Pensiones

Los convenios colectivos se apresuran a incluir la jubilación forzosa, antes del hachazo de Escrivá

Beatriz Torija

Sábado 10 de abril de 2021

8 minutos

RTVE, La Liga, todas las eléctricas o el sector de la banca, incluyen la cláusula

Los convenios colectivos se apresuran a incluir la jubilación forzosa, antes del hachazo de Escrivá
Beatriz Torija

Sábado 10 de abril de 2021

8 minutos

Con la jubilación forzosa como un importante escollo entre Gobierno y agentes sociales de cara a la negociación de la futura reforma de las pensiones, y ante la expectativa de que vuelva a ser prohibida, la negociación colectiva se apura a incluirla en los convenios que se van a probando. De RTVE a LA Liga, pasando por grandes empresas como Telefónica, Iberdrola o Repsol, y por supuesto sectores como la banca, oficinas, metal o la construcción ya han incluido la jubilación obligatoria en sus convenios.

Ahora mismo la legislación permite que los convenios colectivos incluyan una cláusula de jubilación forzosa, por la que “los empresarios pueden obligar a los trabajadores que hayan cumplido la edad legal y tengan acceso al 100% de la pensión a jubilarse”, según UJP, la sección de Jubilados y Pensionistas de UGT. El Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, reinstauró, con efectos de 1 de enero de 2019, esa capacidad de los convenios colectivos de establecer jubilaciones obligatorias por edad.

Si finalmente se prohíbe esta fórmula, tal y como quiere el Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, las empresas que quieran prescindir de los trabajadores una vez alcanzada la edad legal de jubilación, y si ellos no quieren marcharse, tendrían que pagar indemnización. La jubilación volvería a ser un derecho, y no una obligación.

Estos son algunos de los sectores y empresas que, ante lo que pueda ocurrir, ya han aprobado la jubilación forzosa:

Telefónica

El convenio de Telefónica incluye la jubilación forzosa y explica que “tiene como finalidad mejorar la estabilidad y sostenimiento del empleo, así como continuar con la ya dilatada trayectoria de contratación de jóvenes profesionales”. Además, asegura que “esta medida además de creación de empleo proporcionará un relevo generacional, al tener una correspondencia directa entre el número de jubilaciones y el volumen de contratación”. De hecho, el convenio obliga a Telefónica a contratar “dos personas por cada una cuyo contrato se extinga por aplicación de la jubilación forzosa”.

RTVE

El convenio de RTVE, aprobado en diciembre de 2020, también establece que a aquellos trabajadores que cumplan con los requisitos “se les aplicará la jubilación obligatoria, sin derecho a indemnización alguna, con independencia de que, al tiempo de iniciarse los efectos del presente convenio, ya se hubiese cumplido, o no, la edad ordinaria de jubilación”. El ente público establece la “contratación fija de una nueva persona por cada contrato de esta naturaleza extinguido”.

La Liga

La Liga también establece en su convenio la jubilación forzosa cuando se alcance la edad de legal jubilación, pero establece una excepción para los trabajdores que tengan una antigüedad de 20 o más años consecutivos. “para dicho personal la extinción del contrato se producirá automáticamente al cumplir dos años adicionales a la edad de jubilación ordinaria fijada en la normativa de Seguridad Social en cada momento, siempre que la persona afectada por la extinción del contrato de trabajo cumpla los requisitos exigidos por la normativa de Seguridad Social para tener derecho al cien por cien de la pensión ordinaria de jubilación en su modalidad contributiva”.

La Liga vincula la jubilación forzosa con un plan de mejora de la estabilidad forzosa que puede materializarse en la contratación de nuevos trabajadores, transformar empleo temporal en indefinido o contratos a tiempo parcial por empleo a tiempo completo.

Los convenios colectivos se apresuran a incluir la jubilación forzosa, antes del hachazo de Escrivá

Iberdrola

En el convenio de Iberdrola se establece que las jubilaciones obligatorias se realizarán de forma automática. “se establece, salvo pacto individual en contrario entre empresa y trabajador, la extinción automática del contrato de trabajo derivada del cumplimiento, por el trabajador, de la edad legal de jubilación fijada en la normativa de la Seguridad Social, siempre que éste tenga derecho al 100% de la pensión de jubilación en su modalidad contributiva, manteniéndose en otro caso la relación laboral hasta la fecha en que concurra dicho requisito”

Red Eléctrica

“Con el fin de garantizar la adecuada renovación y el rejuvenecimiento de la plantilla de la Empresa, se establece en el presente Convenio la extinción obligatoria del contrato de trabajo por el cumplimiento por parte del trabajador o trabajadora de la edad legal de jubilación fijada en la normativa de Seguridad Social en cada momento”. LA compañía se compromete a formalizar un contrato indefinido por cada baja por jubilación forzosa, ya sea “por nueva incorporación o mediante la conversión de un contrato de duración determinada”.

Repsol

El Convenio de Repsol es curioso. Se aprobó en enero de 2018, antes de que el Gobierno de Pedro Sánchez volviera a permitir la jubilación forzosa, en 2019, pero dejaba la puerta abierta para su aplicación. “En el supuesto de que se permitiera la regulación mediante convenio colectivo de cláusulas de jubilación forzosa referidas al cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación, las partes se reunirán para acordar y regular la obligatoriedad de la jubilación a dicha edad”.

Otras empresas que también establecer la jubilación obligatoria por convenio

  • Endesa
  • Enagás
  • Mahou
  • Michelin España & Portugal
  • Accepta
  • CLH
  • Orange
  • Central Nuclear de Almaraz Trillo
  • Eurowings Europe GmbH
  • Compañía Auxiliar al Cargo Expres
  • Aldeas Infantiles SOS de España

Convenios sectoriales con cláusula de jubilación forzosa

  • Banca
  • Cajas y entidades financieras de ahorros
  • Artes gráficas
  • Sector del corcho
  • Estaciones de servicio
  • Gestión y mediación inmobiliaria
  • Oficinas y despachos
  • Registradores de la propiedad
  • Mediadores de seguros
  • Metal
  • Construcción
  • Empresas de Seguridad
  • Perfumerías y afines
  • Empresas de ingeniería y oficinas de estudios técnicos
Los convenios colectivos se apresuran a incluir la jubilación forzosa, antes del hachazo de Escrivá

Los convenios colecivos, en cifras

En lo que va de año, hasta el mes de marzo, se han aprobado 62 convenios colectivos de ámbito estatal, 50 de los cuales corresponden a convenios de empresa y los 12 restantes son convenios de ámbito superior. Convenios que afectan a un total de 364.841 trabajadores, según recoge el registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos coletivos de trabajo y planes de igualdad (REGCON) del Ministerio de Trabajo y Economía Social.

El año pasado la pandemia frenó la negociación colectiva. Así, en 2020 se aprobaron tan solo 760 convenios colectivos, principalmente en los últimos meses de año. De ellos,  618 eran de empresa y 142 de ámbito superior. Un año antes, en 2019, se aprobaron 1699 convenios, 1.332 de ellos eran de empresa 367 de ámbito superior.

La cláusula de jubilación forzosa se ha incluido en buena parte de estos convenios, desde que en 2019, el primer Gobierno de Pedro Sánchez cediera ante las peticiones de patronal y sindicados, y permitirá su inclusión de nuevo en la negociación colectiva. El año pasado se incluyó en el 14% de los convenios firmados, porcentaje que sube hasta el 22% si no s detenemos solo en los convenios sectoriales.

Su gozo en un pozo: si se vuelve a prohibir, los convenios ya aprobados solo tendrán un año de margen

En el caso de que la nueva reforma de las pensiones prohíba de nuevo la jubilación forzosa en los convenios colectivos, ¿qué pasará con los que ya han sido publicados en el BOE y la incluyen? Como nos explican desde UJP, la sección de Jubilados y Pensionistas de UGT, los nuevos convenios que salgan adelante a partir de esa fecha no podrían incluir la jubilación forzosa, pero los que ya estuvieran suscritos con anterioridad podrían seguir aplicándola durante un año. Pasado ese plazo, aunque los convenios incluyan la figura de la jubilación forzosa y hubieran visto la luz en un momento en que la legislación lo permitía, no podrán aplicarla.

Sobre el autor:

Beatriz Torija

Beatriz Torija es periodista y documentalista, especializada en información económica. Lleva 20 años contando la actualidad de la economía y los mercados financieros a través de la radio, la televisión y la prensa escrita. Además, cocina y fotografía.

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