Si estás cercano al momento de tu jubilación pero temes no tener una pensión suficiente, debes saber que existen varias fórmulas que permite la Seguridad Social para complementar tu prestación. Desde incentivos económicos para aplazar tu jubilación recogidos en la nueva reforma del ministro José Luis Escrivá, hasta encontrar fórmulas de jubilación parcial o de mantener tu cotización firmando un convenio con la Seguridad Social. Aquí te damos el detalle de cada una de ellas.
Jubilación demorada
La primera de las opciones consiste en la jubilación demorada, o lo que es lo mismo, retrasar la edad de jubilación. Aunque el trabajador haya cumplido la edad legal para hacer efectivo el retiro, 65 años en 2022 en el caso de tener los suficientes años cotizados, tiene la opción de seguir trabajando más años para cotizar más a la Seguridad Social. Además, a partir de la última reforma de las pensiones, se han aumentado los incentivos para aplazar la jubilación.
Por ejemplo, se facilita un 4% extra de la base reguladora por cada año trabajado una vez superada la edad de jubilación. También se ofrece un pago único, que puede llegar hasta 12.000 euros, por cada año trabajado y que depende del tiempo cotizado. El trabajador puede elegir entre estas opciones o combinarlas según los términos legales.
Éste es el cuadro en el que puedes ver los incentivos a la jubilación demorada que ha fijado el ministerio de Seguridad Social para los próximos años:
Jubilación flexible
Otra de las opciones a las que se puede acceder es la jubilación flexible, que consiste en el cobro de la pensión mientras se compatibiliza con un trabajo a tiempo parcial. Así, a la vez que el jubilado (que contará como tal a efectos de la Seguridad Social) podrá aumentar sus cotizaciones mientras empieza a percibir parte de la pensión y dispone de una jornada de trabajo más liviana.
El importe de la pensión se reduciría de forma inversamente proporcional a la reducción de la jornada de trabajo, aunque hay límites: la pensión podrá ser de entre un 25% y un 50% y la jornada de trabajo será de entre un 75% y un 50%. Cuando el trabajador decida jubilarse de forma definitiva, se procederá al recálculo de su pensión con las nuevas cotizaciones conseguidas.
Firma de un convenio especial con la Seguridad Social
La firma de unconvenio especial con la Seguridad Sociales otra alternativa para que el trabajador sénior, pueda seguir contribuyendo a su futura pensión con diversas aportaciones. Este mecanismo es especialmente interesante en los años previos a la edad de jubilación en los casos en los que se haya perdido el trabajo a pocos años de jubilarse o se esté cotizando por menos.
Con la firma del convenio el trabajador se compromete a pagar de forma unilateral una cuota a la Seguridad Social que hace las veces de cotización, con el objetivo de mantener su pensión futura y no verse penalizado por las lagunas de cotización que pueden sufrir los trabajadores sénior. Para ello se requiere acreditar al menos 1.080 días en los últimos 12 años previos a la solicitud del convenio.
Sobre el autor:
Marta Jurado
Marta Jurado es periodista especializada en Sociedad, Economía, Cultura, Política y redactora en el diario digital 65Ymás desde sus inicios. Licenciada en Periodismo por la Universidad Carlos III y en Filología Inglesa por la UNED, ha trabajado en medios de tirada nacional como El Mundo y Público y las revistas Cambio16 y Energía16. Tiene además experiencia en comunicación corporativa de empresas e instituciones como BBVA o INJUVE.