Ignacio Casanueva
Ignacio Casanueva es redactor especializado en temas de tecnología y salud.
… saber más sobre el autorEn España, las reglas que rigen la actividad de los autónomos son completamente diferentes a las de un trabajador corriente. Hay algunos gastos que son obligatorios para este colectivo, pero al mismo tiempo disponen de opciones en las que pueden elegir las formas en las que contribuyen a Hacienda o Seguridad Social. Es por ello que, por ejemplo, casi el 90 por cierto de los autónomos pagan la base mínima.
Por norma general, los autónomos que quieran jubilarse tienen que cumplir dos requisitos: cumplir 66 años y haber cotizado un mínimo de 15 años, de los cuales dos deben haber sido los últimos antes de la fecha de jubilación.
A diferencia de los trabajadores asalariados, los autónomos pueden elegir entre una base mínima y una máxima de cotización. Llevado a cifras reales, la horquilla varía de los 945 euros al mes a los 4.070 euros en el caso más elevado. Aun así hay que pensar que ya el aporte mínimo es elevado, lo cual sumado a que en la mayoría de los casos los trabajadores tienen unos ingresos bajos por lo que optar por una base mínima no es casi una opción, sino una obligación.
Es por ello por lo que, llegada la jubilación, la cantidad de la pensión es muy baja, no llegando en muchos casos al mínimo establecido. Haciendo cálculos obtenemos una base mínima de 945 mensuales, pero que no se obtendría íntegra, ya que, en el caso de por ejemplo cotizar el mínimo de años, se restaría el 50% de la cuota.
Estos números hacen que la pensión mínima, en 2021 establecida en 851 euros en 14 pagas mensuales, sea difícil de alcanzar. En estos casos, se tendrá que completar la pensión del autónomo con un complemento a mínimos hasta alcanzar el importe fijado en cada ejercicio.
Un complemento muy solicitado si tenemos en cuenta que en España la pensión pública de los autónomos es de 463 euros. Si se compara con la de un jubilado “convencional” el importe es más del 405 inferior.
Esta cifra es la media ya que dependerá del número de años cotizados. Si por ejemplo se han cotizado los 15 mínimos, en ese caso el autónomo recibiría una pensión de 225 euros al mes. Si se cotiza durante 25 años, la cuantía ascendería a 561; y si se hace por el máximo de años, la pensión llegaría a los 789 euros.