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El Ministerio de Hacienda ha iniciado un proceso de modernización y actualización para impulsar un nuevo sistema de pago en efectivo y transferencias de deudas tributarias, en el que la Agencia Estatal de Administración Tributaria pasaría a ser el emisor del Número de Referencia Completo (NRC), a petición de la entidad colaboradora.
El NRC es un código, generado hasta ahora por las entidades colaboradoras, que incorpora de forma cifrada la información básica del pago, de forma que garantiza tanto su propia autenticidad como la del recibo en el que consta.
Según argumenta Hacienda en la orden publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el vigente sistema de gestión de los NRC, establecido en 1999 con la tecnología existente en ese momento, presenta en la actualidad una serie de "limitaciones bastante significativas". Así, está desarrollado en tecnologías que ya no tienen soporte y los protocolos criptográficos que utiliza se encuentran desfasados, de forma que podrían llegar a presentar algunos problemas de seguridad respecto de la plena garantía de su autenticidad.
Para hacer frente a esto, Hacienda ha destacado que la consolidación del NRC por parte de las entidades colaboradoras ante la Agencia Tributaria permitirá a ésta disponer de una información "prácticamente inmediata" de los pagos realizados a través de tales entidades, lo que supondrá un importante avance operativo en materia de control y seguimiento de los ingresos por la Administración Tributaria estatal.
En particular, permitirá solventar casi inmediatamente aquellos casos en los que los contribuyentes solicitan ciertas actuaciones de la Administración Tributaria estatal (devoluciones de garantías, levantamientos de embargos, expedición de certificados de ingreso o de estar al corriente de obligaciones tributarias, etcétera), que están condicionadas a la previa realización del pago.
Especialmente, añade, si se considera que, tras esta modificación normativa, la totalidad de los pagos que se realicen ante las entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria estatal deberán estar asociados a un NRC, que, además, habrá de constar obligatoriamente en el justificante de ingreso que tales entidades proporcionen a los obligados al pago.
Por lo tanto, otro de los justificantes de pago que se verán afectados por el nuevo sistema de gestión serán los recibos expedidos por las entidades colaboradoras en los casos de domiciliación del pago, que deberán contener, en todo caso un NRC que, como el resto, deberá ser consolidado ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
En cuanto al Impuesto de la Renta de No residentes, Hacienda ha explicado que ahora existe un procedimiento de pago desde el extranjero de las cuotas a ingresar resultantes de autoliquidaciones de este impuesto sin establecimiento permanente (modelo 210), mediante transferencia bancaria a una cuenta abierta en el Banco de España.
Sin embargo, la práctica ha demostrado que, como consecuencia de la "escasa, limitada e incompleta" información que acompaña a los ingresos efectuados por esta vía, resulta para la administración tributaria muy dificultoso, cuando no imposible, la correcta aplicación de los ingresos recibidos a la obligación de pago y al obligado correspondiente.
Por ello, afirma que es preciso establecer un nuevo procedimiento que garantice tanto la recepción del pago por transferencia como que ésta venga acompañada de la información necesaria para su correcta identificación y aplicación