Pensiones

Convocadas las ayudas para el copago farmacéutico de MUFACE: novedades, fechas y requisitos

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Sábado 24 de junio de 2023

ACTUALIZADO : Sábado 24 de junio de 2023 a las 9:43 H

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Se amplía a 16.500 euros el límite máximo de renta

¿Qué pensionistas están exentos del copago farmacéutico?
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Sábado 24 de junio de 2023

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Ya están convocadas las ayudas asistenciales de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) para el 2023, destinadas a atender situaciones de necesidad que no estén cubiertas por otras prestaciones, siempre que se carezca de los recursos indispensables para hacer frente a los mismos. Entre ellas destacan las ayudas para sufragar los gastos de farmacia abonados desde el 1 de julio de 2022 hasta el 30 de junio de 2023.

Estas ayudas benefician a las personas mutualistas jubiladas o perceptoras de prestación de orfandad o viudedad que cumplan determinados requisitos.

Novedades

En esta convocatoria se ha incrementado la dotación presupuestaria hasta los 800.000 euros (de los cuales el 80% estarán dirigidos a sufragar el copago farmacéutico) y se ha actualizado a 16.500 euros el límite máximo de renta por debajo del cual se pueden percibir las ayudas al copago farmacéutico, entre otras.

Con estas dos medidas se pretende ampliar el colectivo que se puede beneficiar de estas ayudas y mejorar las cuantías a percibir.

Según se aclara en el Boletín Oficial del Estado (BOE), las ayudas al copago farmacéutico de Muface no se concederán en aquellas comunidades autónomas en las que haya convocatorias públicas para el colectivo mutualista con el mismo objeto.

Convocadas las Ayudas Asistenciales de MUFACE para 2023

Cómo tramitar las ayudas

El plazo de solicitud se inició el 15 de junio y finaliza el 15 de septiembre,  y la fecha límite para resolver las solicitudes termina el 15 de diciembre de 2023.

MUFACE recomienda tramitar las solicitudes a través de la Sede Electrónicacon Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico. También se pueden solicitar por correo postal. Quienes deseen presentar la solicitud presencialmente en su correspondiente oficina provincial, deben recordar que hay que  pedir cita previa.

¿Quién puede optar a las ayudas?

Tendrán derecho a estas ayudas quienes cumplan los siguientes requisitos:

  • Ser personas mutualistas jubiladas, y personas titulares viudas o huérfanas del Régimen especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado.
  • De haber obtenido una jubilación permanente para el servicio derivada de accidente de servicio o de enfermedad profesional, haber solicitado el reintegro de los gastos de los medicamentos o productos dispensados por causa de dicho accidente de servicio o enfermedad profesional.
  • Encontrarse en situación de insuficiencia de ingresos.

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