Pensiones

Calcula cuál será el importe de tu pensión de jubilación

Pepa Montero

Miércoles 14 de agosto de 2019

ACTUALIZADO : Viernes 12 de febrero de 2021 a las 12:42 H

4 minutos

La tasa de sustitución ronda el 80% y computan los últimos 22 años cotizados

Pensionistas
Pepa Montero

Miércoles 14 de agosto de 2019

4 minutos

La pensión pública siempre es menor que el último sueldo cobrado. Da igual si tu sueldo es alto o bajo, el importe de tu pensión será más reducido que el salario que cobrabas. No obstante, España es uno de los países más generosos en cuanto al importe de la pensión oficial, ya que la tasa de sustitución (el porcentaje que supone la pensión de jubilación sobre el último sueldo percibido en la etapa laboral) se sitúa en el 82% con datos del año 2016, frente a una media del 63% en los países miembros de la OCDE (@OECD), un 75% en Francia o un 51% en Alemania. 

TASA DE REEMPLAZO DE PENSIONES EN PAÍSES OCDE (2016)

captura

 

La tasa de sustitución (o reemplazo) es clave para saber qué nivel de vida podrá mantener el jubilado. Con una tasa en el entorno del 80% como la española, significa que una persona que deja de trabajar ahora cobrará aproximadamente el 80% de su último sueldo y, por tanto, su pensión será un 20% inferior al salario.

Sin embargo, organizaciones del sector, como Inverco (@INVERCOinfo) o Unespa, han avisado de que cada vez cobraremos menor pensión, debido a la previsible y progresiva disminución de la tasa de sustitución, que es una de las medidas para garantizar la sostenibilidad futura del sistema de pensiones. Según recoge la Fundación Inverco, en 2030 tan solo se cobrará el 60% del último sueldo, y en 2060, la estimación es que el dinero que se perciba de pensión pública sea el 50% de la última remuneración mensual.

Asimismo, la Comisión Europea (@UEmadrid) ha publicado estimaciones que apuntan a que la tasa de sustitución pública disminuirá progresivamente hasta el 49,7% en el año 2060. 

Base reguladora de las pensiones

Tal y como especifica el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social en su web, la cuantía de la pensión se determina aplicando a la base reguladora el porcentaje general que corresponda en función de los años cotizados y, en su caso, el porcentaje adicional por prolongación de la vida laboral, cuando se acceda a la jubilación con una edad superior a la ordinaria vigente en cada momento y el coeficiente reductor que corresponda.

La base reguladora, para quienes se rijan por la legislación anterior al 1-1-2013 (según la disposición transitoria cuarta de la LGSS), será el cociente que resulte de dividir por 210 las bases de cotización durante los 180 meses inmediatamente anteriores al del mes previo al del hecho causante.

Para el resto de los interesados, el cálculo se hará en base a los últimos 22 años cotizados (264 meses). Es decir, la base reguladora será el cociente que resulte de dividir por 308 las bases de cotización (sueldo mensual sin contar las pagas extraordinarias) durante los 264 meses inmediatamente anteriores al del mes previo a la jubilación. Cuando acabe el régimen transitorio, en el año 2022, la base reguladora se hallará dividiendo por 350 los 300 meses anteriores; es decir, la pensión se calculará con 25 años computables.

MESES COMPUTABLES Y DIVISOR PARA LA BASE REGULADORA

Meses computables y divisor para la base reguladora de la pensión.
Fuente: Ministerio de Trabajo.

 

Porcentaje aplicable

De acuerdo con el Ministerio que comanda Magdalena Valerio (@mvalerio_gu), desde el 01-01-2013, el porcentaje aplicable a la base reguladora varía según los años de cotización, y para ello se utiliza una escala que empieza con el 50% a los 15 años (con este sistema quienes solo han cotizado el mínimo de 15 años que da derecho a pensión contributiva solo recibirán la mitad de lo que les corresponde), aumentando a partir del decimosexto año un 0,19% por cada mes adicional de cotización, entre los meses 1 y 248, y un 0,18% los que rebasen el mes 248.

A la cuantía que así se logre habría que aplicarle el factor de sostenibilidad, pero en 2019 no se hará porque dicho factor ha sido aplazado por los Presupuestos Generales del Estado.

Hasta el año 2027, se ha establecido un periodo transitorio y gradual, en el cual los porcentajes anteriores se sustituyen por estos:

 

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Fuente: Ministerio de Trabajo

Sobre el autor:

Pepa Montero

Pepa Montero

Pepa Montero es redactora especializada en temas de economía. Ha trabajado en medios como El Economista y La Gaceta de los Negocios. Es autora del libro de relatos La casa de las palmeras (Azul como la Naranja, 2013).

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