Economía

Este es el aviso de Hacienda a los jubilados mutualistas en su declaración de la renta

Beatriz Torija

Lunes 28 de abril de 2025

4 minutos

AEAT avisa a todos los posibles beneficiarios de devoluciones pendientes en su borrador del IRPF

Este es el aviso de Hacienda a los jubilados mutualistas en su declaración de la renta. Foto: europapress
Beatriz Torija

Lunes 28 de abril de 2025

4 minutos

En plena campaña de la Renta 2024-2025, muchos contribuyentes se van a encontrar en su borrador de la declaración de la Renta este epígrafe: ’Ajuste por mutualidades DT2 LIRPF’. En efecto, lo verán aquellos pensionistas que cotizaron a las antiguas mutualidades laborales, que tienen derecho a devolución en su IRPF, y que desde diciembre llevan sufriendo diferentes cambios de criterio de Hacienda para recuperar su dinero.

Ese epígrafe es el aviso de la Agencia Tributaria de que tienen derecho a recibir esas devoluciones. En su borrador, ya estará incluida automática la devolución relativa al ejercicio fiscal 2024. Para recuperar el exceso de tributación de los ejercicios 2019, 2020, 2021 y 2022, así como anteriores que no hubieran prescrito, cuando los haya, los afectados tienen que solicitarlo a través del formulario habilitado por Hacienda para pedir esas devoluciones. 

Ahora bien, a la hora de presentar la declaración de la renta, si un mutualista no ha rellenado previamente ese formulario, también recibirá en su borrador un aviso por parte de la Hacienda, con un link directo. Si se hace la declaración sin haber rellenado y presentado este formulario, a los potenciales beneficiarios les aparecerá un aviso informativo con acceso directo al formulario. La Agencia Tributaria ofrece un mensaje con acceso directo al formulario nada más entrar al servicio de presentación de la declaración en la sede electrónica y en la 'app'.

Renta 2024-2025: Hacienda mantiene la asistencia a personas mayores para hacer la Declaración. Foto: EuropaPress

La devolución de 2024 no hay que solicitarla, es automática

En la actual campaña de la Renta que está en marcha, los mutualistas jubilados recibirán directamente el cálculo correspondiente a la devolución que les corresponde para el ejercicio fiscal 2024. Es decir, el cálculo será automático en la Renta 2024, y así seguirá siendo en años sucesivos.

“Con la finalidad de aplicar lo establecido en la disposición transitoria segunda (en adelante DT2) de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para los pensionistas que reciben en la actualidad prestaciones que procedan de aportaciones a mutualidades de previsión social que puedan dar lugar a reducción en la tributación de sus rendimientos del trabajo conforme lo establecido en la citada disposición, en la declaración de Renta de 2024 se van a calcular ajustes sobre las pensiones de jubilación o invalidez, para conseguir esta menor tributación, tal y como se procedió para el IRPF 2023 en la anterior Campaña de Renta”, explica la Agencia Tributaria en su web.

Solicitar las devoluciones de los ejercicios 

Es para recuperar el exceso de tributación de los ejercicios anteriores para lo que hay que hacer una petición expresa. Para ello será necesario presentar un nuevo formulario de solicitud, que está habilitado por la Agencia Tributaria desde el pasado día 2 de abril. “Las devoluciones del IRPF de los ejercicios 2019 a 2022 y años anteriores no prescritos que resulten de aplicación de la DT2 LIRPF se podrán solicitar mediante la presentación del nuevo formulario de solicitud”, detalla Hacienda en su web.

Aquellos mutualistas que ya hicieron una petición el año pasado, pero que a 22 de diciembre no habian recibido respuesta, tendrán que volver a hacer la petición, y presentar el citado formulario.

Formulario de solicitud

Bien por el link incluido en el borrador de la Renta de los posibles beneficiarios, bien entrando directamente al formulario desde la sede digital de la Agencia Tributaria (en este link o enlace), los afectados deben rellenar un formulario que en su epígrafe inicial hace referencia a la devolución relativa a 2019, pero que servirá para todos los años, según el compromiso del Gobierno. Para completar este formulario es necesario disponer de número de Referencia, Cl@ve, certificado electrónico o DNI electrónico. Después, el solicitante solo tendrá que añadir un número de cuenta bancaria y un número de teléfono.

En el formulario se indica que la petición es para devolución del ejercicio 2019, exclusivamente. No obstante, se prevé que con este formulario se reciban todos los ejercicios. “Está previsto que se produzca una modificación normativa, de tal manera que el formulario de solicitud que se presente permitirá obtener en 2025 la devolución de los ejercicios 2019 a 2022 y años anteriores no prescritos” detalla en su sede electrónica la Agencia Tributaria. Ese cambio normativo está en marcha, aunque aún no se ha aprobado.

Sobre el autor:

Beatriz Torija

Beatriz Torija es periodista y documentalista, especializada en información económica. Lleva 20 años contando la actualidad de la economía y los mercados financieros a través de la radio, la televisión y la prensa escrita. Además, cocina y fotografía.

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