Pensiones

¿Me pueden embargar la pensión de jubilación si no puedo pagar un préstamo?

Toni Esteve

Foto: Bigstock

Domingo 25 de abril de 2021

4 minutos

Existen límites respecto a la cantidad de la pensión a embargar en determinados casos

¿Me pueden embargar la pensión si no puedo pagar un préstamo? (Foto Bigstock)
Toni Esteve

Foto: Bigstock

Domingo 25 de abril de 2021

4 minutos

Cuando se contrata un préstamo personal (préstamo de consumo) en una entidad financiera, quien lo solicita pone de garantía la totalidad de sus bienes presentes y futuros. Ante una situación de impago prolongado el banco podría conseguir que un juez embargue estos bienes, que incluyen tu vivienda, tu coche, tus cuentas bancarias, parte de tu nómina o pensión, etc. (todo lo necesario para saldar la deuda). De hecho, el embargo de la nómina o de la pensión es un supuesto contemplado en el art. 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

Eso sí, según el Banco de España (@BancoDeEspana) existen unos criterios de buenas prácticas bancarias en los casos de embargo de saldos en cuenta, que ponen límites respecto a la cantidad a embargar en determinados casos. De este modo, si en la cuenta recibes sueldos, salarios o pensiones, deberán respetarse las limitaciones establecidas en la Ley de Enjuiciamiento Civil, y solo podrá recaer sobre la parte que exceda del salario mínimo interprofesional.

También las cuentas compartidas

Ten en cuenta también que, si el embargo se ejecuta en una cuenta que compartes con otros y la deuda no es tuya, la entidad lo llevará a cabo sin tomar en consideración quién es el deudor y quién no. Esto ocurre porque en una cuenta indistinta (a nombre de más de una persona), cuando no conste la propiedad de cada uno de los cotitulares sobre el dinero depositado en las mismas, se presume (según el Código Civil) que pertenecen a aquéllos por partes iguales. En todo caso, si te ves perjudicado, siempre podrás reclamar ante los tribunales.

¿Me pueden embargar la pensión si no puedo pagar un préstamo? (Foto Bigstock) 2

 

Si has dado la garantía adicional de uno o más avalistas, estas personas tienen que responder también de forma solidaria de todas tus deudas pendientes, con lo que el banco puede exigir a tus avalistas que paguen tu deuda si no quieren que se les embarguen sus bienes. Por último no pagar un préstamo también supondrá que incluyan tus datos en los ficheros de morosos, consultados por todas las entidades de crédito, lo que dificultará o imposibilitará la obtención de financiación en el futuro.

Con todo, como cualquier banco lo que quiere es cobrar nuestras deudas, es posible que tu entidad te proponga, de entrada, refinanciar la deuda, establecer un plazo más largo para que la cuota a pagar sea inferior, o concederte un período de carencia, durante el cual sólo tendrías que pagar los intereses. Obviamente estas soluciones puntuales aumentaran a largo plazo nuestra deuda con la entidad. Pero aún así, siempre será preferible recurrir a ellas, puesto que la alternativa traería problemas más graves. En cualquier caso, desde el Banco de España recomiendan que “lo mejor es acercarse a su banco o caja para comunicarles el problema antes del vencimiento del pago. Siempre es más recomendable anticiparse al problema que esperar a que se lo reclamen”.

Sobre el autor:

Toni Esteve

Toni Esteve es redactor especializado en temas de economía y consumo.

… saber más sobre el autor