Economía

Escrivá mejora su oferta de cuotas para los autónomos: entre 245 y 565 euros al mes

Pepa Montero

Foto: Europa Press

Lunes 13 de junio de 2022

7 minutos

Habría una deducción de gastos genéricos del 7% y facilidades para cobrar el 'paro'

Escrivá mejora su oferta de cuotas para los autónomos: entre 245 y 565 euros al mes
Pepa Montero

Foto: Europa Press

Lunes 13 de junio de 2022

7 minutos

ATA tilda de "leñazo en todo el lomo" el plan de Escrivá de subir el 33% la cotización de autónomos

Los autónomos exigen aplazar a 2025 la reforma del RETA y la subida de cotizaciones

 

El ministro de Inclusión y Seguridad Social, José Luis Escrivá, tiene prisa por cerrar la negociación del nuevo sistema de cotización de los autónomos, que se debate desde hace meses en la Mesa de Diálogo Social entre el Gobierno, la patronal, los sindicatos CCOO y UGT y las tres organizaciones más representativas del colectivo: ATA, UPTA y UATAE. En ese empeño, este lunes, 13 de junio, el Ministerio ha mejorado su propuesta de cuotas, que oscilarían entre los 245 y 565 euros al mes, ofreciendo rebajas sobre todo en la aportación de los profesionales con rentas medias e incluyendo ventajas para poder cobrar el llamado paro de los autónomos.

La última oferta oficial disminuye levemente la cuota mínima, aumenta algo la más elevada y propone importes más reducidos para quienes tengan rendimientos netos en los tramos intermedios, según ha revelado el presidente de la Unión Profesional de Trabajadores Autónomos (UPTA), Eduardo Abad, tras la reunión para la reforma del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). El Gobierno ha puesto sobre la mesa una "importante bajada en la cotización mensual para las rentas medias", según Abad, en concreto, plantea que los autónomos con rendimientos netos entre 1.700 y 1.850 euros mensuales paguen una cuota de 370 euros al mes, que suponen 30 euros menos de los que figuraba en su anterior oferta.

Por su parte, la cuota mínima sería de 245 euros mensuales (5 menos que los propuestos el 30 de mayo) y la máxima de 565 euros al mes (15 más que los reflejados en el último documento), según los rendimientos netos de los autónomos (es decir, una vez deducidos los gastos, o lo que es lo mismo, lo que se declara en IRPF).

Más ejemplos: en la franja de ingresos que va desde los 1.850 a los 2.030 euros, se propone una cuota de 400 euros, y para aquellos que declaren un volumen de ingresos entre los 2.030 y los 2.330 euros, la cuota sería de 440 euros.

El nuevo sistema de cotización por ingresos reales estará vigente entre 2023 y 2025.

Ante esta nueva oferta del Gobierno, las organizaciones de autónomos siguen divididas, ya que la mayoritaria, ATA (@autonomosata), presidida por Lorenzo Amor, la considera “inasumible”, mientras que UATAE (@uatae_es) y UPTA (@upta_es) ven más próximo el acuerdo con el Ejecutivo.

 A jucio de Lorenzo Amor,  "un autónomo que gana 1.700 euros al mes va a tener que pagar 900 euros más de cotización al año, un 26% más, esto es inasumible". El presidente de ATA, a la vez vicepresidente de CEOE, ha señalado que los autónomos están "para que los gobiernos les quiten costes, no para que se los añadan", y ha añadido que este colectivo no está "para que les pongan zancadillas" con estos nuevos tramos.

Amor ha revelado que este viernes, 17 de junio, trasladarán al Ministerio sus propuestas y alegaciones, ya que todavía no han tenido tiempo de estudiar el documento que el departamento de Escrivá les envió el sábado pasado a media mañana.

Para la la organización UATAE, el Ministerio debe ser todavía "más ambicioso en la disminución de cuotas para los colectivos con menos ingresos". Valora también las medidas para mejorar la prestación por cese de actividad (planteadas en la pasada reunión de mayo) y considera que las propuestas de la Seguridad Social "tienen buena intención pero hay que mejorarlas".

Deducción del 7% por gastos genéricos

Según el planteamiento del Gobierno, la cotización al RETA se efectuará en función de los rendimientos anuales. La regularización de la cotización, a efectos de determinar las bases por las que se cotiza y las cuotas mensuales definitivas, se efectuará en función de los rendimientos anuales comunicados por la correspondiente Administración Tributaria a partir del ejercicio siguiente.

Para establecer los importes económicos que fijarán las bases de cotización y las cuotas mensuales definitivas se tendrán en cuenta los rendimientos del trabajo, los del capital mobiliario y los de las actividades económicas obtenidos por cualquiera de los métodos y modalidades que determinan el rendimiento neto de las actividades. A dichos rendimientos, según el borrador, se les aplicará una deducción por gastos genéricos del 7%, salvo en dos supuestos, donde esta deducción será del 3%: en el caso de trabajadores por cuenta propia que ostenten el cargo de consejero o administrador o presten otros servicios para una sociedad de capital si poseen el control efectivo, directo o indirecto de la misma, y en el caso de socios trabajadores de sociedades laborales cuando su participación en el capital social junto con la de su cónyuge y parientes con los que convivan alcance, al menos, el 50%.

bar restaurante autonomos

A la hora de solicitar el alta en el Régimen de Autónomos, será obligatorio efectuar una declaración previa de los rendimientos que se espera obtener. En cada solicitud de cambio de base de cotización que hagan los autónomos deberán declarar dicha previsión de rendimientos económicos. En este sentido, se ampliará de cuatro a seis el número de veces que, durante el año, los trabajadores autónomos podrán solicitar el cambio de su base de cotización.

Así, los cambios de base se podrán solicitar cada dos meses y tendrán efectos desde el 1 de marzo (si la solicitud se hace entre enero y febrero); desde el 1 de mayo; desde el 1 de julio; desde el 1 de septiembre, desde el 1 de noviembre y desde el 1 de enero del año siguiente, siempre que se solicite entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.

El borrador del Gobierno incluye varias modalidades para el cobro del llamado paro de los autónomos por el cese, temporal o definitivo, del negocio. Así, se podrá acceder a esta prestación si existen causas organizativas, económicas, técnicas o de producción o por fuerza mayor. Al mismo tiempo, se crea una prestación para sostener a los autónomos que se vean afectados por un RED cíclico o sectorial (los nuevos ERTE de la reforma laboral). En ambos casos se podrá acceder a la prestación si dicho mecanismo afecta al 75% de la plantilla. En el caso del RED cíclico se exigirán caídas de ingresos del 75% durante dos trimestres consecutivos, y en el sectorial, del 50%, entre otros requisitos.

Sobre el autor:

Pepa Montero

Pepa Montero

Pepa Montero es redactora especializada en temas de economía. Ha trabajado en medios como El Economista y La Gaceta de los Negocios. Es autora del libro de relatos La casa de las palmeras (Azul como la Naranja, 2013).

… saber más sobre el autor