se puediera proceder de oficio, evitando que las personas que se encuentran en esta situación tengan que emitir una nueva solicitud a petición propia, evitando así añadir una nueva carga administrativa ante este proceso de reclamación”, dicen desde la Plataforma de Mayores y Pensionistas (PMP)
Además, los afectados tienen muchas dudas, no saben qué tienen que hacer ahora. “¿Y cómo se supone que lo haría? Yo como afectada no tengo ni idea”, asegura María Soledad Moreno. Dudas… y también escepticismo. “Hasta que no lo vea, no lo creo”, nos dice otro lector.
La devolución de 2024, automática
La devolución que les corresponde a aquellos pensionistas, antiguos mutualistas, para el ejercicio fiscal 2024 será aplicada directamente. Es decir, su borrador de la declaración ya ofrecerá el cálculo será automático en la Renta 2024 y sucesivas. “Con la finalidad de aplicar lo establecido en la disposición transitoria segunda (en adelante DT2) de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para los pensionistas que reciben en la actualidad prestaciones que procedan de aportaciones a mutualidades de previsión social que puedan dar lugar a reducción en la tributación de sus rendimientos del trabajo conforme lo establecido en la citada disposición, en la declaración de Renta de 2024 se van a calcular ajustes sobre las pensiones de jubilación o invalidez, para conseguir esta menor tributación, tal y como se procedió para el IRPF 2023 en la anterior Campaña de Renta”, explica la Agencia Tributaria.
Así fue ya el año pasado, y esto es algo que ocurrirá ya en todas las declaraciones futuras.
Ejercicios 2019 a 2022
Ahora bien, para recuperar el exceso de tributación de los ejercicios anteriores será necesario presentar el nuevo formulario de solicitud, habilitado por la Agencia Tributaria desde el pasado día 2 de abril, cuando arrancó la campaña de la Renta. “Las devoluciones del IRPF de los ejercicios 2019 a 2022 y años anteriores no prescritos que resulten de aplicación de la DT2 LIRPF se podrán solicitar mediante la presentación del nuevo formulario de solicitud”, detalla Hacienda en su web.
Para completar este formulario es necesario disponer de número de Referencia, Cl@ve, certificado electrónico o DNI electrónico. Después, el solicitante solo tendrá que añadir un número de cuenta bancaria y un número de teléfono.
“Está previsto que se produzca una modificación normativa, de tal manera que el formulario de solicitud que se presente permitirá obtener en 2025 la devolución de los ejercicios 2019 a 2022 y años anteriores no prescritos” detalla en su sede electrónica la Agencia Tributaria, sin dar más detalles.
Afectados
Los afectados son pensionistas, contribuyentes que cotizaban a las antiguas mutualidades, hoy jubilados. La parte de la prestación de jubilación que corresponda a las aportaciones anteriores a 1967 se reducirá al 100%, es decir, no tributará esta parte de pensión. Y la parte de la prestación de jubilación que corresponda a las aportaciones efectuadas entre 1967 y 1978, se reducirá en un 25%, es decir, solo tributará el 75% de esa parte de la pensión. Según los cálculos de los técnicos de Hacienda, hay 4,8 millones de contribuyentes con derecho a devolución.
Sobre el autor:
Beatriz Torija
Beatriz Torija es periodista y documentalista, especializada en información económica. Lleva 20 años contando la actualidad de la economía y los mercados financieros a través de la radio, la televisión y la prensa escrita. Además, cocina y fotografía.