Los autónomos mayores de 65 años se duplican en una década por la jubilación activa
Lunes 14 de octubre de 2019
ACTUALIZADO : Lunes 14 de octubre de 2019 a las 12:31 H
6 minutos
Hay 124.675 cotizantes al RETA de más de 65 años, frente a 66.079 en 2009
Lunes 14 de octubre de 2019
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Cómo cotiza la jubilación activa en la Seguridad Social
La fórmula de la jubilación activa, que permite jubilarse, cobrar la pensión y al mismo tiempo seguir trabajando y percibiendo ingresos sin límites, ha contribuido a duplicar el número de autónomos de más de 65 años en el plazo de una década. En concreto, los cotizantes al RETA de más de 65 años han pasado desde los 66.079 en agosto de 2009 a los 124.675 existentes en agosto de 2019, según constatan las últimas estadísticas difundidas por la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA @autonomosata).
La jubilación activa está regulada por el artículo 214 de la Ley General de Seguridad Social, sobre Jubilación Activa, pensión de jubilación y envejecimiento activo, que establece que pueden acogerse a ella los trabajadores por cuenta ajena que renuncien al 50% de la pensión, y también los autónomos, que pueden cobrar el 100% de su pensión si tienen en nómina al menos a un asalariado.
Fuente: ATA
Fermín Albaladejo, (@feralbaladejo), vicepresidente de ATA y presidente de CEAJE, asegura que "es necesario ampliar la jubilación activa al 100% a todos los autónomos, a la vista de los excelentes resultados que está dando la actual normativa. Si algo funciona, hay que ampliarlo y fomentarlo”. Para ATA, resulta fundamental facilitar el reemprendimiento, para que un fracaso no sea un abandono definitivo de la carrera empresarial. "Hay que fomentar el relevo generacional y la sucesión empresarial eliminando completamente el impuesto de sucesiones y donaciones para transmisiones empresariales entre familiares”, reclama Albaladejo.
Aumenta la edad media del tejido empresarial
Los datos de afiliación al régimen de Seguridad Social de los autónomos, el RETA, muestran un aumento de la edad media del tejido empresarial español, sustentada en medidas como la jubilación activa antes mencionada. Además, resulta significativo el incremento en 78.654 autónomos de entre 50 y 54 años en una década (+18,5%) y la siguiente franja con un incremento de casi un 25% de los autónomos de entre 55 y 59 años (+87.874 autónomos).
Fuente: ATA
Por su parte, los autónomos de más de 40 años se han incrementado en los últimos diez años, por el propio paso del tiempo de los autónomos que ha consolidado su actividad y por las nuevas altas de profesionales de más de 45 años que sufrieron mucho durante la crisis, pero que han encontrado en el autoempleo una salida profesional.
El grupo de autónomos menores de 40 años han perdido afiliación en los últimos diez años, con una pérdida llamativa del 32,1% de autónomos entre los 30 y los 34 años, lo que supone una pérdida de absoluta de 119.294 autónomos y del 17,5% de los que tienen entre 35 a 39 años (-79.866 autónomos), de acuerdo a las estadísticas de que dispone ATA.
Entre las reivindicaciones de ATA, se encuentran "eliminar las trabas que siguen encontrando los jóvenes empresarios para iniciar una actividad. Y por supuesto ayudarles a consolidar esos negocios que vertebran pueblos y crean economía y dan empleo. Entre otras, hay que facilitar el acceso a la tarifa plana a los autónomos societarios como establece la Ley de Reformas Urgentes de Trabajo Autónomo de 2017 al igual que lo hacen los autónomos persona física", en palabras de Fermín Albaladejo.
Jubilación activa: dos modalidades para autónomos
El colectivo de los autónomos es el que mayoritariamente utiliza la jubilación activa, que será distinta según tengan contratado algún trabajador o no. En el primer caso, la cuantía de la pensión compatible con el trabajo será del 100%. Si, por el contrario, no tienen a nadie en nómina, el importe de la prestación será del 50% (igual que para los asalariados).
Lorenzo Amor (@lorenzoamor_ata), presidente de ATA, explicaba recientemente a 65Ymás que todos los autónomos, persona física y societarios, tienen derecho a compatibilizar jubilación y trabajo al 50%, "pero únicamente los que son personas físicas y tienen un trabajador a su cargo, pueden hacerlo al 100%”. Y criticaba el hecho de que “los empleados de las sociedades son considerados “empleados de la empresa, de la sociedad”, no del autónomo, y este es uno de esos detalles legales que dejan sin los mismos derechos a unos autónomos que sí tienen otros”.
Por eso, desde ATA han solicitado que esto “se amplíe a cualquier autónomo societario. Lo importante es seguir creando empleo, mantener empresas viables y aprovechar el talento senior, no si lo haces desde la figura del autónomo persona física o societario”, al decir de Lorenzo Amor. "Las empresas viables no deben perderse por el hecho de que el autónomo se jubile, pero hay que asegurar que, si ese autónomo quiere seguir cuidando de su negocio, pueda hacerlo sin miedo a perder una pensión que se ha ganado", remacha el presidente de ATA.