Pensiones

¿Cómo calcular la pensión que le quedará a un guardia civil?

María Bonillo

Foto: Europa Press

Jueves 12 de octubre de 2023

3 minutos

Pertenecen al Régimen de Clases Pasivas

¿Cómo calcular la pensión que le quedará a un guardia civil? Foto: Europa Press
María Bonillo

Foto: Europa Press

Jueves 12 de octubre de 2023

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Un guardia civil es un funcionario público del Estado, esto significa que cobran una pensión contributiva de jubilación llegado el momento. Como ocurre con los funcionarios de carrera y en prácticas de la Administración General del Estado, la Administración de Justicia, de las Cortes Generales y otros órganos constitucionales o estatales, funcionarios transferidos a las Comunidades Autonómicas, militares de carrera, de las Escalas de complemento, de tropa y marinería profesional y los Caballeros Cadetes, Alumnos y Aspirantes de las Escuelas y Academias Militares, y expresidentes, vicepresidentes y ministros del Gobierno de la Nación y otros cargos, pertenecen al Régimen de Clases Pasivas.

Esto significa, según recoge la Seguridad Social en su página web, que en el momento en que se jubilen, "causarán en su favor o en el de sus familiares derecho a las prestaciones exclusivamente de carácter económico y pago periódico y se concretarán en las pensiones de jubilación o retiro, de viudedad, de orfandad y en favor de los padres". 

Estas pensiones, que pueden ser de distintos tipos, causarán en favor de la persona "derecho a la pensión de jubilación o retiro, que será ordinaria o extraordinaria según que su hecho causante se produzca en circunstancias ordinarias o por razón de lesión producida en acto de servicio o como consecuencia del mismo", siempre y cuando tenga más de 15 años cotizados al Estado

Para determinar la cuantía de la pensión que recibirán estos trabajadores, habrá que tener en cuenta una serie de variables, indican. 

 

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Cuantía de la pensión

El hecho causante (jubilación forzosa por edad, voluntaria o por incapacidad permanente) no es la única variable a tener en cuenta para determinar la cuantía de esta pensión, también habrá que valorar el "haber regulador que corresponda, según el Cuerpo o categoría del funcionario, el porcentaje establecido en función del número de años completos de servicios efectivos al Estado", explican. Así como los hijos a su cargo.

Estos se fijan cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada grupo y subgrupo de funcionarios. Así, para este 2023, según los grupos A1, A2, B, C1,C2 y E y Agrupaciones profesionales, el haber regulador (euros/año) será de 48.086,76; 37.845,48; 33.139,86; 29.065,98; 22.996,00; y 19.605,93, respectivamente. 

A la base o haber regulador que corresponda, habrá que aplicar el porcentaje correspondiente según los años de servicio realizados. La tabla con todos los porcentajes detallados se puede consultar en el siguiente enlace

Por su parte, podemos acceder a un simulador para calcular el importe específico de nuestra pensión. 

Sobre el autor:

María Bonillo

María Bonillo

María Bonillo es licenciada en Comunicación Audiovisual y Periodismo por la Universidad Carlos III de Madrid. Escribe principalmente sobre temas de sociedad. También tiene experiencia en comunicación corporativa de empresas como OmnicomPRGroup y Pentación Espectáculos.

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