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Pensiones
Adelanto de las pensiones: qué opciones tenemos para que el banco nos anticipe la prestación
El pensionista puede elegir entre distintas entidades financieras a la hora de percibir sus ingresos
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Las pensiones contributivas del Instituto Nacional de la Seguridad Social y las pensiones no contributivas del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) se abonan a través de la cuenta corriente que el usuario haya especificado a la hora de tramitar la solicitud de la pensión. Esta entidad se tiene que indicar en el momento y de forma simultánea a cuando se realiza dicha tramitación. Por lo tanto, si necesitamos un adelanto de la misma se tiene que efectuar a través del banco donde hayamos decidido domiciliarla, y no a través de la Seguridad Social o el Imserso.
La cuenta
El pensionista puede elegir entre distintas entidades financieras a la hora de percibir sus ingresos, como bancos, cajas de ahorro y cajas rurales, y cooperativas de crédito, o también agrupaciones que engloben dichas instituciones bancarias.
Para ello se puede disponer de una cuenta corriente o libreta de ahorro específica, en la que como titular debe figurar el perceptor, por lo que es individual y tiene como única finalidad la recepción de la pensión. Se trata de cuentas especiales destinadas a las personas mayores pensionistas y que como todos los productos financieros exigen una serie de requisitos.
Por otro lado, están las cuentas corrientes o libretas de ahorro ordinarias, en cuyo caso la titularidad puede ser compartida, de modo que no es exclusivo que solo figure el mayor que se beneficie de la prestación. También puede figurar su representante legal como uno de los titulares de la cuenta u otra persona.
Dependiendo de qué tipo de cuenta y de la entidad en la que tengamos contratados los servicios, los adelantos de las pensiones se pueden realizar bajo unos u otros requisitos. Muchas de las cuentas bancarias creadas especialmente para la percepción de la pensión, que se definen como cuenta nómina, pensión o sénior, ofrecen más facilidades para que se produzca un adelanto de la misma. Así, por ejemplo en lugar de recibirla a fin de mes, la mayoría de entidades ofrecen la opción de disponer de ella a partir del día 25 de cada mes, lo que supone un incentivo para muchos pensionistas a la hora de contratarlas. Incluso, durante el estado de alrma por la pandemia del coronavirus, muchos bancos han adelantado el pago de la pensión varios días más, abondándose en algunos casos a mediados de mes.
Ahora bien, debes tener en cuenta que estas cuentas además de ofrecer ventajas por el hecho de ser pensionista, también exigen una serie de cumplimientos mínimos. En algunos casos, se pide una cuantía mínima de la pensión, depende de cada entidad, que por supuesto se tiene que domiciliar, y alguna otra condición como la contratación de algún producto asociado, que generalmente suele ser alguna tarjeta de débito o de crédito. Sin embargo, si se trata de otro producto como un seguro de vida o similar, es mejor plantearse si nos interesa o no esta posibilidad, pues luego será más complicado romper el contrato con la entidad en el caso de que no nos guste su operativa.
Si tenemos una cuenta corriente ordinaria, entonces tendremos que hablar directamente con la entidad para saber si es posible que se nos adelante unos días la cantidad percibida de nuestra pensión. Tal vez se puede hacer de forma puntual sin coste adicional, pero si es algo que vamos a necesitar con periodicidad, es importante que tengamos claro qué es lo que nos va a pedir el banco a cambio.
Un préstamo
Hay otras posibilidades para que nos adelanten una cuantía más amplia de la pensión. En estos casos estamos hablando de un préstamo bancario. Algunos bancos permiten realizar esta solicitud, generalmente suele adelantarse el importe correspondiente a una serie de meses o una cifra baja, en torno a los 3.000 euros. Lo normal es que se devuelva entre unos tres o seis meses, y se establezca una cantidad de dinero concreta en función de la solvencia de cada cliente.
En esto casos, debes fijarte en la letra pequeña y en, por supuesto, en todos los detalles que implica este producto. Has de ver en qué plazo lo tienes que devolver, cuáles van a ser las cuantías de las cuotas y ante todo el tipo de interés que te van a cobrar. Debes considerar si te compensa realmente pedir un adelanto a través de un préstamo, pues al final vas a tener que pagar más siempre, ya que estás contratando un producto nuevo al margen de la pensión que cobres.
Debes analizar las comisiones de apertura y de cancelación anticipada, y lo que supone pagarlo en más o menos tiempo. Se trata de coger la calculadora y hacer números, y evaluar con detenimiento si esta es la mejor opción para disponer de nuestro dinero antes.
Por otro lado, existen gestoras que no son entidades financieras, pero que se dedican a ofrecer créditos con el mensaje de “adelanto de nómina” o “adelanto de pensión”. Estas no son aconsejables, ya que al ser intermediarias con los bancos que perciben nuestros ingresos cobrarán unos intereses mayores, y la cantidad a devolver es muy superior al dinero por adelantado que solicitemos. Por ello, no es aconsejable recurrir a estos métodos, ya que al final el importe total que vamos a abonar por el servicio es bastante elevado y puede suponer una merma importante de nuestro poder adquisitivo.