El Ministerio de Inclusión y Seguridad Social admite la posibilidad de incorporar la edad como un factor determinante para poder adelantar la jubilación por razón de penosidad, en los casos en los que el resto de parámetros objetivos no den lugar a una reducción en la edad de jubilación, lo que beneficiaría, sobre todo, a las profesiones feminizadas, como las actividades de ayuda a la dependencia a domicilio o las camareras de piso de hoteles, por poner un ejemplo.
Así se desprende de las negociaciones que mantienen el Ministerio, los sindicatos UGT y CCOO y la patronal CEOE-Cepyme, en la Mesa de Diálogo Social sobre Pensiones, para establecer el procedimiento general de coeficientes reductores a fin de anticipar la edad de jubilación, según los requerimientos físicos o psíquicos en el desempeño de una actividad, que experimenten un elevado índice de morbilidad o siniestralidad u ocasionen secuelas que den lugar a elevados índices de morbilidad o mortalidad como consecuencia de contingencias profesionales.
Aunque existen avances en este punto, fuentes sindicales aseguran a 65YMÁS que faltan muchos flecos,por ejemplo, "el Ministerio quiere dejar la edad como una referencia en el nuevo Reglamento, pero nosotros queremos acotarlo mucho más, porque la penosidad y la edad van ligadas de la mano, como se ve en una mayoría de mujeres en ciertas actividades, que a partir de los 60 años tienen una serie de problemas de salud, aunque ni figuran, porque no se cogen la baja médica. Su salud se ha deteriorado, porque llevan muchos años dedicadas a una profesión especialmente penosa".
La penosidad dificulta las negociaciones
A día de hoy, el acuerdo sobre coeficientes reductores de la jubilación anticipada está lejos. Los sindicatos reclaman al Ministerio de Seguridad Social que el Reglamento contenga parámetros explícitos sobre cuándo, cómo y en qué horquillas será la edad un factor a contar para adelantar la edad de retiro.
"Una mujer de 63 o 65 años que lleve 20 dedicados a actividades de cuidados de personas mayores, no tiene un cuerpo propio de su edad, sino mucho mayor, y tiene que poder jubilarse antes de la edad legal", argumentan fuentes sindicales.
Respecto a posibles fechas para concluir la negociación, los sindicatos la ven lejana: "El Ministerio quiere cerrarla cuanto antes, pero nosotros no, porque a día de hoy falta el desarrollo más complicado, que es el de indicadores de penosidad, porque la peligrosidad o la toxicidad se pueden medir más fácilmente. Son más objetivables. Pero la penosidad, el esfuerzo ligado al concepto de la edad, es mucho más complicado y ahí es donde estamos teniendo problemas con el Ministerio".
De 70 expedientes solicitados, "saldrán unos 4"
Uno de los aspectos clave de la reforma que negocian los agentes sociales es establecer parámetros objetivos para los coeficientes, y otro de ellos, fijar plazos para la resolución de los expedientes de solicitud que llegan al Ministerio de Seguridad Social.
El retraso y el atasco son considerables, según las citadas fuentes, que añaden que existen unos 70 expedientes de colectivos o actividades que reclaman la jubilación anticipada por razón de peligrosidad, penosidad o toxicidad, "y de esos 70, lo más probable es que salgan adelante unos cuatro".
La razón del atasco actual es que "hasta ahora, los informes los valora subjetivamente el Ministerio, y no existen plazos obligatorios para que el Ministerio conteste, por lo cual, pueden pasar 12 años sin que el colectivo/actividad que lo pida obtenga ninguna respuesta oficial.
Los sindicatos pretenden recoger en el nuevo reglamento:
1.- Que haya indicadores objetivos para las actividades susceptibles de acogerse al anticipo de edad por motivos de peligrosidad, insalubridad, etc.
2.- Que se establezcan plazos de respuesta para el Ministerio, con lo que se evitaría "lo que viene dándose hasta ahora, que hay expedientes que en 12 años no se han contestado, y en este caso el silencio administrativo es perjudicial para el trabajador".
"La sobrecotización existe desde 2011"
Las mismas fuentes sindicales aclaran: "No es que el Gobierno esté negociando una sobrecotización para los colectivos o actividades beneficiados por la jubilación anticipada por peligrosidad o penosidad, es que esa cotización extra ya existe. Es decir, el reglamento actual establece que, en el caso de que un expediente de reducción en la edad de jubilación vea la luz, al mismo tiempo que obtiene luz verde, también establece qué sobrecotización llevará aparejada. Es decir, el hecho de que a un colectivo le concedan el adelanto de la edad de retiro, no significa que dicho adelanto lo pague el resto de contribuyentes con sus cotizaciones sociales. Por ejemplo, los Mossos d’Esquadra o la Ertzaintza ya pagan una cotización especial extraordinaria para poder adelantar su jubilación".
Los sindicatos explican asimismo que "no estamos negociando profesiones ni actividades nuevas que se incorporarán a la jubilación anticipada; lo que se negocia son indicadores, parámetros objetivos", que son los que van a tener que cumplir todas las actividades y colectivos, y dependiendo de si se ajustan o no a esos parámetros, les corresponderá o no el beneficio de la jubilación anticipada por penosidad y peligrosidad.
Sobre el autor:
Pepa Montero
Pepa Montero es redactora especializada en temas de economía. Ha trabajado en medios como El Economista y La Gaceta de los Negocios. Es autora del libro de relatos La casa de las palmeras (Azul como la Naranja, 2013).