Pensiones

¿Cómo solicitar las pensiones que nos corresponden de otros países?

María Liébana

Domingo 10 de enero de 2021

4 minutos

Cada país europeo calculará tu pensión de forma proporcional al tiempo cotizado

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María Liébana

Domingo 10 de enero de 2021

4 minutos

Hoy en día es más que común trabajar en varios países a lo largo de nuestra carrera profesional. Y llegado el momento, es normal que nos surjan dudas sobre cómo va a repercutir esta movilidad a nuestra pensión.

Si has trabajado fuera de España seguirás teniendo tu pensión cuando te jubiles, pero cambiará la forma en la que se va a calcular. Y dependerá del país en el que hayas trabajado. Al trabajar en distintos países de la UE puedes haber acumulado derechos de pensión en cada uno. Por lo que deberás solicitar la pensión de jubilación en el país donde vives o en el último donde hayas trabajado.

Cada país europeo donde hayas trabajado te pagará de forma proporcional la pensión de jubilación, según lo que hayas cotizado en cada uno de ellos y a partir de la edad legal de jubilación de cada país. El Debes de tener en cuenta, que, en algunos países de la UE, se debe de haber trabajado un mínimo de tiempo.

Con lo cual, para determinar si tienes derecho a pensión, la administración debe contabilizar todos los periodos que hayas trabajado en otros países de la UE como si hubieras trabajado solo en ese, es lo que se denomina el principio de totalización de periodos.

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Pero, cuando hemos trabajado en varios países, la gran diferencia se encuentra en si existe, o no, convenios con la Seguridad Social de España. Esto hace que tengamos que hablar de tres tipos de países:

Países con convenio bilateral

Convenios bilaterales zona acuerdos mediante los que se realiza la coordinación de los sistemas de Seguridad Social entre España y otros países que no pertenecen a la Unión Europea. Dada su historia como país emisor y receptor de emigrantes, España es de las naciones que más convenios tiene firmados. Aparte de los 32 países europeos donde rigen los Reglamentos Comunitarios, mencionados anteriormente, nuestro país tiene firmados acuerdos bilaterales en materia de cotización a la Seguridad Social con: Andorra, Argentina, Australia, Brasil, Cabo Verde, Canadá, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Estados Unidos, Filipinas, Japón, Marruecos, México, Paraguay, Perú, República Dominicana, Rusia, Túnez, Ucrania, Uruguay y Venezuela.

Países sin convenio bilateral

En estos casos, el trabajador deberá informarse directamente ante los organismos competentes de los distintos países si ha generado el derecho a recibir una pensión nacional en dicho país. Y es que, a pesar de no existir convenio bilateral con el país de acogida el trabajador puede generar el derecho a percibir una prestación por jubilación por las cotizaciones que haya realizado durante su estancia en dicho país. Sin embargo, ha de tenerse en cuenta que ni los años ni las bases cotizadas en el extranjero tendrán ningún impacto en España.

Países de la UE, Suiza y el Espacio Económico Europeo

Y es que precisamente el Reglamento comunitario de coordinación de los sistemas de Seguridad Social es una de las ventajas de la UE, ya que es quien se encarga de aunar todo lo que tenga que ver con cotizaciones públicas y el pago de las pensiones públicas. Este reglamento se aplica tanto a los países de la UE, como a los del Espacio Económico Europeo, que también incluye a Islandia, Noruega y Liechtenstein, y, a parte, a Suiza.

Por lo tanto, si has trabajado en alguno de esos países (o emigras en ellos para disfrutar de tu jubilación), se aplicarán este reglamento que establece que los trabajadores desplazados tienen derecho a percibir una pensión que sea equivalente a la suma de todos los periodos cotizados en los distintos estados.

Para calcular tu pensión, las administraciones de los distintos estados evaluarán las cotizaciones a la Seguridad Social que hayas realizado y los periodos de cotización. Cada país calculará la pensión teniendo en cuenta todo el tiempo que has trabajado en la UE. Esto es lo que se conoce como principio de totalización de periodos. A partir de ahí se hará el cálculo de la pensión que te correspondería si hubieses pagado todas esas cotizaciones a su seguridad social y después ajustará ese importe al tiempo que has estado cubierto en ese país.

Sobre el autor:

María Liébana

María Liébana es redactora especializada en temas de economía.

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