En 2023, la edad ordinariade jubilación se sitúa en 66 años y 4 meses para quienes hayan cotizado 37 años y 9 meses, aunque también es posible retirarse a los 65 si se acreditan los citados 37 años y 9 meses de contribuciones sociales. Para cobrar el 100% de la pensión, hacen falta 36 años y medio de cotizaciones a la Seguridad Social (es decir, 6 meses más que en 2022). Pese a estos requisitos genéricos, existe la posibilidad de jubilarse con menos edad, tanto de forma voluntaria (hasta dos años antes, es decir, a los 63), como involuntaria, hasta cuatro años antes, o lo que es lo mismo, cuando se hayan cumplido los 61.
Como es lógico, se exige una serie de requisitos para quienes adelanten su salida del mercado laboraly la pensión no será del 100%, sino que estará penalizada con coeficientes reductores, en función de los años cotizados y de la edad exacta de retiro.
La normativa vigente establece que, con carácter general, en 2023, para jubilarse anticipadamente a los 61 años de edad, hay que hacerlo mediante la vía de la jubilación anticipada involuntaria, es decir, aquella que se produce por un cese no voluntario por parte del trabajador. Además, existen unas condiciones de tiempo cotizado, puesto que solo será posible si la persona acumula como mínimo 37 años y 9 meses de contribuciones sociales.
Los interesados en este tipo de jubilación sufrirán la mordida de los coeficientes reductores, que penalizan la pensión en función del número de meses que anticipen el retiro. Se aplican sobre la cuantía de la prestación (y no sobre la base reguladora, como ocurría antes de la reforma de 2021), y su impacto negativo está determinado por el periodo de cotización que acredite el trabajador. Es decir, cuanto más se adelante la salida laboral y menos años cotizados se tengan, mayor será el perjuicio económico.
Entre el 30%-24% de recorte perpetuo de pensión
En 2023, en la jubilación no voluntaria o forzosa, estos coeficientes llegan a disminuir hasta un 30% la prestación a recibir, y se trata de una penalización perpetua, es decir, el recorte con el que se entre en el sistema de Seguridad Social se mantendrán durante toda la vida de la persona.
Más en detalle, jubilarse a los 61 años, es decir, con 48 meses de adelanto, comporta un recorte del 30% para quienes tengan menos de 38 años y 6 meses cotizados.
Si se acumulan más de 38 años y 6 meses, pero menos de 41 años y 6 meses, la penalización será del 28% (ver tabla inferior).
COEFICIENTES REDUCTORES - JUBILACIÓN ANTICIPADA NO VOLUNTARIA
Fuente: Seguridad Social
Otros ejemplos de pérdida de pensión por jubilarse a los 61 años: la ley aplica un recorte del 26% a quienes, acreditando 41 años y 6 meses cotizados (pero menos de 44 años y 6 meses) se ven obligados a jubilarse cuatro años antes de la edad ordinaria.
En el caso de quienes tengan 44 años y 6 meses o más de cotizaciones, la penalización será algo menor, del 24% (ver tabla superior), si se retiran al cumplir los 61 años de edad.
La merma de la pensión, en el caso de adelantar la jubilación involuntaria a los 62, 63 y 64, va descendiendo, según se refleja en las tablas superior e inferior:
COEFICIENTES REDUCTORES - JUBILACIÓN ANTICIPADA NO VOLUNTARIA
Fuente: Seguridad Social
Profesiones excepcionales que permiten retirarse con 61
La legislación establece excepciones a la norma general de jubilación, y así, existen supuestos particulares que permiten dejar de trabajar a los 61 años, entre ellos, los mutualistas están facultados a acogerse a este anticipo de cuatro años.
Asimismo, los trabajadores que ejerzan tareas peligrosas o tóxicas, así como quienes tengan una discapacidad de al menos el 65% (en este supuesto no exista una edad fija para retirarse), y quienes estén afectados por una discapacidad del 45% (en estos casos, la edad de jubilación está fijada en 56 años).
También pueden acogerse al anticipo de la jubilación a los 61 años todos aquellos cotizantes que pertenezcan a un grupo profesional de estos sectores, que gozan de este privilegio: policías,artistas, bomberos, empleados de la tauromaquia, ertzainas, etc.
Recortes por jubilarse a los 63 en 2023
Para quienes hayan cumplido los 63 años, la ley les permite acceder a la jubilación anticipada voluntaria, pero también deben saber que afrontarán una pérdida de pensión por cada mes que adelanten su salida laboral. Los coeficientes reductores son mensuales (hasta 2021 eran trimestrales), y en el caso de esta jubilación voluntaria, pueden comerse hasta un máximo del 21% de la pensión (si se adelanta 2 años y se tienen cotizados menos de 38 años y 6 meses).
Para las personas con más de 38 años cotizados y 6 meses, pero menos de 41 años y 6 meses, la reducción máxima será del 19% (24 meses de anticipo) y la mínima del 3,11% (para quienes se jubilen 1 mes antes).
Igualmente, la ley fija una penalización del 17% si, quienes tienen más de 41 años y 6 meses cotizados, pero menos de 44 años y 6 meses, se jubilan dos años antes. Si lo hacen un año antes, la reducción será del 2,96%.
Quienes tengan más de 44 años y medio cotizados sufrirán una reducción del 13% por jubilarse dos años antes y del 2,81%, si adelantan su retiro tan solo un mes.
Sobre el autor:
Pepa Montero
Pepa Montero es redactora especializada en temas de economía. Ha trabajado en medios como El Economista y La Gaceta de los Negocios. Es autora del libro de relatos La casa de las palmeras (Azul como la Naranja, 2013).