A partir del 1 de octubre de 2022, será obligatorio que los empleadores del servicio doméstico coticen por desempleo y al Fogasa por las personas que tengan trabajando en su domicilio, según el Real Decreto aprobado este martes por el Consejo de Ministros, que garantiza a las empleadas del hogar la misma protección social que tienen el resto de trabajadores. También les otorga el derecho a cobrar una indemnización en caso de insolvencia, con cobertura en el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) y se las incorpora a la prevención de riesgos laborales.
Además, a partir de ahora, se elimina la figura del desistimiento, que permitía el despido sin causa, "y, por tanto, sin las garantías del despido para tales situaciones al permitir prescindir de las trabajadoras del hogar sin justificar causa", tal como puntualiza el Ministerio de Trabajo en un comunicado. En suma: los empleadores deberán acreditar las razones para prescindir de un contrato.
Tal como ha explicado la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz,el empleo en el hogar está desarrollado "en un 95%" por mujeres, y además se trata de un colectivo "altamente envejecido", ya que 130.000 de las 373.000 empleadas de las que se tiene constancia son mayores de 55 años, mientras que 17.000 son menores de 30. Díaz también destaca que el 44% son extranjeras (en el resto de sectores la media es del 10%), siendo las nacionalidades mayoritarias la colombiana, rumana y hondureña. En cuanto a las jornadas más habituales, son "inferiores a 60 horas y en su mayoría trabajan de forma parcial".
Habrá bonificaciones para los empleadores
Aunque, según la ministra portavoz, Isabel Rodríguez, la nueva protección a estas trabajadoras "no va a implicar un mayor gasto en la mayoría de los casos para los empleadores", lo cierto es que sí lo tendrá. Así, por ejemplo, tras la aprobación del nuevo real decreto-ley, los empleadores asumirán las obligaciones en materia de cotización para los trabajadores que presten sus servicios durante menos de 60 horas/mes por empleador, quedando eliminada la posibilidad de que sean los trabajadores quienes soliciten directamente su afiliación, altas, bajas y variaciones de datos.
Según detalla el Ministerio de Inclusión y Seguridad Social, en paralelo al nuevo derecho al desempleo, y "para que estas cotizaciones no supongan un sobresfuerzo económico para los empleadores, estos tendrán derecho a una bonificación del 80% en las aportaciones empresariales a la cotización por desempleo y al Fogasa en este Sistema Especial".
En cuanto a la cotización por contingencias comunes, todas las personas que contraten o hayan contratado a una empleada del hogar tendrán derecho a una reducción del 20% en la aportación empresarial.Y se incrementarán los tramos con bonificaciones superiores al 20% según la composición del hogar y también de sus niveles de renta y patrimonio, "lo que permitirá aumentar el número de beneficiarios", según el departamento que dirige el ministro José Luis Escrivá.
Los requisitos de estas bonificaciones se fijarán reglamentariamente. Sobre este tema, en el plazo de seis meses, los ministerios de Trabajo y de Seguridad Social formalizarán un nuevo reglamento con las nuevas tipologías familiares y requisitos de renta y patrimonio para el despliegue de esta medida.
Cuota a pagar según el salario, por tramos
El Régimen Especial de los Empleados de Hogar está integrado en el Régimen General de la Seguridad Social. Tal como especifica en su web, desde el 1 de enero de 2022, las bases de cotización por contingencias comunes a este sistema especial serán las determinadas en la escala siguiente (ver tabla inferior), en función de la retribución percibida por los empleados de hogar por cada relación laboral.
Fuente: Seguridad Social
La Seguridad Social determina que el salario pactado tiene que ser igual o mayor al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) establecido cada año. Si la jornada acordada es de 40 horas a la semana y la retribución se abona en 14 pagas al año, el SMI establecido para 2022 es de 1.000 euros al mes. Si se abona en 12 pagas es de 1.166,67 euros mensuales. Si el trabajo se retribuye por horas, se aplicará el SMI por hora que es de 7,29 euros/hora. Si incluye vacaciones es de 7,82 euros/hora. Y el Ministerio advierte: en contrato no es opcional; siempre que una persona vaya a prestar servicios domésticos a cambio de un salario, es obligatorio darle de alta en la Seguridad Social, cualquiera que sea el número de horas de trabajo al día o a la semana.
¿Cómo se calcula la cuota mensual a pagar?
La cuota mensual es la suma de la aportación del empleador y del trabajador. Estas cuotas se calculan a partir de la base de cotización en la tabla de tramos anterior. Para saber qué base de cotización se aplica, hay que calcular la retribución mensual que se obtiene de la suma del salario mensual, la parte proporcional de las pagas extraordinarias y otros complementos salariales como pernocta, horas de guardia o presencia y el salario en especie si los hay.
Según explica la Seguridad Social, este es el procedimiento:
Cuota a pagar = Cuota del empleador + Cuota del trabajador
Cuota del empleador = Base x 0,2360 x (1-Bonificación) + Base x 0,0150
Cuota del trabajador = Base x 0,0470 Retribución o importe total = Salario Mensual + Pagas extraordinarias / 12 + Salario en especie + Retribución por horas presencia + Salario Pernocta
Ejemplo práctico: el salario mensual de María es de 1.000 euros (Salario Mínimo Interprofesional), tiene dos pagas extraordinarias al año que suman un total de 2.000 euros anuales y le abonan 50 mensuales para que se traslade a la vivienda. Además, trabaja para una familia numerosa, por lo que el empleador tendrá un descuento del 45%.
Retribución o importe total = 1.000 + 2.000/12 + 50 = 1.216,67 euros
Base de cotización = 1.220 euros
Cuota del empleador = 1.220 x 0,2360 x (1-0,45) + 1.220 x 0,0150 = 176,66 euros
Cuota del trabajador = 1.220 x 0,0470 = 57,34 euros
Cuota a pagar con el descuento de familia numerosa = 234 euros/mes
Tanto la Unión General de Trabajadores (UGT) como Comisiones Obreras (CCOO) han valorado positivamente que se incluya a las trabajadoras del hogar en la Ley de Prevención de riesgos laborales y en el Fogasa, así como el establecimiento de la cotización y prestación por desempleo. No obstante, pese a la valoración general positiva, desde CCOO lamentan que no haya sido negociada en el ámbito del diálogo social. Y UGT critica que "la figura del desistimiento desaparece solo en la forma, no en el fondo", aunque valora el efecto positivo que tendrá denominarlo despido, para evitar la inaplicación de la nulidad en los casos de despidos de trabajadoras embarazadas.
Por otra parte, UGT considera que "es preciso aclarar un sistema de bonificaciones y reducciones complejo", y abordar otras cuestiones que son igualmente urgentes. Entre ellas, el objeto de esta relación laboral, "cuya ambigüedad ha dado lugar a la utilización fraudulenta de la relación laboral especial para contratar cuidados especializados, la intervención de agencias de colocación o plataformas digitales, el incremento de la indemnización por extinción del contrato, la falta de regulación del trabajo nocturno y el trabajo como interna", además de lo que el sindicato denomina "uso abusivo de las horas de presencia o cómo establecer una verdadera y eficaz vigilancia laboral que evite los abusos"
El SEPE, sin personal para tramitar el nuevo paro
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha reclamado este martes refuerzos en las plantillas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para hacer frente a las gestiones asociadas al nuevo subsidio de desempleo para las empleadas del hogar.
Según el sindicato, esta nueva gestión supondrá una carga extra para un organismo que ya acumula un déficit de 5.100 efectivos. "La situación es crítica por la carencia del personal y la progresiva acumulación de gestiones", ha advertido a través de un comunicado.
El pasado mes de junio, el Pleno del Congreso de los Diputados ratificó el convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que amplía los derechos de las empleadas del hogar, entre otros, la protección por desempleo.
Sobre el autor:
Pepa Montero
Pepa Montero es redactora especializada en temas de economía. Ha trabajado en medios como El Economista y La Gaceta de los Negocios. Es autora del libro de relatos La casa de las palmeras (Azul como la Naranja, 2013).