Pensiones

Los casos en los que la Seguridad Social te puede quitar una parte de la pensión de incapacidad

Laura Moro

Foto: Bigstock

Miércoles 4 de septiembre de 2024

3 minutos

Algunos pensionistas pueden solicitar el complemento a mínimos

Los casos en los que la Seguridad Social te puede quitar una parte de la pensión de incapacidad
Laura Moro

Foto: Bigstock

Miércoles 4 de septiembre de 2024

3 minutos

Según la Seguridad Social, la pensión de incapacidad es una prestación económica que trata de cubrir la pérdida de rentas salariales o profesionales que sufre una persona afectada por un proceso patológico o traumático, derivado de enfermedad o accidente. En estos casos la capacidad laboral de dicho trabajador se ve anulada o reducida.

"Las prestaciones, a que dan lugar los diferentes grados de incapacidad, están incluidas dentro de la acción protectora del Régimen General y de los Regímenes Especiales, con las particularidades y salvedades que, en cada caso, se indican en el respectivo Régimen. Junto a ellas, pervive la pensión de invalidez del SOVI", aclara el organismo.

La cuantía resultante de la valoración y el grado de incapacidad, puede estar por debajo de la pensión mínima, y en estos casos se puede solicitar un complemento a mínimos.

El objetivo de este complemento es cubrir la diferencia entre la pensión de incapacidad y la pensión mínima, aunque eso sí, para poder cobrarlo se tienen que cumplir una serie de requisitos, y también se puede perder si se dan alguna de estas tres situaciones:

¿Cómo se solicita el complemento a mínimos en la pensión?

1. No presentar la declaración de ingresos

Para poder recibir este complemento a mínimos, los pensionistas que tengan reconocida la incapacidad tienen que acreditar que no tienen rentas superiores a los 8.492 euros anuales.

En estos casos lo que hay que presentar de manera anual es una declaración de ingresos a efectos del complemento a mínimos. El documento debe incluir los datos del pensionista y de la unidad familiar. 

Si no se presenta, el derecho a percibir el complemento se pierde hasta que el organismo lo reciba.

2. Irse a vivir fuera de España

Este complemento solo lo pueden recibir las personas que vivan en España. Los pensionistas que vivan en el extranjero pueden cobrar su pensión de jubilación o incapacidad, pero no tienen derecho a solicitar este complemento.

3. Recibir más ingresos 

Como su propio nombre indica, el complemento a mínimos está pensado para aquellos que no llegan a la pensión mínima, y, por lo tanto, sus ingresos no son muy altos.

En 2024, el umbral de ingresos que se ha fijado es de 8.942 euros para personas sin cónyuge o con cónyuge no a cargo y 10.430 euros para quienes sí tienes cónyuge a cargo. 

Para saber si el interesado supera o no este umbral, la Seguridad Social tiene en cuenta las rentas de trabajo, actividades económicas, las ganancias patrimoniales y los rendimientos del capital inmobiliario. En ningún caso se cuenta la pensión de incapacidad.

Si se superan estos ingresos, no se aprobará el complemento. Y del mismo modo, si la situación económica cambia, se podrá solicitar, o en su defecto, se perderá el derecho a percibirlo.

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

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