Antonio Resines está promocionando su última película, Mikaela y para intentar atraer al público más joven ha visitado el podcast La pija y la quinqui. En la charla con Carlos Peguer y Mariang, el actor ha respondido a toda clase de preguntas y ha aprovechado este espacio para hablar de su jubilación y de las pensiones que cobra.
En concreto, Resines ha explicado que aunque sigue trabajando como actor, ya cobra una pensión de jubilación. Esto es posible gracias al Estatuto del Artista, una ley que se aprobó en 2023 con el objetivo de dignificar la profesión y permitir a los artistas jubilarse y seguir trabajando.
El actor aseguró que es una posibilidad "de la que se habla e informa muy poco y pocos saben".
"Esto no se dice casi nunca. Lo cierto es que si cotizas durante 15 años como autónomo y otros como trabajador por cuenta ajena tienes el derecho a cobrar dos pensiones, hasta llegar a un tope. Pero, claro, nadie gana más de 2.300 euros más o menos", ha asegurado.
Para poder beneficiarse de esta situación, es necesario cumplir con una serie de condiciones:
- Haber cotizado un mínimo de 15 años.
- Haber trabajado al menos 2 años dentro de los últimos 15 antes de la jubilación.
- Estar dado de alta o haber cotizado simultáneamente en ambos regímenes durante el período requerido.
Qué dice el Estatuto del Artista sobre las pensiones
El Estatuto del Artista permite a los profesionales compatibilizar el cobro de la pensión de jubilación y cualquier actividad artística que genere rendimientos económicos.
- Se extiende la compatibilidad del 100% de la pensión de jubilación con la actividad artística, también para las clases pasivas. Hasta ahora, esa compatibilidad sólo alcanzaba a actividades que generaban derechos de propiedad intelectual; a partir de la entrada en vigor de esta norma, también se aplicará a actividades conexas (por ejemplo, una conferencia asociada a la presentación de un libro, y no sólo a los derechos de propiedad de la obra). Además, la compatibilidad se extiende más allá de los artistas, intérpretes o ejecutantes de artes escénicas, audiovisuales o musicales, alcanzando también a los profesionales que realicen actividades técnicas o auxiliares necesarias.
- Los beneficiarios de una pensión no contributiva podrán también compatibilizarla con rendimientos de su actividad artística, siempre que no superen el umbral del Salario Mínimo Interprofesional.
- Se regula la cotización de los pensionistas cuando realicen actividades artísticas, que será únicamente por contingencias profesionales, con una cotización especial de solidaridad del 9% de contingencias comunes.
Para los artistas autónomos de bajos ingresos (iguales o inferiores a 3.000 euros anuales), la norma incorpora una cotización reducida: en 2023 se fija una base de cotización para ellos de 526,14 euros, que supone una cuota mensual de 161 euros. La base se irá actualizando en años siguientes. Además, en atención a la irregularidad de muchas de las actividades de este colectivo (y, por tanto, de los ingresos que generan) se abre la posibilidad a solicitud del interesado de que el plazo de ingreso de las cuotas sea trimestral, en vez de mensual.
Estas medidas tienen el potencial de alcanzar, según el Gobierno, a 70.000 afiliados encuadrados actualmente como artistas tanto en el Régimen General como en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.