La Seguridad Social estable diferentes categorías profesionales. En función de las labores que desarrolle cada día y de la formación que tenga un trabajador, estará adscrito a una u otra categoría. Esos son los grupos de cotización, que marcan la contribución de la empresa a las diferentes contingencias de la Seguridad Social, es decir, las bases de cotización.
Como trabajadores es importante saber en qué grupo de cotización estamos. En primer lugar, para saber si nuestra contratación se ajusta a nuestra categoría y a las responsabilidades y tareas asumidas en nuestro trabajo diario. Y también porque el grupo de cotización al que pertenezcamos afectará en el futuro al de cara al cálculo de la pensión que recibiremos.
11 grupos de cotización
En España, contamos con 11 grupos de cotización diferentes en función de la categoría profesional que desempeñen los trabajadores por cuenta ajena en su empresa. Se calculan según la base máxima y mínima de cotización.
Grupo 1. Ingenieros y lienciados. Personal de alta dirección. Su base de cotización mínima es de 1.629,30,30 euros al mes y la máxima es de 4.139,40 euros al mes.
Grupo 2. Ingenieros técnicos, peritos y ayudantes titulares. Su base de cotización mínima es de 1.351,20 euros al mes y la máxima es de 4.139,40 euros al mes.
Grupo 3. Jefes administrativos y de taller. Su base de cotización mínima es de 1.175,40 euros al mes y la máxima es de 4.139,40 euros al mes.
Grupo 4. Ayudantes no titulados. Su base de cotización mínima es de 1.166,70 euros al mes y la máxima es de 4.139,40 euros al mes.
Grupo 5. Oficiales administrativos. Su base de cotización mínima es de 1.166,70 euros al mes y la máxima es de 4.139,40 euros al mes.
Grupo 6. Subalternos. Su base de cotización mínima es de 1.166,70 euros al mes y la máxima es de 4.139,40 euros al mes.
Grupo 7. Auxiliares administrativos. Su base de cotización mínima es de 1.166,70 euros al mes y la máxima es de 4.139,40 euros al mes.
Grupo 8. Oficiales de primera y de segunda. Su base de cotización mínima es de 38,89 euros al día y la máxima es de 137,98 euros al día. A partir de este grupo, todas las cotizaciones son iguales.
Grupo 9. Oficiales de tercera y especialista. Su base de cotización es la misma, la mínima es de 38,89 euros al día y la máxima es de 137,98 euros al día.
Grupo 10. Peones. Su base de cotización mínima es de 38,89 euros al día y la máxima es de 137,98 euros al día.
Grupo 11. Trabajadores menores de 18 años, sea cual sea su categoría profesional. Su base de cotización mínima es de 38,89 euros al día y la máxima es de 137,98 euros al día.
Cómo saber en qué grupo estamos
El grupo de cotización al que pertenece cada trabajador depende el grupo profesional en el que se encuentra en el convenio colectivo, la titulación con la que cuenta y el puesto de trabajo que desempeña.
Comprobar el grupo al que pertenecemos es muy sencillo. Basta con revisar nuestro contrato de trabajo o la nómina. En la nómina que un trabajador recibe cada mes, aparecerá no solo el grupo de cotización al que pertenece, sino también la cateforía, las deducciones a la Seguridad Social, las retenciones de IRPF y el tipo de contrato firmado con su empresa.
Para saber las funciones que debe desempeñar cada grupo de cotización habrá que revistar nuestro convenio colectivo.
Sobre el autor:
Beatriz Torija
Beatriz Torija es periodista y documentalista, especializada en información económica. Lleva 20 años contando la actualidad de la economía y los mercados financieros a través de la radio, la televisión y la prensa escrita. Además, cocina y fotografía.