Pensiones

Viudedad: 6.774 menores de 40 años cobran esta pensión, vitalicia y compatible con el trabajo propio

Pepa Montero

Martes 7 de enero de 2020

10 minutos

La pensión de viudedad media más alta, 769,18 euros, la cobran personas entre 40 y 44 años

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Cuando se habla de pensiones de viudedad, todos tenemos en mente a una mujer mayor de escasos recursos económicos, ya que este es el perfil más habitual entre los perceptores de estas prestaciones de supervivencia: el 92% son mujeres y tres de cada diez beneficiarios tienen 85 años o más. Sin embargo, las estadísticas de la Seguridad Social (@info_TGSS) muestran también otra realidad, menos conocida, como es la existencia de más de 205.000 personas viudas que no han cumplido los 60 años y, de ellas, varios miles son realmente muy jóvenes.

La Seguridad Social, por ejemplo, abona 6.774 pensiones de viudedad a menores de 40 años, de los cuales 5.834 son mujeres y el resto, 940, son hombres, tal y como reflejan los datos publicados por el Ministerio de Trabajo (@empleogob) correspondientes al mes de noviembre. Aunque estas cifras puedan parecer bajas, hay que tener en cuenta que las pensiones de viudedad son vitalicias (solo se extinguen por contraer otro matrimonio o iniciar relación de pareja de hecho, aunque hay excepciones) e íntegramente compatibles con los rendimientos del trabajo personal. Es decir, con independencia del salario que cobre la persona, ésta tiene derecho a percibir la prestación causada por la muerte de su pareja. Además, esta pensión es compatible con la propia de jubilación o de incapacidad que pudiera generar el beneficiario.

 

PENSIONES POR CLASE, SEXO Y GRUPOS DE EDAD (DATOS A 1/11/2019)

Pensiones viudedad   Nov. 2019

Fuente: Ministerio de Trabajo

 

El análisis de las estadísticas constata la existencia de 274 perceptores que reciben pensión de viudedad sin haber cumplido los 30 años (254 son mujeres y 20 varones), de los cuales, 23 son mujeres entre los 20 y 24 años. El análisis de la edad de los perceptores es muy relevante para calibrar el volumen de gasto que la Seguridad Social tiene comprometido a medio y largo plazo, ya que según la esperanza de vida, y si no cambia la legislación, los actuales beneficiarios de 30 o 40 años pueden seguir cobrando por viudedad otros 40-50 años, o incluso durante más tiempo.

Los más jóvenes cobran más que los mayores

La edad de los pensionistas de viudedad es asimismo clave, porque los viudos y viudas más jóvenes no solo van a cobrar pensión durante más años, sino que dicha pensión es de mayor cuantía que la reconocida a los viudos/as de edad avanzada. Más en detalle: los perceptores que se encuentran en la franja de los 30-34 años cobran todos los meses 749,17 euros de media, y más todavía ingresan quienes tienen entre 35 y 39 años, con un promedio de 765,09 euros. 

Con las cifras de la Seguridad Social en la mano, las prestaciones de viudedad más elevadas, 769,18 euros de media al mes en noviembre, las cobran personas con edades entre los 40 y 44 años. Una situación que contrasta con los poco más de 666 euros que perciben los beneficiarios de 85 años y más. Esta diferencia se debe a que "las nuevas pensiones pertenecen en mayor proporción a regímenes por cuenta ajena en los que la base reguladora responde a los salarios de los últimos años de actividad con cuantías más elevadas que la de los pensionistas existentes", según se especifica en el Informe Económico-Financiero a los Presupuestos de la Seguridad Social 2019.

En cuanto a la evolución del número de prestaciones, el citado informe del Ministerio de Trabajo confirma "un ritmo de crecimiento bastante estable, aunque con tendencia descendente, con tasas de crecimiento anuales por debajo del 1%" desde el año 2009.

Evolución del número de pensiones por clases
Fuente: Informe Económico-Financiero Presupuestos Seguridad Social

Quién y cuánto se cobra por viudedad

La pensión de viudedad de la Seguridad Social se concede en forma de renta vitalicia. Los beneficiarios son fundamentalmente mujeres y personas mayores de 65 años. Además del sexo y de la edad, existen muchas diferencias entre los perceptores, en cuanto a la existencia o no de patrimonio y/o rentas, su autosuficiencia social y de salud, el soporte familiar, la convivencia con terceras personas y la existencia de personas a cargo o la capacidad de obtención de ingresos propios.

Su cuantía es una fracción de la pensión de jubilación del trabajador fallecido (si este estuviese jubilado) o un porcentaje de la base reguladora de la pensión correspondiente (si estaba en activo).

En general, el importe de la pensión de viudedad depende de dos factores:

1) La base reguladora: se calcula de distinto modo según sea la situación del causante (trabajador en activo o pensionista) y del motivo del fallecimiento (contingencia común o profesional). La cuantía de la prestación depende de las aportaciones a la Seguridad Social que haya realizado el causante de la pensión.

2) La situación personal y familiar del beneficiario. Se aplica un porcentaje diferente a la base reguladora, en función de la situación personal. Con carácter general, será el 52% de la base, pero los viudos que acrediten carencia de rentas y tengan cargas familiares, podrán percibir el 70% de la base reguladora. Por su parte, los pensionistas de más de 65 años que acrediten carencia de rentas y no sean beneficiarios de otra pensión pública, perciben el 60% de la base reguladora.

Por qué se puede perder la pensión de viudedad

Este tipo de pensión se instauró para compensar la pérdida económica que genera la muerte del cónyuge, motivo por el cual, si se contrae nuevo matrimonio, o se comienza una pareja de hecho, se extingue la prestación, aunque en este último caso, la pérdida requiere una convivencia estable durante al menos cinco años y estar registrado como pareja con dos años de antelación.

En algunos casos, aunque se contraiga matrimonio, es posible conservar la anterior pensión de viudedad, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos, entre ellos, que el pensionista sea mayor de 61 años; y que, siendo más joven, tenga reconocida una pensión de incapacidad permanente, en el grado de incapacidad absoluta o de gran invalidez, o acrediten una discapacidad en un grado igual o superior al 65%.

Además, debe probarse que la pensión de viudedad es la principal fuente de rentas, lo que sucede por ejemplo si el importe anual de la pensión (incluido el complemento por mínimos) supone el 75% del total de ingresos en cómputo anual. Asimismo, el nuevo matrimonio no puede tener ingresos anuales, incluida la pensión, que superen el doble del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en cómputo anual.

En todo caso, la nueva pensión de viudedad que pudiese generarse, como consecuencia del fallecimiento del nuevo cónyuge, será incompatible con la anterior pensión de viudedad. El beneficiario tendría que optar por una de ellas.

Pensión polémica y la segunda mayor fuente de gasto

Las pensiones de viudedad cuestan al Estado más de 1.600 millones de euros al mes. En concreto, en diciembre han supuesto 1.692,197 millones, lo que las sitúa como la segunda mayor fuente de gasto en pensiones de la Seguridad Social, solo superadas por las de jubilación (éstas representan 6.963,419 millones mensuales). España gasta más de 135.000 millones de euros al año en estas prestaciones.

La sostenibilidad futura de la Seguridad Social pasa, entre otros factores, por reformar la pensión de viudedad, según numerosos expertos, que recuerdan que en muchos países europeos no existe. El propio secretario de Estado de la Seguridad Social, Octavio Granado, abrió en marzo pasado el debate al anunciar que "se deberían vincular las nuevas pensiones de viudedad a la renta de los beneficiarios, dado que en algunos casos al enviudar se percibe un salario muy superior al del cónyuge fallecido”, aunque la ministra de Trabajo, Magdalena Valerio, le desmintió al día siguiente asegurando que no había intención de modificar a la baja esta pensión.

Expertos como Manuel Álvarez Rodríguez (@manuelalvarezrd), secretario general de la Organización de Consultores de Pensiones (Ocopen), aseguraba recientemente a 65Ymás que la masiva incorporación de la mujer al mundo del trabajo, y el hecho de que esta genere su propia pensión con sus cotizaciones, "ha cambiado la realidad social en la que surgió este modelo de pensión. La ley del divorcio también introdujo alteraciones al crear varias familias".

La polémica no es nueva, como prueba que el ahora suspendido Pacto de Toledo se planteaba una posible reformulación de estas pensiones. Según fuentes próximas a los negociadores, estaba en estudio cambiar el método de cálculo del importe, para hacerlo depender de la situación financiera de la unidad familiar en la que conviviera el beneficiario de la paga. También planteaban que la edad o las cargas familiares se tuvieran en cuenta a la hora de calcular la prestación.

En general, las posibles alternativas que se han barajado, y que aparecen recogidas en el informe La viudedad en el marco de la Seguridad Social española, del doctor en Economía por la Universidad de Valencia José Enrique Devesa, son estas: transformar las pensiones vitalicias en temporales (esta medida solo se aplicaría a las nuevas prestaciones, no a las que ya están vigentes) y trasladar las prestaciones de viudedad al modelo no contributivo. Según el informe de Devesa, esta fórmula "mejoraría mucho el sistema contributivo, pasando el déficit anual de casi 19.000 millones de euros a algo menos de 1.000 millones".

Sobre el autor:

Pepa Montero

Pepa Montero

Pepa Montero es redactora especializada en temas de economía. Ha trabajado en medios como El Economista y La Gaceta de los Negocios. Es autora del libro de relatos La casa de las palmeras (Azul como la Naranja, 2013).

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