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Una vez superada la edad ordinaria de jubilación (que en 2020 es de 65 años y 10 meses con menos de 37 años cotizados, y los 65 años con más de ese tiempo cotizado), la persona que decida retrasar voluntariamente su retiro tiene el aliciente de que cobrará una pensión de mayor importe. En la actualidad, únicamente un 5% de trabajadores se acoge a esta fórmula, y quienes lo hacen en mayor medida son las mujeres (con peores carreras de cotización que los hombres) y los autónomos, precisamente para incrementar la cuantía de unas pensiones que por lo general son de menor importe.
En estos momentos, en España los incentivos económicos para acogerse a la jubilación demorada (así llama la Seguridad Social a estas altas de pensión) son los siguientes:
-Un 2% más de pensión por cada año completo extra cotizado, siempre y cuando el trabajador acredite al menos 25 años de contribuciones a la Seguridad Social cuando cumpla la edad legal del retiro.
-Un 2,75% de aumento de la pensión por cada año completo extra, si la persona acumula entre 25 y 37 años cotizados.
-Un 4% de incremento de la cuantía de la pensión, para trabajadores que cuenten con más de 37 años de contribuciones.
El porcentaje que corresponda en cada caso se aplica a la base reguladora y de ese modo se halla el importe de la pensión a cobrar, que este año no podrá superar los 2.683,34 euros mensuales por 14 pagas (pensión máxima legal establecida por decreto).
Requisitos para optar a la jubilación demorada
-Haber cotizado al menos 15 años en la Seguridad Social al cumplir la edad mínima de jubilación.
-Haber cumplido la edad mínima para retirarse que se estipule cada año: en 2020, los ya mencionados 65 años y 10 meses.
-Aunque se tenga derecho a cobrar la pensión máxima, no hay posibilidad de aumentarla con complementos por jubilación demorada.
-Retrasar la jubilación es incompatible con otras modalidades, como la jubilación flexible o la jubilación activa.
José Luis Escrivá, ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Estos requisitos podrían cambiar a medio plazo, ya que a principios de marzo, en su primer día rindiendo cuentas ante la Comisión parlamentaria del Pacto de Toledo, el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá (@joseluisescriva), desveló su intención de mejorar los incentivos para acercar la edad real de jubilación a la legal, y también para retrasar el retiro más allá de la edad oficial (este año, los 35 años y 10 meses antes citados).
Faltan incentivos, según el Banco de España
El Banco de España (@BancoDeEspana) reclama asimismo potenciar los incentivos para que los trabajadores que lo deseen puedan retrasar la jubilación. En su informe Envejecimiento y pensiones, el director general de Economía y Estadística de la entidad, Óscar Arce, resalta que "la edad media real de jubilación se sitúa en torno a 64 años, y se mantiene más o menos constante en los últimos años", sin que se observe un a gran aceleración, ni siquiera contando con que en 2027, las edades oficiales de retiro ordinario y anticipado (voluntario) alcanzarán los 67 y los 65 años, respectivamente.
Arce me muestra muy crítico con el sistema actual de incentivos, ya que "hasta cumplir la edad legal de retiro, las bonificaciones sobre la prestación aumentan trimestralmente, mientras que después de esa edad, las subidas del importe de la pensión se calculan a doce meses cumplidos", lo que en su opinión desincentiva a los trabajadores a seguir siéndolo.
Fuente: Banco de España
El retraso de la edad de jubilación es una de las medidas que podría aliviar las cuentas de la Seguridad Social, mientras se emprenden otras medidas de mayor calado y de reforma del sistema público. Las tensiones financieras son constantes. Según los cálculos del Banco de España, el sistema público de pensiones es muy generoso pues tiene una tasa de retorno (los intereses de una inversión a largo plazo) del 2,4%-2,5% para quienes se jubilan a los 65 años.
Este porcentaje es mucho mayor que el ritmo de crecimiento que mantenía la economía española antes del Covid-19 (entre el 1% y el 1,5%) y, por supuesto, muy superior a los tipos interés de la zona euro, que están en negativo. En conclusión, esto obliga al Estado a tener que destinar cada vez más dinero público para sostener el sistema de pensiones, según el informe del Banco de España.
Jubilación activa, una modalidad diferente de atrasar el retiro
Se trata de una fórmula legal que permite al trabajador jubilarse, en el sentido de poder cobrar la pensión de la Seguridad Social, pero al mismo tiempo trabajar (a tiempo completo o parcial) y recibir ingresos laborales o profesionales sin límite. Se pueden acoger todos los trabajadores.
Si quien la solicita es un empleado por cuenta ajena, tendrá que haber llegado al 100% de su base reguladora, renunciar al 50% de su pensión y pagar un 8% de “cotización de solidaridad”, además de la cotización por Incapacidad Temporal y por Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional. Si es un autónomo con al menos un empleado, cobrará el 100% de su pensión.