Pensiones

Qué diferencia hay entre incapacidad permanente total y absoluta

Ignacio Casanueva

Foto: BigStock

Lunes 26 de abril de 2021

3 minutos

El grado de la incapacidad influirá en la prestación a percibir de forma vitalicia

incapacidad permanente total y absoluta
Ignacio Casanueva

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Lunes 26 de abril de 2021

3 minutos

Una persona en activo puede sufrir un accidente o enfermedad que le impida desarrollar su carrera parcialmente o por completo. En estos casos el Estado acude en ayuda de esta persona a través de prestaciones, la más conocida es el reconocimiento de la incapacidad permanente. Existe una categorización en este tipo de ayudas dependiendo del nivel: parcial, total, absoluta o gran invalidez. Os explicamos los detalles.

Lo primero será explicar las causas que nos permiten pedir la incapacidad permanente: enfermedad, lesión o trastorno de la salud; o bien presentar limitaciones físicas graves y previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral.
Esta prestación da derecho a una compensación económica para intentar suplir esas rentas salariales.

Las Incapacidades Permanentes se dividen en grados basados en el porcentaje de reducción del rendimiento de trabajo. Se diferencian en los siguientes grados:

  • Parcial: Disminución no inferior al 33% del rendimiento de la persona afectada. El cálculo de la indemnización es de 24 mensualidades.
  • Total: Se inhabilita al trabajador a realizar las labores principales de su profesión, pero puede dedicarse a otra distinta. La pensión será vitalicia y corresponde al 55% o 75% de la base reguladora.
  • Absoluta: En esta se inhabilita por completo al trabajador para cualquier oficio o profesión. La pensión vitalicia será del 100% de la base reguladora.
  • Gran invalidez: Inhabilita por completo a la persona trabajadora y precisa asistencia de otra persona para sus actividades diarias. Pensión vitalicia del 100% de la base reguladora más un complemento.
Incapacidad absoluta o total

Como se ha visto la diferencia entre la capacidad total y absoluta es la posibilidad de reincorporación al mercado laboral.

En la incapacidad permanente total existe una diferencia en la prestación a percibir y es que esta prestación tiene en cuenta si el beneficiario tiene más de 55 años y situaciones profesionales, personales o sociolaborales que dificulten esa posibilidad de encontrar un nuevo empleo.

¿De cuanto es la prestación?

Al igual que ocurre con otras ayudas o prestaciones, no hay una cifra exacta que sea igual para todos. La cuantía se determina según al base reguladora que regía antes de padecer la incapacidad permanente. Si la Incapacidad Permanente es consecuencia de una enfermedad común, el trabajador deberá acreditar un período mínimo de cotización, dependiendo de su edad.

Sobre el autor:

Ignacio Casanueva

Ignacio Casanueva es redactor especializado en temas de tecnología y salud.

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