Javier Anula
Pensiones
Cómo cotiza la ayuda para desempleados mayores de 52 años de cara a la jubilación
El SEPE explica las ventajas que conlleva esta prestación por desempleo
Uno de los subsidios que presta cobertura a los ciudadanos en situación de desempleo es el subsidio para mayores de 52 años. Se podría considerar que las personas que perciben esta ayuda del SEPE (Servicio Público de Empleo) son de las más vulnerables en el mercado laboral, razón por la cual se les garantiza la cotización durante el tiempo que cobren el subsidio.
A diferencia de lo que sucede con el cobro de otros subsidios, las personas que reciban el subsidio para mayores de 52 años cotizarán hasta el momento de la jubilación (fecha límite para su cobro) o hasta que encuentren un trabajo por el que coticen de forma diferente.
Según explica el SEPE, la cotización por jubilación de estas personas durante cada mes se gestionará por parte del propio SEPE o la Entidad Gestora correspondiente y para calcularla se usará como base de cotización el 125% de la base mínima vigente en cada momento.
Además, en 2022, las personas que cobran este subsidio han visto ligeramente incrementadas sus cotizaciones porque la base mínima de cotización ha aumentado (de 1.050 euros mensuales a 1.125,90 euros mensuales) y ha dejado el 125% de la base mínima en 1.407,37 euros mensuales.
Requisitos para cobrar el subsidio de mayores de 52 años
- Tener una edad de 52 años o más.
- Encontrarse en una situación legal de desempleo.
- Estar inscrito como demandante de empleo. Es un requisito común para cualquier prestación del SEPE.
- Suscribir el compromiso de actividad con el SEPE, otra condición indispensable para el cobro de prestaciones.
- Acreditar alguna de las circunstancias que otorgan subsidios a los menores de 52 años: haber agotado el paro o el subsidio, salir de un trabajo con cotizaciones insuficientes, mejorar de una incapacidad permanente, retornar del extranjero o salir de prisión.
- Tener al menos 6 años de cotización por desempleo y cumplir todos los requisitos para cobrar la pensión de jubilación contributiva, salvo el de la edad.
- No tener rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional: 723,75 euros mensuales.
Cuánto se cobra con el subsidio
De acuerdo con el SEPE, la cuantía del subsidio para mayores de 52 años es del 80% del Indicador de Renta Pública de Efectos Múltiples (IPREM). Tras la subida del 2,5% para 2022, la nueva cuantía es de 463,21 euros mensuales.
Por otro lado, la duración del subsidio es "hasta la edad ordinaria que se le exija para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social", que en 2022 es de 65 años o de 66 años y dos meses dependiendo de la cotización previa (si se llega a 37 años y seis meses o no).
Beneficios para la jubilación
Principalmente, el subsidio por desempleo para mayores de 52 años tiene dos beneficios: una ayuda económica del 80% del IPREM y la cotización de la entidad gestora a los efectos del cálculo de la jubilación.
Esta cotización tiene efectos para el cálculo de la base reguladora y del porcentaje aplicable, así como para completar el tiempo necesario para el acceso a la jubilación anticipada.
Asimismo, la cotización no será tenida en cuenta en relación al período mínimo para acceso a la jubilación ordinaria (mínimo de cotización de 15 años, de los cuales al menos 2 deberán estar comprendidos dentro de los quince años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho), que ha debido quedar acreditado en el momento de la solicitud del subsidio por desempleo para mayores de 52 años.
Estar en paro hasta alcanzar la jubilación podría tener consecuencias especialmente negativas de cara a la pensión, pero mientras se percibe el subsidio para mayores de 52 años se sigue cotizando a la Seguridad Social, lo que puede resultar muy beneficioso de cara a la futura jubilación.
En concreto, desde el SEPE exponen que "la entidad gestora ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a la jubilación. La base de cotización por jubilación será el 125% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento".