“La previsión social es la preparación de los medios necesarios para proteger a las personas frente a aquello que puede ocurrir en el futuro, como la enfermedad, el desempleo, la jubilación, la dependencia o el fallecimiento”, explica la ‘Guía para tu jubilación 2022’ editada por Fundación Mapfre
Pilar básico de nuestro estado del bienestar, es, en definitiva, una protección que proporciona la propia sociedad. Aunque, como veremos, también existe previsión social privada, en líneas generales hablamos de un conjunto de medidas que se financian por todos los ciudadanos a través de las cotizaciones a la Seguridad Social en primer término. Es un mecanismo de protección solidario, en el que la población económicamente activa ayuda a mantener a quienes no pueden trabajar.
En materia de jubilación, existen diferentes tipos de previsión social. En líneas generales, y tal y como explica la guía de la Fundación Mapfre, podemos diferenciar:
Previsión social pública (Seguridad Social): orientada principalmente a proveer pensiones por jubilación, invalidez y fallecimiento. En determinados colectivos estas funciones se delegan en planes de previsión profesional (como mutualidades de colegios profesionales: abogacía, médicos, etc.).
Previsión social privada: encargada de complementar los ingresos de las pensiones públicas a través de sistemas de aseguramiento y ahorro voluntarios que se alimenten de aportaciones económicas. Dichas aportaciones pueden ser, a su vez, individuales o empresariales.
La pensión pública, el primer pilar
En España, el primer pilar es el que garantiza las pensiones públicas de jubilación y está basado en un sistema de reparto, en el que las contribuciones se destinan al pago de las pensiones en curso. Es decir, es la población trabajadora actual la que financia las pensiones de los que ya están jubilados.
El primer pilar es el más importante para financiar las pensiones y otras contingencias que puedan tener los trabajadores, como el desempleo, incapacidad temporal o invalidez y existe en casi todos los países de nuestro entorno. Este esquema se caracteriza por ser de carácter obligatorio y contributivo, y por la gestión pública. La previsión social pública se canaliza mediante diversas instituciones según cada país. En España, a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
El sistema de pensiones públicas en España se basa en tres principios basicos: es un sistema de reparto y de solidaridad intergeneracional, dado que son los trabajadores en activo quienes pagan las pensiones a través de sus cotizaciones, es decir, es la población trabajadora la que financia las pensiones. En segundo lugar, es proporcional, porque las pensiones guardan relación con las cotizaciones aportadas a lo largo de la vida laboral.Y en tercer y último lugar, y es un sistema contributivo, porque solo accede a él quien haya contribuido.
Quizá por eso, algunos expertos y estudios diferencian un tipo de previsión social diferente, el pilar 0, para las políticas de protección social, entre las que se incluyen las pensiones no contributivas. Su objetivo es evitar que las personas que no cumplan los requisitos mínimos establecidos en el Pilar 1 caigan en situación de pobreza.
Segundo pilar: la previsión social empresarial
“Aquellos sistemas de aportaciones que en ocasiones promueven las empresas para sus empleados, a través de planes de empleo o planes de previsión social empresarial” detalla la guía de la Fundación Mapfre, son las que conforman el segundo pilar.
Está orientado a generar un capital que complemente la pensión pública. A diferencia del sistema público de pensiones, el segundo pilar se basa en un sistema de capitalización. Es decir, las aportaciones realizadas por el promotor en favor del trabajador o por él mismo a estos instrumentos generan unos rendimientos, y ambos constituirán las futuras prestaciones.
Son los planes de pensiones promovidos por las empresas a favor de sus trabajadores y que pueden ser tanto de prestación definida como de contribución definida. En España son voluntarios, pero hay otros países en los que son “obligatorios o quasi-obligatorios”.
Ahora mismo, el Gobierno está impulsando en gran medida este segundo pilar. De hecho, está en pleno desarrollo de la arquitectura institucional de los fondos de pensiones de empleo de promoción pública (FPEPP) aprobados el pasado mes de junio en el marco de la Ley de regulación para el impulso de los planes de pensiones de empleo, cuyo objetivo es facilitar el acceso de los trabajadores de pymes, empleados públicos y trabajadores autónomos a los planes colectivos.
Desde la patronal del seguro, Unespa, han aplaudido el desarrollo de esta ley de fondos de pensiones de empleo, pero reclaman más incentivos, fiscales y de otra índole, para que a las empresas apuesten realmente por ellos.
Tercer pilar: planes de pensiones individuales y seguros de ahorro
Es el ahorro individual. Cualquier persona, de forma voluntaria e individual, independientemente de que esté cubierta ya o no por el segundo pilar, y como complemento a su pensión pública, también puede realizar aportaciones a través de “planes de pensiones propios y seguros de ahorro individuales orientados a la jubilación (planes de previsión asegurados, planes individuales de ahorro sistemático, etc.)” explica la ‘Guía para tu jubilación 2022’ de Fundación Mapfre.
Hablamos de productos de ahorro e inversión que tienen como objetivo complementar la pensión pública de jubilación. Se trata de un ahorro de carácter individual y voluntario, que cuentan con grandes ventajas fiscales y normalmente son gestionados por entidades financieras y aseguradoras privadas y en los que, por tanto, las personas deciden las aportaciones que realizan y cuándo realizarlas.
El aumento de la longevidad, unido a la caída en la tasa de natalidad, suponen en un enorme desafío para todos los países desarrollados. En España, todas las reformas que se vienen acometiendo en los últimos años buscan garantizar la sostenibilidad del sistema público de pensiones y conllevan, en la mayoría de los casos, una disminución de las expectativas de pensión.
Por eso, y para garantizar el mismo nivel de vida y la estabilidad de los ingresos cuando llega el ansiado retiro, resulta fundamental recurrir a sistemas de ahorro privados y, muy importnate para reducir el esfuerzo, hacerlo cuanto antes.
El Estado favorece el ahorro privado aplicando ventajas fiscales a determinados productos. Las aportaciones realizadas a los planes de pensiones y PPA podrán reducirse en la base imponible del IRPF. En cambio la ventaja fiscal de PIAS y SIALP no está en el momento de aportar sino en el momento de disponer de nuestro capital final.
Sobre el autor:
Beatriz Torija
Beatriz Torija es periodista y documentalista, especializada en información económica. Lleva 20 años contando la actualidad de la economía y los mercados financieros a través de la radio, la televisión y la prensa escrita. Además, cocina y fotografía.