Cada vez son más bancos los que cobran comisiones bancarias por retirar dinero en ventanilla, y aunque según el Banco de España "no es una práctica generalizada", la institución no ha querido pasar por alto esta oportunidad para pronunciarse al respecto: "Si se generalizara el cobro de la comisión, podría ser una traba para algunos sectores de la población, como, por ejemplo, las personas mayores o poco familiarizadas con las tecnologías".
Teniendo en cuenta a estos colectivos, el Banco de España lanzó un criterio de buenas prácticas, según el cual todas las entidades tienen la obligación de garantizar a sus clientes "al menos un medio gratuito, accesible y seguro, teniendo en cuenta las circunstancias particulares de cada colectivo, para que puedan disponer de efectivo de su cuenta".
Además de esta recomendación, el Banco de España está trabajando para evitar que los colectivos queden desprotegidos: "Esta comisión no podrá cargarse en las cuentas de pago básicas", aseguraban, aunque matizan que sera en los casos "en las que la normativa o bien limita la comisión máxima mensual que se puede cobrar por el uso de determinados servicios, entre ellos, el de retirada de efectivo de cajeros/oficina, o establece que sean gratuitas cuando los titulares sean personas en especial situación de vulnerabilidad o riesgo de exclusión financiera".
Los bancos pueden establecer la comisión
Los bancos tienen la libertad de elegir la comisión que tendrán que pagar sus clientes, eso sí "antes de cargar una comisión la entidad debe comunicarte de forma clara y gratuita sobre el servicio al que corresponde, su importe y cualquier otro detalle relevante", avisan desde el Banco de España.
Además de informar a sus clientes, los bancos deben asegurarse de que cada uno de ellos acepte las condiciones: "El banco debe ofrecerte el detalle de cada una de las comisiones de forma individualizada e incluir esta información en el contrato que firmas al abrir la cuenta".
Respecto al tema de los contratos con las condiciones, desde el Banco aseguran que "las entidades pueden modificar las condiciones iniciales, por ejemplo, cambiando el importe de determinada comisión o las condiciones de su aplicación". Aunque de nuevo, deberán avisar de forma individualizada a sus clientes con al menos dos meses de antelación: "Este periodo permite al cliente valorar con un tiempo razonable las nuevas condiciones y optar por aceptarlas o cambiar la cuenta a otro banco".
Por último, desde el Banco de España recuerdan a los ciudadanos que si no están de acuerdo con el cobro de comisión comprueben si han recibido "la información previa, solicita las aclaraciones pertinentes y, en su caso, solicita un medio alternativo accesible y seguro en función de tus circunstancias para poder sacar tu dinero".
Sobre el autor:
Laura Moro
Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.