Pensiones

Jubilación forzosa de funcionarios: ¿hasta qué edad máxima pueden trabajar?

Marta Jurado

Foto: Europa Press

Domingo 6 de noviembre de 2022

5 minutos

El Régimen de Clases Pasivas incluye excepciones que pueden alargarla hasta los 70 años

Jubilación forzosa de funcionarios: ¿hasta qué edad máxima pueden trabajar?
Marta Jurado

Foto: Europa Press

Domingo 6 de noviembre de 2022

5 minutos

Seguridad Social: sin personal y asfixiada ante la próxima jubilación de funcionarios 'baby boomers'

Cómo se calcula la pensión de jubilación de los funcionarios

 

Sabemos que algunos funcionarios pueden jubilarse antes de cumplir la edad legal, pero, ¿existe una edad máxima hasta la que pueden seguir trabajando? Lo primero que hay que aclarar es que la mayoría de los empleados públicos forman parte del Régimen de Clases Pasivas de la Seguridad Social, y por tanto tienen sus propias reglas y condiciones. Así, tanto la edad de jubilación de los funcionarios como el cálculo de la pensión difiere del resto de trabajadores, y también cuenta con sus propias excepciones.

En términos generales, la edad de jubilación o retiro forzoso de los funcionarios públicos se declara de oficio al cumplir los 65 años de edad, tal como establece, el portal de Clases Pasivas del Ministerio de Seguridad Social. Es decir, que a día de hoy, los funcionarios no pueden seguir trabajando hasta la edad que quieran, sino que se establece una edad máxima, 65 años o 30 años cotizados. Esto es así salvo para los nuevo funcionarios que se incorporaron después de enero de 2011 y que se regirán por el Régimen General, que prolonga paulatinamente la edad legal de jubilación hasta los 67 años en 2027.

Excepciones que permiten alargarla hasta los 70 años

Sin embargo, la Seguridad Social establece las siguientes excepciones a la jubilación forzosa de funcionarios a los 65 años:

  • Funcionarios de los Cuerpos Docentes Universitarios: podrán trabajar hasta los 70 años, pudiendo optar por jubilarse a la finalización del curso académico en que hubieran cumplido dicha edad.
  • Magistrados, Jueces, Fiscales y Letrados de la Administración de Justicia se jubilan forzosamente a los 70 años.
  • Registradores de la Propiedad ingresados antes de 1-1-2015: a los 70 años.

Por su parte, los funcionarios civiles de la Administración General del Estado y de las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de ella, también podrán optar por la prolongación de la permanencia en el servicio activo hasta que cumplan, como máximo, los 70 años de edad. Aún así, desde la Seguridad Social aclaran que la prolongación "no será de aplicación a los funcionarios de aquellos cuerpos y escalas que tengan normas específicas de jubilación".

Jubilación forzosa de funcionarios: ¿Hasta qué edad máxima pueden trabajar?

¿Cómo pedir la prolongación del servicio activo?

Para poder trabajar más allá de la edad legal establecida de jubilación los funcionarios deberán realizar una solicitud por escrito al órgano de jubilación, del que dará cuenta a la jefatura de personal del centro donde está destinado, y que deberá presentarse con al menos dos meses de anticipación al cumplimiento de la edad de jubilación forzosa.

 A partir de ahí, será el órgano competente, el encargado de decidir en el plazo de un mes si aceptar la solicitud y tal como aclaran desde la Seguridad Social,  "si antes de 15 días de la fecha de cumplimiento de la edad de jubilación forzosa no hubiera recaído resolución expresa, se entenderá estimada la solicitud del interesado –silencio administrativo en positivo–.

Una práctica que se plantea entre las categorías más altas

Tal como explican desde el sindicato CSIF (@CSIFnacional), la decisión de prolongar la edad de jubilación se da sobre todo entre funcionarios de categorías más altas. "Son sobre todo directores y jefes de área de la categoría A1 los que se suelen plantear esta prolongación, ya que la jubilación supone perder muchos de sus complementos. Es decir que optan por seguir en activo porque cobran un plus", explica Begoña Gil, portavoz del sindicato. 

En cuanto a los sectores, asegura que apenas existen datos, pero que es una práctica más habitual entre docentes universitarios, jueces, o en la propia Administración del Estado. "Si la persona está bien y quiere seguir trabajando en un puesto que no requiere gran esfuerzo físico, es una alternativa a considerar", apunta, reconociendo que la plantilla pública está profundamente envejecida y que se espera que en los próximos años se jubilen el 60% de los funcionarios. De hecho, la Federación de Asociaciones de Cuerpos Superiores de la Administración Civil del Estado (@FedecaCentral) ha solicitado al Gobierno, que amplíe a los 72 años la edad máxima de jubilación de los funcionarios. 

Sobre el autor:

Marta Jurado

Marta Jurado

Marta Jurado es periodista especializada en Sociedad, Economía, Cultura, Política y redactora en el diario digital 65Ymás desde sus inicios. Licenciada en Periodismo por la Universidad Carlos III y en Filología Inglesa por la UNED, ha trabajado en medios de tirada nacional como El Mundo Público y las revistas Cambio16 y Energía16. Tiene además experiencia en comunicación corporativa de empresas e instituciones como BBVA o INJUVE.

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