Economía

Así funciona la calculadora de cuotas de empleadas del hogar de la Seguridad Social

María Bonillo

Jueves 13 de febrero de 2025

3 minutos

La cuota mensual se calcula según el salario y las horas trabajadas

Salario de las empleadas del hogar: ¿cuánto hay que pagar?
María Bonillo

Jueves 13 de febrero de 2025

3 minutos

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La Seguridad Social cuenta con una calculadora de cuotas sobre empleo de hogar, que permite simular el importe mensual de la cotización a la Seguridad Social por el alta de un trabajador en empleo de hogar. 

"¿No sabes cuánto cuesta contratar a alguien para trabajar en tu hogar? La cuota mensual se calcula según el salario y las horas trabajadas", explican desde el organismo a través de sus redes sociales.

 

 

La cuota a pagar se determina a partir del salario en un sistema de tramos, recuerdan. Además, el salario pactado tendrá que ser igual o mayor al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) establecido cada año. "Si la jornada acordada es de 40 horas a la semana y la retribución se abona en 14 pagas al año, el SMI establecido para 2024, es de 1.134 € al mes. Si se abona en 12 pagas es de 1.323 €. Si el trabajo se retribuye por horas, se aplicará el SMI por hora que es de 8,27 €/hora. Si incluye vacaciones es de 8,87 €/hora", explican. 

En concreto, en la calculadora tendremos que introducir el tipo de contrato que tendrá la persona empleada, el tipo de jornada que realizará y el importe total del salario mensual del trabajador.

En cuanto a las pagas extras, será necesario indicar si están incluidas en el salario. En este sentido, recuerdan que "todo trabajador por cuenta ajena tiene derecho a 2 pagas extraordinarias. Puedes dividir el importe entre los 12 meses del año y sumar la parte proporcional al salario que recibe cada mes". 

Asimismo, será necesario indicar si el trabajador estará al cuidado de una familia numerosa. Con todos estos datos, se genera una aproximación de la cuota que se pagará a la Seguridad Social, lo cual "protege a la persona trabajadora en situaciones como la baja por enfermedad o accidente. También genera derecho a futuras prestaciones como la jubilación", destacan. 

Recuerdan, a su vez, que "siempre que una persona vaya a prestar servicios domésticos a cambio de un salario, es obligatorio darle de alta en la Seguridad Social, cualquiera que sea el número de horas de trabajo al día o a la semana". 

Sobre el autor:

María Bonillo

María Bonillo

María Bonillo es licenciada en Comunicación Audiovisual y Periodismo por la Universidad Carlos III de Madrid. Escribe principalmente sobre temas de sociedad. También tiene experiencia en comunicación corporativa de empresas como OmnicomPRGroup y Pentación Espectáculos.

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