El Real Decreto-ley 6/2024, por el que se adoptan acciones urgentes de respuesta ante los daños causados por la DANA, entra en vigor este jueves, 7 de noviembre, con medidas por valor de más de 10.600 millones de euros, tras haber sido publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Se aplicarán en 78 municipios, la mayoría en la Comunidad Valenciana (75 en la provincia de Valencia, 2 de Castilla-La Mancha y 1 de Andalucía).
Este escudo económico, laboral y social, diseñado por el Gobierno, incluye entre las ayudas urgentes un complemento extraordinario del 15% para "más de 100.000 perceptores de ingreso mínimo vital (IMV) o de pensiones no contributivas, que son las pagas más vulnerables. Automáticamente van a ver incrementado un 15% esa prestación, sin tener que hacer ningún trámite, porque queremos facilitar al máximo esta situación", ha ratificado la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz.
Este complemento se cobrará en las nóminas de noviembre, diciembre y enero de 2025, de manera automática, de oficio, lo hará la propia Administración.
Asimismo, las pensiones de incapacidad permanente, viudedad y orfandad causadas por el desastre de la DANA, se asimilarán a las derivadas de accidentes laborales, lo que supone un aumento de la cuantía y una mejora del cálculo de la pensión, que se hará en base a los ingresos totales del último año. Saiz ha asegurado que este primer paquete de ayudas del Ejecutivo se mantendrá "el tiempo que haga falta" y se irá evaluando desde el Gobierno.
75% del salario por incapacidad temporal
La nueva figura de la incapacidad temporal extraordinaria, para personas trabajadoras por cuenta ajena y autónomas, se asimilará a las derivadas de accidente de trabajo y permitirá a los afectados percibir el 75% de la base reguladora, desde el día siguiente al de la baja.
Para pedirla, la persona solo deberá acudir a su médico y este será el encargado de reconocer la incapacidad y de expedir el parte de baja, que tendrá un código nuevo creado al efecto, para poder disfrutar de una protección desde el primer día del 75% del salario.
"El parte de baja se comunica directamente a la Seguridad Social. para que se haga efectivo en el pago de la prestación", ha explicado el secretario de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, Borja Suárez.
ERTEs y ceses para más de 400.000 trabajadores
Más de 400.000 personas son potenciales beneficiarios de ERTEs por fuerza mayor y ceses de actividad para autónomos, según Suárez, quien ha cifrado en más 350.000 los trabajadores que podrían adherirse a un ERTE, mientras que los autónomos que potencialmente pueden pedir el cese de actividad sumarían casi 70.000.
El secretario de Estado se ha comprometido a un seguimiento "diario" del número de ERTEs y del número de personas trabajadoras afectadas por estas inundaciones.
Hasta 60.000 euros por vivienda
Entre las medidas que recoge este real decreto del Gobierno, se cuadriplican las ayudas públicas previstas en la ley por fallecimiento, incapacidad, daños en enseres y en vivienda, sin umbrales de renta.
En concreto, por casos de incapacidad la ayuda será de hasta 72.000 euros, para la reparación de viviendas entre 20.000 y 60.000 euros, para cambiar o restaurar muebles o electrodomésticos se darán hasta 10.300 euros.
Además, para la reparación de elementos de las comunidades de vecinos la ayuda será de hasta 37.000 euros.
Ayudas por daños personales, exentas de IRPF
Entre otras medidas fiscales, se han aprobado una serie de ayudas para personas físicas y empresas, entre ellas:
-Exención del IBI correspondiente al ejercicio 2024.
-Reducción el IAE correspondiente al ejercicio 2024.
-No se pagarán tasas de Tráfico ni en la Policía al tramitar la baja de vehículos dañados o sustituir los carnets de conducir y los DNI.
-Las ayudas por daños personales quedan exentas de tributación en el IRPF.
-Aplazado el segundo pago de la declaración de la renta hasta 2025 para los afectados por la DANA, beneficiando a 200.000 contribuyentes.
-Reducción en IRPF e IVA para explotaciones y actividades agrarias de la zona afectada.
Indemnizaciones "inmediatas" del Consorcio
Quienes hayan perdido sus vehículos por el desastre de la DANA recibirán las primeras indemnizaciones de forma inmediata, a través del Consorcio de Compensación de Seguros. De hecho, desde este miércoles, el Consorcio ha empezado las gestiones para resarcir a familias y empresas, con indemnizaciones hasta un 20% superiores al valor de tasación del coche.
"A partir de mañana (por el miércoles), pero fundamentalmente a partir del viernes, se van a poder transferir ya por parte de ese consorcio de compensación muchos de los recursos", afirmó el martes el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante el anuncio del paquete de ayudas a los damnificados.
Todas las personas aseguradas afectadas pueden solicitar la solicitud de indemnización a través de la página web del Consorcio de Compensación de Seguros o del centro de atención telefónica. De forma alternativa, se recomienda que la solicitud de indemnización al Consorcio se haga a través de los agentes o corredores de seguros, o de las aseguradoras en representación de las personas aseguradas que han sufrido los daños. En cuanto a los requisitos, es preciso tener una póliza de seguro vigente y la prima pagada.
El Consorcio indemniza según la póliza de seguro original (bienes, capital, límites, etc.). Se cubren los daños en personas y bienes asegurados, como viviendas, automóviles, establecimientos comerciales, industrias u obras civiles. También gastos de alojamiento por inhabitabilidad de la vivienda o pérdida de ingresos por paralización de la actividad económica.
En cuanto a los daños en bienes (materiales directos), el Consorcio recuerda que la póliza debe cubrir riesgos como incendio, robo o daños a equipos electrónicos. Ejemplos: seguros multirriesgo del hogar, comercio, industria, etc.
3 meses de moratoria total en hipotecas
Tanto las personas físicas como las pymes que tengan una hipoteca o un préstamo al consumo podrán posponer el pago íntegro de sus créditos durante un periodo de tres meses.
Para la agrupación de usuarios financieros Asufin, el espectro de la moratoria es amplio, pudiendo beneficiarse todas las personas físicas residentes en la zona afectada, así como los trabajadores por cuenta propia y todas aquellas personas jurídicas con facturación inferior a 6 millones de euros en el último ejercicio cerrado, con actividad en la zona.
Además de estos tres meses de moratoria total ya aprobados, las familias podrán acogerse a otros 9 meses adicionales para el pago del capital, independientemente de que cuenten con garantía hipotecaria, tal como detalla Asufin. Esto supone que una hipoteca media de 120.000 euros, con una cuota mensual de 600 euros, no pagará nada los tres primeros meses y durante los siguientes nueve meses, solo 300 euros, en concepto de intereses.
Las solicitudes podrán ser formuladas en un plazo de tres meses desde la entrada en vigor del real decreto-ley publicado este miércoles por el Boletin Oficial del Estado.
Autónomos: el cese no quita bonificaciones
El Gobierno central ha aprobado una mejora especial en la prestación por cese de actividad para autónomos que hayan tenido que parar o suspender su actividad, a la que podrán acceder sin periodo mínimo de 12 meses de cotización, y sin que este tiempo les reduzca sus prestaciones futuras. Tal como ha especificado la ministra Elma Saiz, estaprestación corresponderá al 70% de su base de cotización, va dirigida a los más de 65.000 autónomos afectados por la DANA y se concederá de forma automática.
Más en detalle, los autónomos no perderán bonificaciones o reducciones en las cuotas a la Seguridad Social por el tiempo que les quedaba pendiente de disfrute, siempre y cuando pidan el alta de forma inmediata tras la finalización de la prestación, según detalla el Real Decreto-ley 6/2024.
Los trabajadores por cuenta propia que cesen totalmente, de forma definitiva o temporal, su actividad podrán solicitarlo sin aportar documentos que acrediten la existencia de fuerza mayor, y no se les exigirá la acreditación de la imposibilidad para desarrollar la actividad, sin perjuicio de que el órgano gestor requiera con posterioridad al beneficiario para dicha aportación.
El tiempo que perciban prestaciones por cese de actividad no se computará a los efectos de consumir los períodos máximos de percepción.
Cuotas de autónomos, suspendidas hasta febrero...
El Real decreto publicado este miércoles por el BOE recoge que el procedimiento recaudatorio de cuotas de Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta de las empresas y trabajadores autónomos con domicilio de actividad o con domicilio residencia en las localidades afectadas, queda en suspensión desde este jueves hasta el día 28 de febrero de 2025.
En cuanto a la presentación de las liquidaciones de cuotas de Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta devengadas en septiembre, así como el ingreso de las mismas, cuando el ingreso no se hubiera producido a la fecha de entrada en vigor del real decreto ley, se podrán realizar en el mes de noviembre, sin aplicación de recargo o interés alguno.
... y posible aplazamiento hasta 16 meses
Según el primer paquete de ayudas en vigor desde hoy, los autónomos podrán aplazar a un interés del 0,5% el pago de cotización a la Seguridad Social: se amortizaría mediante pagos mensuales y sin exceder en total 16 mensualidades. De esta manera, el primer pago se producirá a partir del mes siguiente al que se haya dictado y la solicitud del aplazamiento determinará que el deudor sea considerado al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, respecto a las cuotas afectadas por el mismo, hasta que se dicte la correspondiente resolución.
Podrán solicitar el aplazamiento trabajadores por cuenta propia y empresas con domicilio residencial o actividad en las localidades afectadas por la DANA que se encuentren al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social y no tuvieran otro aplazamiento en vigor.
Empresas: exoneradas del 100% de cotización
El paquete de ayudas incluye también que las empresas afectadas quedan exoneradas del 100% en la cotización a la Seguridad Social, al menos hasta febrero de 2025, al margen de la protección que los trabajadores tendrán en el acceso a las prestaciones por desempleo.
Si durante el ERTE, se produce una suspensión o reducción de jornada, a efectos de futuras prestaciones, ese tiempo computará como plenamente cotizado.
Sobre el autor:
Pepa Montero
Pepa Montero es redactora especializada en temas de economía. Ha trabajado en medios como El Economista y La Gaceta de los Negocios. Es autora del libro de relatos La casa de las palmeras (Azul como la Naranja, 2013).