Pensiones

¿Cuánto se puede cobrar como máximo en 2024 sumando la pensión de jubilación y la de viudedad?

Clara González

Foto: Bigstock

Sábado 8 de junio de 2024

6 minutos

En España es posible cobrar dos prestaciones aunque las contributivas suelen ser incompatibles

¿Cuánto se puede cobrar como máximo en 2024 sumando la pensión de jubilación y la de viudedad? (Bigstock)
Clara González

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Sábado 8 de junio de 2024

6 minutos

Cobrar una pensión es, para muchos españoles y españolas, una fuente esencial de ingresos tras años de contribuciones al sistema de Seguridad Social. En el caso de España, existen diferentes tipos de prestaciones que se adaptan a las necesidades de cada beneficiario o beneficiaria: jubilación, incapacidad, viudedad, orfandad, entre otras, y tienen como objetivo proporcionar estabilidad financiera y asegurar una calidad de vida digna. Así pues, obtener una pensión implica también cumplir con ciertos requisitos específicos en función de cuál se reciba, como haber alcanzado una edad mínima, haber cotizado durante un periodo determinado o haber sufrido una disminución en la capacidad laboral.

También en el caso de España es posible compatibilizar el cobro de algunas pensiones aunque, como regla general, "las pensiones contributivas son incompatibles entre sí cuando coincidan en un mismo beneficiario", en palabras del blog BBVA Mi jubilación. Una de las excepciones se da con la pensión de viudedad, que es compatible tanto con cualquier renta de trabajo como con cualquier prestación que la sustituya, esto es, prestaciones por desempleo, subsidios de incapacidad temporal, prestación por nacimiento y cuidado del menor, subsidio por riesgo durante el embarazo y el subsidio por lactancia, pensión contributiva de jubilación y pensión contributiva de incapacidad permanente.

No obstante, el cobro de dos pensiones simultáneas está sujeto a limitaciones en la cuantía mensual a recibir. En el siguiente artículo te explicamos cuánto se puede cobrar como máximo por la suma de las pensiones de viudedad y jubilación.

¿Qué requisitos debo cumplir para cobrar la pensión de viudedad?

¿Cuánto puedo cobrar como máximo en 2024 entre la pensión de jubilación y viudedad? (Bigstock)

Desde la página web de BBVA explican que, para ser beneficiario o beneficiaria de una pensión de viudedad, el o la cónyuge debe cumplir una serie de requisitos:

  • Si la causa de la muerte es una enfermedad común, el cónyuge que sobreviva deberá acreditar:
  1. Tener hijos o hijas en común.
  2. Haberse casado, al menos, un año antes del fallecimiento.
  3. En el caso de que, anteriormente al matrimonio, fueran pareja de hecho, no se pedirá un tiempo mínimo de enlace matrimonial (siempre y cuando la suma de la convivencia como pareja de hecho y como matrimonio supere los 2 años).
  • Si el difunto y el posible beneficiario o beneficiaria estaban separados judicialmente o divorciados, el cónyuge será considerado como beneficiario de la pensión de viudedad si no se ha vuelto a casar y no ha constituido una nueva pareja de hecho. Además, deberá ser acreedor de la pensión compensatoria de separación o divorcio. Así y todo, en este punto existe una excepción:
  1. Cobrará la pensión de viudedad si acredita haber sido víctima de violencia de género en el momento de la separación judicial o divorcio, aunque no reciba la pensión compensatoria.
  • Si el posible beneficiario o beneficiaria hubiera contraído matrimonio con el fallecido pero se declarase nulo y se le reconociese el derecho a indemnización, siempre y cuando no se haya vuelto a casar.
  • Si el difunto y el posible beneficiario o beneficiaria eran pareja de hecho y el/la superviviente acredita:
  1. Que el fallecimiento es posterior al 01/01/2008.
  2. Que se formalizó la pareja de hecho, al menos, en los 2 años anteriores al fallecimiento.
  3. Que hubo una convivencia ininterrumpida, inmediatamente anterior al fallecimiento, de, como mínimo, 5 años.

¿Qué requisitos debo cumplir para cobrar la pensión de jubilación?

La Seguridad Social explica en su página web los requisitos para poder ser beneficiario o beneficiaria de la pensión de jubilación:

  • Tener cumplida la edad ordinaria, salvo excepciones.
  • Haber cotizado un mínimo de quince años, de los cuales al menos dos deberán estar comprendidos dentro de los quince años inmediatamente anteriores al momento de recibir la pensión.
  • Haber cotizado 38 años y seis meses, por lo cual puedes jubilarte a los 65 años.

En el siguiente enlace puedes consultar otros requisitos para cobrar dicha prestación.

Cuantía máxima que se puede cobrar entre la pensión de viudedad y jubilación

Desde BBVA Mi jubilación aseguran que "la suma de todas las pensiones percibidas no podrá superar el límite de pensión máxima en cada ejercicio". Esto supone que, para 2024, el límite se haya fijado en 3.175,04 euros mensuales.

Además, apunta el blog, en el caso de recibir las dos pensiones al mismo tiempo, se considera que ambas provienen de dos pagadores a efectos de la Declaración de la Renta. Esto quiere decir que "no se aplicará el limite de ingresos que determina la obligación de declarar, aplicable si los mismos procediesen de un único pagador: es decir, cuando los rendimientos íntegros del trabajo que superen 22.000 euros anuales", añaden.

En este caso de existencia de dos pagadores, "están obligados a presentar Declaración de Renta aquellos contribuyentes cuyos rendimientos íntegros del trabajo, siendo inferiores a 22.000 euros, superen los 15.000 euros anuales y procedan de más de un pagador, y los rendimientos percibidos del segundo y restantes pagadores superan en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales", concluyen.

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