Santiago Martínez: "No hay derecho a perder un 24% de pensión teniendo 45 años cotizados"
"Nos castigan llevando 40 años trabajados pero permiten jubilaciones masivas con 15 años cotizados"
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Menchero (ASJUBI40): "Escrivá nos ha decepcionado. Los jubilados anticipados seguimos penalizados
La asociación de jubilados anticipados con 40 o más años de cotización ASJUBI40 (@asjubi40) presenta en estos días una queja ante la Comisión Europea, a través del despacho Navas & Cusí, con el fin de que reconozca la violación del Derecho europeo por el Estado español y se derogue la penalización de la jubilación anticipada en largas carreras de contribuciones a la Seguridad Social.
La actual Ley así como la nueva reforma que se ha aprobado, Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público, infringen numerosa normativa y preceptos tanto del ordenamiento nacional como a nivel comunitario. Con la aplicación de los nuevos coeficientes, se produce un agravio comparativo con el resto de los trabajadores que se jubilan a la edad ordinaria, lo cual es claramente discriminatorio, según el bufete que lleva la reclamación ante las instancias europeas, el despacho Navas & Cusí, especializado en Derecho comunitario.
Discriminados y "traicionados”
Los portavoces de ASJUBI40 no ocultan su decepción y frustración por la no resolución de sus reivindicaciones. "Nos hemos reunido con la presidenta del Pacto de Toledo, y con todos los portavoces de los grupos políticos en esta comisión. Logramos que nuestra reivindicación se contemplase en la Recomendación 12, con el apoyo de la mayoría de grupos, apoyo que al final ha sido traicionado por todos y, en consecuencia, ha dejado vía libre al ministro José Luis Escrivá para continuar penalizando de por vida las pensiones a la generación más solidaria que ha existido", denuncian en un comunicado.
ASJUBI40 ha decidido recurrir a las instituciones europeas al sentirse después de seis años de lucha, al sentirse también "traicionados y abandonados por los sindicatos partícipes de la Mesa del Diálogo Social. Después de ver cómo se nos continúa discriminando con respecto a los años de cotización exigidos por la LGSS (37 años y 6 meses en 2022; anteriormente eran 35 años y serán 38 años y 6 meses en 2027) y con respecto a otros colectivos, que sí se pueden jubilar con 60 e incluso menos, con solo 35 años cotizados y pensión íntegra".
Las infracciones que penalizan a los jubilados
La nueva legislación contenida en la Ley de reforma de las pensiones ofrece medidas como la reducción de coeficientes en las jubilaciones anticipadas con largas carreras de cotización o un complemento a la pensión para carreras de cotización de 40 años que no alcancen los 900 euros. Según el bufete de abogados, hay varias infracciones a la normativa y legislación comunitaria.
"El máximo exponente de infracción es el artículo 15 del Pilar europeo de derechos sociales, en el que se reconoce el derecho de todo trabajador a recibir una pensión de jubilación acorde a sus contribuciones que garantice una renta adecuada y una vida digna, así como de la normativa europea aplicable al caso tales como los reglamentos (CE) números 883/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril de 2004 sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social; 987/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16-septiembre-2009 por el que se adoptan las normas de aplicación del Reglamento anterior; y el número 1231/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010; y el Convenio Europeo de Seguridad Social y Convenio Complementario para la aplicación del mismo, que se firmaron en París el 14 de diciembre de 1972, ratificado por España y que entró en vigor el 25 de abril de 1986", detalla el despacho de abogados.
Cinco categorías de afectados
Para el letrado y socio titular del bufete, Juan Ignacio Navas Marqués, “es una cuestión estrictamente propia de la jurisdicción europea que está por encima de la jurisdicción nacional. De este modo, se han podido clasificar cinco categorías principales de afectados, como son los jubilados anticipados involuntarios, jubilados anticipados que trabajaron en otro país europeo, jubilados anticipados con discapacidad, voluntarios y mujeres a tiempo parcial. Todas estas categorías tienen el denominador común de padecer la misma discriminación o vulneración de derechos, pero tienen antecedentes de hechos diferentes, de ahí que se proceda a la presentación de diferentes escritos de quejas"
Navas Marqués explica asimismo que las instituciones europeas no tienen la competencia de dictar las medidas exactas a ser tomadas por los Estados miembros, pero pueden examinar si las medidas son adecuadas o no para cumplir con las obligaciones del Derecho comunitario. En el caso de que se demuestre que la legislación interna infringe la normativa europea vigente, pueden sancionar al Estado miembro con el pago de una multa consistente en una suma a tanto alzado y/o en multas diarias.